CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CIFUENTES & LARATRO LIMITADA

CVE 2248430
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
28 de diciembre de 2022

Instrumento

Fecha
28 de diciembre de 2022
Notario
JOAQUIN MUCARQUER PIMENTEL
Domicilio
Titular Viña del Mar

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Viña del Mar

Objeto social

Prestación de servicios y asesorías jurídicas, incluyendo la representación extrajudicial y judicial

Administración

la administración y uso de la razón social corresponderá a DIEGO CIFUENTES MORALES y doña DANIA MARÍA LARATRO CHAMORRO, indistintamente, salvo actos y contratos sobre UF 300, actuación conjunta. Duración de la sociedad: La sociedad se pacta por un plazo de tres años a contar desde la fecha de este instrumento y, se prorrogará tácitamente, por períodos iguales y sucesivos de tres años cada vez, forma pacto

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOAQUIN MUCARQUER PIMENTEL, Abogado, Notario Público Suplente de Titular Viña del Mar, ELIANA GABRIELA GERVASIO ZAMUDIO, Arlegui 537, certifica: Por escritura hoy ante mí, DIEGO CIFUENTES MORALES, calle Cuarta 615, Quilpué, y DANIA MARÍA LARATRO CHAMORRO, Las Cinerarias 280, Llolleo, San Antonio; constituyeron una sociedad profesional de responsabilidad limitada, cuyos estatutos se extractan a continuación: Razón social. La razón social será “CIFUENTES & LARATRO LIMITADA”, pudiendo usar también el nombre de fantasía “CIFUENTES & LARATRO ABOGADOS LTDA.”. Objeto. Prestación de servicios y asesorías jurídicas, incluyendo la representación extrajudicial y judicial. Domicilio. Viña del Mar, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otra localidad o cuidad del país y en el extranjero. Capital. $1.000.000.- que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: don DIEGO CIFUENTES MORALES, $500.000, que equivale al 50% del capital social y doña DANIA MARÍA LARATRO CHAMORRO, $500.000, que equivale al 50% del capital social, todos en este acto, efectivo ingresado a la caja social. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Administración de la sociedad y uso de la razón social: la administración y uso de la razón social corresponderá a DIEGO CIFUENTES MORALES y doña DANIA MARÍA LARATRO CHAMORRO, indistintamente, salvo actos y contratos sobre UF 300, actuación conjunta. Duración de la sociedad: La sociedad se pacta por un plazo de tres años a contar desde la fecha de este instrumento y, se prorrogará tácitamente, por períodos iguales y sucesivos de tres años cada vez, forma pacto. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Portador Facultado legalización. 28 Diciembre de 2022.