INGENIERIA E INVERSIONES CERRO DORADO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de diciembre de 2022
- Repertorio
- 9560
- Notario
- RUBEN REINOSO HERRERA
- Oficio
- Cuarta Notaría La Serena
- Comuna
- La Serena
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRUBEN REINOSO HERRERA, Abogado, Notario Público Titular, Cuarta Notaría La Serena, Avenida El Santo #1240, Local 1, La Serena, certifica: Por escritura pública de fecha 23 de diciembre de 2022 repertorio N° 9560, ante mí, doña KAREN ANDREA CANCINO SAZO, domiciliada en calle Los Carreras número 4392, Copiapó; doña CYNTHIA ALEJANDRA CANCINO SAZO, domiciliada en parcela número 5, El Tambo, Vicuña; doña CRISTINA ESTER SAZO CÁCERES, domiciliada en calle La Pirámide número 32, Peralillo, Vicuña; y don RUBÉN ELÍAS SAZO CÁCERES, empresario, domiciliado en Parcela 19, Lote A 1-3, Alfalfares Oriente, La Serena, resciliaron en todas sus partes, la modificación de la sociedad INGENIERIA E INVERSIONES CERRO DORADO LIMITADA O CERRO DORADO LIMITADA, rol único tributario número setenta y seis millones trescientos ochenta y dos mil seiscientos sesenta y uno guion nueve, suscrita por escritura pública de fecha veintiocho de octubre del año dos mil diecinueve, repertorio número dos mil cuatrocientos noventa y siete del mismo año suscrita ante notario Reinaldo Hernán Villalobos Pellegrini, de la cuarta notaría de Coquimbo y descritos en la cláusula precedente. Por lo tanto, se rescilian los siguientes contratos de cesión de derechos sociales Uno) se rescilia la cesión de derechos de doña CRISTINA ESTER SAZO CÁCERES a don RUBÉN ELÍAS SAZO CÁCERES equivalente al veinticinco por ciento de los derechos de la sociedad; Dos) se rescilia la cesión de derechos efectuadas por doña KAREN ANDREA CANCINO SAZO a don RUBÉN ELÍAS SAZO CACERES equivalentes al cuarenta por ciento del total de los derechos que conforman la sociedad; Tres) se rescilia la cesión de derechos efectuada por doña CYNTHIA ALEJANDRA CANCINO SAZO a don RUBÉN ELÍAS SAZO CÁCERES equivalente al veinte por ciento del total de los derechos que conforman la sociedad. De la presente resciliación se deberá tomar nota al margen de la inscripción de fojas trescientos noventa y tres número doscientos veintiséis del año dos mil diecinueve del Registro de Comercio correspondiente al año dos mil diecinueve del Conservador de Bienes Raíces de Copiapó. En todo lo que no se hubiere dejado sin efecto por mutuo acuerdo de los comparecientes en la presente escritura continuará vigente la sociedad con todos los pactos sociales suscritos en el acto constitutivo de la misma. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- La Serena 30 de diciembre de 2022.