MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA PRAXIS LIMITADA

RUT 78548610-2 CVE 2247491
Capital
$6.000.000 CLP
Fecha instrumento
23 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de diciembre de 2022
Repertorio
14911/2022
Notario
JORGE LOBOS DÍAZ
Oficio
Cuarta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$6.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE LOBOS DÍAZ, Abogado, Notario Público, Suplente de la Cuarta Notaría de Santiago, cuyo titular es don COSME FERNANDO GOMILA GATICA, con oficio en Carmencita 20, Comuna de Las Condes, certifico que por escritura pública de fecha 23 de Diciembre de 2022, Repertorio Nº 14911/ 2022, otorgada ante el notario titular, comparecen: 1) Juan Carlos Ramírez Magaña, domiciliado en calle San Pascual 630, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; y 2) Pablo Felipe Ramírez Magaña, domiciliado en calle Alcántara 44, piso seis, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; quienes modifican la sociedad “AGRÍCOLA PRAXIS LIMITADA”, R.U.T. número 78.548.610-2, constituida por escritura pública de 19 de julio de 1994, otorgada ante el Notario de Santiago don Víctor Manuel Correa Valenzuela, cuyo extracto fue inscrito a fojas 15.830, número 13.035, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1994. La sociedad fue modificada por escritura pública de 1º de junio de 1999, otorgada ante el Notario de Santiago don Eduardo Pinto Peralta, cuyo extracto fue inscrito a fojas 12.801, número 10.285, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1999, así como también a fojas 64, número 59, en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Melipilla correspondiente al año 1999. Comparecientes modifican la sociedad del modo siguiente: 1) Se modifica el pacto social por fallecimiento del socio Carlos Ramírez Angeli, también conocido como Carlos Alejandro Ramírez Angeli, cuya participación societaria ascendente a un tercio del total de los derechos sociales de “Agrícola Praxis Limitada” se ha transmitido y asignado a los adjudicatarios de tales derechos, a saber, los actuales socios Juan Carlos Ramírez Magaña y Pablo Felipe Ramírez Magaña, en la proporción de dos cuartas partes para cada uno de ellos, quienes quedan como únicos socios de “Agrícola Praxis Limitada”, aumentando cada uno de ellos su anterior participación societaria de un tercio de los derechos sociales en la fracción adicional de un sexto del total de los derechos, con lo cual la nueva participación societaria de cada socio alcanza la mitad o el 50% de los derechos sociales de “Agrícola Praxis Limitada”. Lo anterior, en virtud de Resolución Exenta número 36.101 de fecha 10 de septiembre de 2020, del Director Regional del Servicio de Registro Civil e Identificación, de la Región Metropolitana de Santiago, que concedió la posesión efectiva de la herencia intestada a los asignatarios antes individualizados y a la cónyuge sobreviviente, y de escritura pública de fecha 21 de diciembre de 2022, otorgada ante el Notario Público don Jorge Lobos Diaz, Suplente de la Notaría de Santiago del Titular don Cosme Fernando Gomila Gatica, mediante la cual la cónyuge sobreviviente y los herederos efectuaron de común acuerdo la liquidación parcial de la sociedad conyugal habida entre el causante y su cónyuge sobreviviente y la partición parcial de la comunidad hereditaria existente entre todos ellos sobre los bienes del causante quedados a su fallecimiento. Por consiguiente, las participaciones societarias de “Agrícola Praxis Limitada” quedan del modo siguiente: a) Juan Carlos Ramírez Magaña, con el 50% de los derechos sociales; y b) Pablo Felipe Ramírez Magaña, con el 50% de los derechos sociales. 2) En consideración a la referida modificación de socios, se acuerda modificar el pacto social en lo relativo al capital de la sociedad, con el objeto de actualizar los montos de los aportes individuales enterados por cada uno de los socios y sus respectivas participaciones societarias, para cuyo efecto se acuerda reemplazar íntegramente el texto de la cláusula respectiva del pacto social, del modo siguiente: “El capital de la sociedad es la suma de $6.000.000, que los socios han aportado en la forma y proporción que a continuación se indica: a) Juan Carlos Ramírez Magaña, aporta la cantidad de $3.000.000, que equivale al 50% de los derechos sociales, totalmente enterados; y b) Pablo Felipe Ramírez Magaña, aporta la cantidad de $3.000.000, que equivale al 50% de los derechos sociales, totalmente enterados.”. 3) Se modifica el pacto social en lo relativo al domicilio de la sociedad, con el objeto de dejar solamente uno de los dos domicilios sociales que registra la sociedad, eliminando su domicilio en la Provincia de Melipilla y dejando como único domicilio la ciudad de Santiago, para cuyo efecto se acuerda reemplazar íntegramente el texto de la cláusula respectiva del pacto social, del modo siguiente: “La sociedad tiene su domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, establecimientos o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero.”. Demás acuerdos y estipulaciones en escritura extractada. mmo.