TH PARTNERS SpA
Instrumento
- Fecha
- 26 de diciembre de 2022
- Repertorio
- 103025
- Notario
- ROBERTO PUGA PINO
- Domicilio
- Titular don Francisco Javier Leiva Carvajal
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- La ciudad de Santiago
- Duración
- La duración de la Sociedad será de 10 años contados desde la fecha de celebración de la escritura extractada, prorrogándose tácita y automáticamente por períodos iguales o sucesivos de un año cada uno salvo que uno cualquiera de los socios, con no menos de tres meses de anticipación al vencimiento respectivo, manifieste su voluntad de no prorrogarla de la forma prescrita en la escritura extractada
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto, sea directamente o por intermedio de terceros, exclusivamente la prestación de servicios profesionales, consultorías y asesorías en materias legales de toda índole, tributarias, contables, financieras, de gobierno corporativo, y otras relacionadas a la asesoría de negocios
Administración
La administración de la sociedad corresponderá a doña Dayana Andrea Barría Mansilla, quien actuando individual e indistintamente y, anteponiendo a su firma el nombre y la razón social de la sociedad, tendrá el uso de la razón social y representará a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estando investida de todas las facultades de administración y disposición de bienes
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalROBERTO PUGA PINO, Notario Público Suplente del Titular don Francisco Javier Leiva Carvajal, 2ª Notaría de Santiago, con oficio en Alcántara N°107, comuna de Las Condes, Santiago, certifica: Que por escritura de fecha 26 de diciembre de 2022, repertorio 103.025 ante mí, doña DAYANA ANDREA BARRÍA MANSILLA, cédula nacional de identidad No. 14.109.685-0, domiciliada El Golf 99 of. 702, Las Condes, y doña MARCIA PAOLA ERNANI VIVANCO, domiciliada Alcalde Eduardo Castillo Velasco 5.345, cédula nacional de identidad No. 16.367.156-5, modificaron “TH PARTNERS SpA”, inscrita a Fjs. 56.429, N° 34.787 del Registro de Comercio de Santiago del año 2014, y acordaron transformar la sociedad en una Sociedad de Responsabilidad Limitada, aprobando sus estatutos, de los que extracto: Nombre o Razón Social: “TH PARTNERS CONSULTORES Y ASESORES TRIBUTARIOS LIMITADA”. Domicilio: La ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país y/o en el extranjero, y de los domicilios especiales que pueda fijar para actos o contratos determinados. Duración: La duración de la Sociedad será de 10 años contados desde la fecha de celebración de la escritura extractada, prorrogándose tácita y automáticamente por períodos iguales o sucesivos de un año cada uno salvo que uno cualquiera de los socios, con no menos de tres meses de anticipación al vencimiento respectivo, manifieste su voluntad de no prorrogarla de la forma prescrita en la escritura extractada. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto, sea directamente o por intermedio de terceros, exclusivamente la prestación de servicios profesionales, consultorías y asesorías en materias legales de toda índole, tributarias, contables, financieras, de gobierno corporativo, y otras relacionadas a la asesoría de negocios. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000, íntegramente suscrito y pagado por los socios en proporción con el porcentaje accionario que detentaban en la sociedad que se transforma. Así, corresponde a cada socio: a) 95 por ciento a doña Dayana Andrea Barría Mansilla y b) un 5 por ciento a doña Marcia Ernani Vivanco. El capital social se encuentra, por tanto, completamente suscrito y pagado a entera satisfacción de los socios. Responsabilidad de los socios: Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes. Administración: La administración de la sociedad corresponderá a doña Dayana Andrea Barría Mansilla, quien actuando individual e indistintamente y, anteponiendo a su firma el nombre y la razón social de la sociedad, tendrá el uso de la razón social y representará a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estando investida de todas las facultades de administración y disposición de bienes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de diciembre de 2022. Roberto Fernando Puga Pinto. Notario Suplente.