Instrumento
- Fecha
- 27 de diciembre de 2022
- Notario
- María Virginia Wielandt Covarrubias
- Domicilio
- Titular Patricio Raby Benavente
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- N. fantasía
- “PURA LTDA.”;
- Capital
- $100.000 CLP
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de 3 años, plazo que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 3 años cada uno, a menos que uno cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle término a la expiración del plazo original o de alguna cualquiera de sus prórrogas, mediante declaración efectuada por escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con a lo menos 3 meses de anticipación a la fecha prevista para la expiración de la Sociedad
Objeto social
El objeto de la Sociedad será la prestación de asesorías, consultorías, estudios, análisis y servicios profesionales a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, sea por cuenta propia o ajena, en materias de política pública, publicidad, marketing, política, gubernamentales y de asuntos públicos, relacionados con el desarrollo económico, comunicacional, social y humano; macroeconomía; políticas sociales y económicas; política educacional, como asimismo toda clase de materias que tengan relación directa o indirectamente con los temas señalados; además la sociedad podrá efectuar la prestación de todo tipo de asesorías profesionales, como también desarrollar actividades en el ámbito académico y)o universitario.; ADMINISTRACIÓN Y USO DE
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Virginia Wielandt Covarrubias, Notario Público suplente del Titular Patricio Raby Benavente, 5ª Notaría de Santiago, Gertrudis Echenique 30, Of. 32, Las Condes, Santiago, certifico: Por escritura de fecha 27 de diciembre de 2022, otorgada ante mí, doña ANTONIA MUZZO CORREA, domiciliada en Camino del Yunque 13.456, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; y doña PIA HURTADO TURNER, domiciliada en Avenida Paseo Los Bravos número 5.025, casa número 1, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada denominada MUZZO Y HURTADO LIMITADA de conformidad con las normas legales y de las siguientes disposiciones: RAZÓN SOCIAL: “MUZZO Y HURTADO LIMITADA”, nombre de fantasía: “PURA LTDA.”; OBJETO: El objeto de la Sociedad será la prestación de asesorías, consultorías, estudios, análisis y servicios profesionales a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, sea por cuenta propia o ajena, en materias de política pública, publicidad, marketing, política, gubernamentales y de asuntos públicos, relacionados con el desarrollo económico, comunicacional, social y humano; macroeconomía; políticas sociales y económicas; política educacional, como asimismo toda clase de materias que tengan relación directa o indirectamente con los temas señalados; además la sociedad podrá efectuar la prestación de todo tipo de asesorías profesionales, como también desarrollar actividades en el ámbito académico y/o universitario.; ADMINISTRACIÓN Y USO DE RAZÓN SOCIAL: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña Antonia Muzzo Correa y a doña Pia Hurtado Turner, actuando conjuntamente; DURACIÓN: La sociedad tendrá una duración de 3 años, plazo que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 3 años cada uno, a menos que uno cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle término a la expiración del plazo original o de alguna cualquiera de sus prórrogas, mediante declaración efectuada por escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con a lo menos 3 meses de anticipación a la fecha prevista para la expiración de la Sociedad; CAPITAL: El capital de la Sociedad es la suma de $100.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) doña Antonia Muzzo Correa aporta la suma de $50.000, que entera en este acto, al contado y en dinero efectivo, equivalente al 50% del capital y derechos sociales; y b) doña Pia Hurtado Turner aporta la suma de la suma de $50.000, que entera en este acto, al contado y en dinero efectivo, equivalente al 50% del capital y derechos sociales; RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS: los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivo aportes. Las demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 29 de diciembre de 2022. María Virginia Wielandt Covarrubias. Notario Suplente.