SOCIEDAD DE INVERSIONES ARC-REACTOR S.A.
Instrumento
- Fecha
- 28 de diciembre de 2022
- Repertorio
- 2317-2022
- Notario
- Pedro Hernán Álvarez Lorca
- Oficio
- Primera Notaria de Buin
- Comuna
- Buin
Sociedad
- Capital
- $50.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPedro Hernán Álvarez Lorca, Notario Público de la Primera Notaria de Buin, Aníbal Pinto 269, local 5, comuna de Buin, certifico: que hoy ante mí se redujo a escritura pública bajo el repertorio 2317 - 2022 SEGUNDA SESIÓN DE DIRECTORIO SOCIEDAD DE INVERSIONES ARC-REACTOR S.A. Rut. 76.388.663-8, Capital $50.000.000, inscrita a fojas 50044, número 31071 año 2014 Registro de Comercio de Santiago, que es del siguiente tenor: “SEGUNDA SESIÓN DE DIRECTORIO.- SOCIEDAD DE INVERSIONES ARC-REACTOR.- En San Bernardo, a diecinueve días del mes de Diciembre del año dos mil veintidós, siendo las once treinta horas, en las oficinas de la sociedad, ubicadas en calle El Barrancón Parcela número siete de la comuna de San Bernardo, se reunió el Directorio Provisorio de la "SOCIEDAD DE INVERSIONES ARC-REACTOR S.A. ", con la asistencia de dos de los tres directores designados al efecto en el artículo Segundo Transitorio del estatuto social, señoras: Leslie Alejandra Ruiz Zagal y María Gabriela Ruiz Zagal y José Guillermo Bayer Machuca, este último en calidad de secretario de la junta de accionistas.- Presidió doña Leslie Alejandra Ruiz Zagal.- PRIMERO.- En primer lugar la presidenta del directorio doña Leslie Alejandra Ruiz Zagal, viene en dejar constancia que por razones de mejor administración se ha procedido al cambio de domicilio para la realización de las sesiones de la sociedad. Informa además que con fecha trece diciembre dos mil veintidós, de conformidad a lo prevenido por el artículo octavo de los estatutos, mediante carta dirigida se ha citado a los directores de la sociedad designados en la clausula segundo de la primera sesión de directorio, con el objeto de realizar esta para ratificar la designación de nuevo directorio y mandatarios de la sociedad. Señala además que no concurre a esta junta el director Ignacio Aránguiz Fluhmann, quien habiendo sido legalmente notificado no concurre a esta sesión, sin manifestar razones por su inasistencia.- SEGUNDO.- Luego de un breve intercambio de opiniones, por la unanimidad de los directores asistentes, que además constituyen el noventa y nueve por ciento de las acciones de la sociedad, se acordó ratificar lo acordado en la primera junta ordinaria de accionistas, esto es la designación de doña Leslie Alejandra Ruiz Zagal, en el cargo de presidente del directorio. También por unanimidad, se ratifica la designación como secretaria y sub gerente de la sociedad recaído en doña María Gabriela Ruiz Zagal. Las designadas aceptaron sus respectivos cargos.- La presidente a continuación señala que se debe ratificar la designación de don José Guillermo Bayer Machuca, cedula nacional de identidad número nueve millones ciento veintiocho mil setenta y ocho guion siete, como gerente general de la sociedad, ello de conformidad a lo señalado en el artículo décimo primero, número tres de los estatutos, lo que es aceptado por las directoras presentes. De acuerdo a lo anterior, a partir de esta fecha doña Leslie Alejandra Ruiz Zagal, desempeñara el cargo de presidente del directorio, de la sociedad y de la junta general.- Doña María Gabriela Ruiz Zagal, desempeñara el cargo de sub gerente y don José Guillermo Bayer Machuca, el cargo de gerente general y secretario de la junta.- Los designados aceptaron sus respectivos cargos, asumiéndolos de inmediato. TERCERO: Seguidamente y para una mejor administración de la sociedad, la presidenta procede a proponer las facultades con que actuaran tanto el gerente como la subgerente de la sociedad, lo que después de un breve intercambio de opiniones queda de acuerdo a lo siguiente, sin perjuicio de las facultades que corresponden a doña Leslie Alejandra Ruiz Zagal, en su cargo de presidente del directorio y de la sociedad. CUARTO: Facultades del Gerente General.- El Gerente General de la sociedad estará premunido de todas las facultades que se señalan a continuación. REPRESENTACION ANTE INSTITUCIONES: Concurrir ante toda clase de autoridades políticas, administrativas, municipales, organismos o instituciones de derecho público, fiscales o semifiscales, autoridades de orden tributario, previsional o laboral, o personas de derecho privado, sean ellas naturales o jurídicas, con toda clase de solicitudes y demás documentos que sean menester y desistirse de sus peticiones. REPRESENTACIÓN ANTE SOCIEDADES Y ASOCIACIONES: Representar a la Sociedad, con voz y voto, en todas las sociedades, comunidades, cooperativas, asociaciones, empresas y organismos privados de que la sociedad forma parte o en que tenga participación o interés, aunque no sea pecuniario; con facultad de intervenir en las reuniones, asambleas, comités y demás órganos de tales entidades, en lo que corresponda conforme a la ley, estatutos o convenios que la rijan y para que ejerza todos los derechos que en ella correspondan a la sociedad. CELEBRACION DE CONTRATOS: Celebrar contratos de arrendamiento de inmuebles, de transporte y en general de toda clase contratos destinados al funcionamiento de la sociedad pudiendo comprar y adquirir a cualquier título toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluso valores mobiliarios, acciones, bonos, moneda extranjera, efectos públicos o de comercio, y derechos de cualquier naturaleza; establecer condiciones de pago, plazos y demás cláusulas, modalidades y estipulaciones que sean de la esencia, de naturaleza o meramente accidentales; aceptar toda clase de garantías que se constituyan a favor de la Sociedad. CONTRATOS DE TRABAJO: Celebrar contratos de trabajo, colectivos o individuales, contratar y despedir trabajadores, contratar servicios profesionales o técnicos y ponerles término; celebrar contratos de confección de obra material, de arrendamiento de servicios; fijar remuneraciones, honorarios, bonos, etcétera. CONSTITUCION DE SOCIEDADES: Constituir sociedades de cualquier clase, de comunidades o asociaciones de corporaciones, de cooperativas, ingresar a las ya constituidas, representar a la Sociedad, con voz y voto, en todas ellas; concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte y ejercer o renunciar las acciones que competan a la Sociedad en tales sociedades o comunidades sin limitación alguna. COBRAR Y PERCIBIR Cobrar y percibir judicial y extrajudicialmente todo cuanto se adeude a la Sociedad a cualquier título que sea en dinero, en otra clase de bienes corporales o incorporales, raíces, muebles, valores mobiliarios, efectos de comercio, etcétera.- OPERACIONES CON BANCOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS: Representar a la Sociedad en los bancos e instituciones financieras con las facultades de informarse e imponerse de los movimientos de las cuentas corrientes aprobar y objetar saldos; requerir y retirar talonarios de cheques o cheques sueltos; arrendar cajas de seguridad, abrirlas y poner término a su arrendamiento; hacer depósitos en ellas, sea en moneda nacional o extranjera, y valores en depósito, custodia o garantía o cancelar los certificados respectivos; tomar y cancelar vales vista, boletas bancarias o boletas de garantía.- SEGUROS Celebrar contratos de seguros, pudiendo acordar primas, fijar riesgos, plazos y demás condiciones, cobrar pólizas, endosarlas, cancelarlas, aprobar e impugnar liquidaciones de siniestros. REGISTRO DE MARCAS solicitar el registro de marcas comerciales, patentes de invención y modelos industriales e inscribir el dominio intelectual; realizar todos los actos y gestiones destinados a proteger y amparar la propiedad industrial e intelectual y mantener su vigencia, solicitando las renovaciones o ampliaciones de plazo que fueren procedentes; deducir oposiciones o solicitar nulidades; convenir licencias de explotación de marcas comerciales, patentes de invención, modelos industriales y de la propiedad intelectual y celebrar toda clase de contratos en relación con estas especies de dominio. FIRMA DE DOCUMENTOS Y RETIRO DE CORRESPONDENCIA. Firmar recibos, finiquitos y cancelaciones y, en general, suscribir, otorgar, firmar, extender, modificar y refrendar toda clase de documentos públicos o privados, pudiendo formular en ellos todas las declaraciones que estimen necesarias o convenientes; retirar de las oficinas de correos, aduanas, empresas de transporte terrestre, marítimo, aéreo, toda clase de correspondencia, incluso certificada, giros, reembolsos, cargas, encomiendas, mercaderías, piezas postales, etcétera, consignadas o dirigidas a la Sociedad; firmar la correspondencia de la Sociedad.- REPRESENTACION JUDICIAL: Representar judicialmente a la Sociedad con todas y cada una de las facultades ordinarias y extraordinarias del mandato judicial contempladas en ambos incisos del artículo siete del Código de Procedimiento Civil, las que incluyen la facultad de desistirse en primera instancia de la acción deducida, aceptar la demanda contraria, absolver posiciones, renunciar a los recursos y los términos legales, transigir, con declaración expresa que la facultad de transigir comprende también la transacción extrajudicial, comprometer, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores, aprobar convenios judiciales o extrajudiciales, percibir, otorgar quitas o esperas.- QUINTO: Facultades de la Sub Gerente.- La Sub Gerente de la sociedad María Gabriela Ruiz Zagal, cedula nacional de identidad número dieciséis millones ochocientos diecisiete mil quinientos noventa y uno guion cuatro, representará a la sociedad con todas y cada una de las facultades señaladas en el artículo décimo primero de la escritura de constitución de sociedad, inclusive con bancos e instituciones financieras y en especial las siguientes: REPRESENTACION ANTE INSTITUCIONES: Concurrir ante toda clase de autoridades políticas, administrativas, municipales, organismos o instituciones de derecho público, fiscales o semifiscales, autoridades de orden tributario, previsional o laboral, o personas de derecho privado, sean ellas naturales o jurídicas, con toda clase de solicitudes y demás documentos que sean menester y desistirse de sus peticiones. REPRESENTACIÓN ANTE SOCIEDADES Y ASOCIACIONES: Representar a la Sociedad, con voz y voto, en todas las sociedades, comunidades, cooperativas, asociaciones, empresas y organismos privados de que la sociedad forma parte o en que tenga participación o interés, aunque no sea pecuniario; con facultad de intervenir en las reuniones, asambleas, comités y demás órganos de tales entidades, en lo que corresponda conforme a la ley, estatutos o convenios que la rijan y para que ejerza todos los derechos que en ella correspondan a la sociedad. CELEBRACION DE CONTRATOS: Celebrar contratos de promesa, compraventa, arrendamiento, con o sin opción de compra, leasing, factoring, permuta, comodato, depósito, transporte, concesiones, y, en general toda clase contratos nominados e innominados, pudiendo comprar, vender, adquirir, transferir y enajenar a cualquier título toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluso valores mobiliarios, acciones, bonos, moneda extranjera, efectos públicos o de comercio, y derechos de cualquier naturaleza; fijar precios, rentas, renunciar derechos y acciones y, especialmente la acción resolutoria, cabidas o deslindes, condiciones de pago, plazos y demás cláusulas, modalidades y estipulaciones que sean de la esencia, de naturaleza o meramente accidentales; aceptar toda clase de garantías que se constituyan a favor de la Sociedad. CONSTITUCION DE GARANTIAS: Constituir toda clase de garantías, hipotecas, prendas, fianzas simples y/o solidarias, avales en letras de cambio o pagarés, constituirse en codeudor solidario, warrant, gravar los bienes sociales con derechos de uso, usufructo, habitación, etcétera; constituir servidumbres activas o pasivas; posponerlas. CONTRATOS DE TRABAJO: Celebrar contratos de trabajo, colectivos o individuales, contratar y despedir trabajadores, contratar servicios profesionales o técnicos y ponerles término; celebrar contratos de confección de obra material, de arrendamiento de servicios; fijar remuneraciones, honorarios, bonos, etcétera. CONSTITUCION DE SOCIEDADES: Constituir sociedades de cualquier clase, de comunidades o asociaciones de corporaciones, de cooperativas, ingresar a las ya constituidas, representar a la Sociedad, con voz y voto, en todas ellas; concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte y ejercer o renunciar las acciones que competan a la Sociedad en tales sociedades o comunidades sin limitación alguna. OPERACIONES CON CHEQUES, LETRAS, PAGARES Y OTROS DOCUMENTOS MERCANTILES Girar, suscribir, cancelar, aceptar, endosar, reaceptar, renovar, prorrogar, revalidar, descontar, cobrar, protestar cheques, letras de cambio, pagarés, y demás documentos mercantiles, sean nominativos, a la orden o al portador, en moneda nacional o extranjera; Ceder y aceptar cesiones de crédito, sean nominativos, a la orden o al portador y, en general, efectuar toda clase de operaciones con documentos mercantiles, valores mobiliarios, efectos públicos y de comercio. COBRAR Y PERCIBIR Cobrar y percibir judicial y extrajudicialmente todo cuanto se adeude a la Sociedad a cualquier título que sea en dinero, en otra clase de bienes corporales o incorporales, raíces, muebles, valores mobiliarios, efectos de comercio, etcétera. OPERACIONES CON BANCOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS: Representar a la Sociedad en los bancos e instituciones financieras con las más amplias facultades que se precisen, en especial con el Banco Santander Chile, cuenta corriente número seis ocho cinco cinco uno tres uno cinco; darles instrucciones y cometerles comisiones de confianza; celebrar contratos de cuenta corriente bancaria de depósito o de crédito, pudiendo depositar, girar y sobregirar en ellas, sea mediante cheques, órdenes de pago o transferencias electrónicas, imponerse de su movimiento, modificarlos y ponerles término o solicitar su terminación; aprobar y objetar saldos; requerir y retirar talonarios de cheques o cheques sueltos; arrendar cajas de seguridad, abrirlas y poner término a su arrendamiento; abrir cuentas de ahorro, a la vista o a plazo, hacer depósitos en ellas, retirar fondos total o parcialmente, cerrar las cuentas; colocar y retirar dineros, sea en moneda nacional o extranjera, y valores en depósito, custodia o garantía o cancelar los certificados respectivos; tomar y cancelar vales vista, boletas bancarias o boletas de garantía; asumir riesgos de cambio, liquidar y/o remesar divisas y, en general, efectuar toda clase de operaciones bancarias en moneda nacional o extranjera. CRÉDITOS. Celebrar con los bancos comerciales, instituciones de crédito, corporaciones de derecho público o privado, sociedades civiles, comerciales o de otro orden, con el Banco del Estado de Chile, con particulares o con cualesquiera instituciones nacionales, extranjeras o internacionales, contratos de préstamos y de mutuo. DERIVADOS. Celebrar toda clase contratos de futuros, swaps, opciones y en general con instrumentos derivados. SEGUROS. Celebrar contratos de seguros, pudiendo acordar primas, fijar riesgos, plazos y demás condiciones, cobrar pólizas, endosarlas, cancelarlas, aprobar e impugnar liquidaciones de siniestros. REGISTRO DE MARCAS solicitar el registro de marcas comerciales, patentes de invención y modelos industriales e inscribir el dominio intelectual; realizar todos los actos y gestiones destinados a proteger y amparar la propiedad industrial e intelectual y mantener su vigencia, solicitando las renovaciones o ampliaciones de plazo que fueren procedentes; deducir oposiciones o solicitar nulidades; convenir licencias de explotación de marcas comerciales, patentes de invención, modelos industriales y de la propiedad intelectual y celebrar toda clase de contratos en relación con estas especies de dominio. OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR. Contratar y efectuar toda clase de operaciones de comercio exterior y de cambios internacionales, estando facultados para representar a la Sociedad en todas las operaciones, diligencias, trámites o actuaciones relacionadas con importaciones y exportaciones ante los bancos comerciales, Banco Central de Chile y cualquier otra entidad o autoridad competente pudiendo al efecto representar y firmar registros de importación y exportación, abrir acreditivos divisibles o indivisibles, revocables o irrevocables, presentar solicitudes anexas, cartas explicativas, declaraciones juradas y toda otra documentación pertinente que fuere exigida por los bancos o por el Banco Central de Chile y solicitar la modificación de las condiciones bajo las cuales ha autorizado una determinada operación; autorizar cargos en las cuentas corrientes de la Sociedad a causa de operaciones de comercio exterior, otorgar, retirar, endosar, enajenar y negociar en cualquier forma documentos de embarque, facturas y conocimientos y carta de porte y documentos consulares y, en general, ejecutar todos los actos y realizar todas las operaciones que fueren conducentes al adecuado cumplimiento del encargo que se les confiere. PAGOS Y EXTINCION DE OBLIGACIONES. Pagar en efectivo, por dación en pago de bienes muebles e inmuebles, por consignación, subrogación, cesión de bienes, etcétera, todo lo que la Sociedad adeudare por cualquier título y, en general, extinguir obligaciones ya sea por novación, remisión, compensación, etcétera. FIRMA DE DOCUMENTOS Y RETIRO DE CORRESPONDENCIA. Firmar recibos, finiquitos y cancelaciones y, en general, suscribir, otorgar, firmar, extender, modificar y refrendar toda clase de documentos públicos o privados, pudiendo formular en ellos todas las declaraciones que estimen necesarias o convenientes; retirar de las oficinas de correos, aduanas, empresas de transporte terrestre, marítimo, aéreo, toda clase de correspondencia, incluso certificada, giros, reembolsos, cargas, encomiendas, mercaderías, piezas postales, etcétera, consignadas o dirigidas a la Sociedad; firmar la correspondencia de la Sociedad. MANDATOS Conferir mandatos y poderes generales y especiales, revocarlos, delegar y reasumir, aceptar en todo o en parte, sus poderes cuantas veces lo estimen necesario. REPRESENTACION JUDICIAL: Representar judicialmente a la Sociedad con todas y cada una de las facultades ordinarias y extraordinarias del mandato judicial contempladas en ambos incisos del artículo siete del Código de Procedimiento Civil, las que incluyen la facultad de desistirse en primera instancia de la acción deducida, aceptar la demanda contraria, absolver posiciones, renunciar a los recursos y los términos legales, transigir, con declaración expresa que la facultad de transigir comprende también la transacción extrajudicial comprometer, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores, aprobar convenios judiciales o extrajudiciales, percibir, otorgar quitas o esperas.- SEXTO: CUMPLIMIENTO DE LOS ACUERDOS: El directorio acordó por unanimidad llevar adelante los acuerdos de esta sesión, sin esperar la aprobación de su acta en otra posterior, bastando para ello que se encuentre firmada por todos los directores presentes.- SEPTIMO.- REDUCCIÓN A ESCRITURA PÚBLICA. El Directorio acordó facultar al gerente general don José Guillermo Bayer Machuca y a la sub gerente doña María Gabriela Ruiz Zagal, para que actuando conjunta o separadamente puedan reducir a escritura pública todo o parte de esta sesión de directorio, una vez que se encuentre firmada por los directores y accionistas presentes.- OCTAVO. TERMINO DE LA JUNTA. No habiendo otros temas que tratar, se levanta la sesión a las siendo las doce cuarenta y cinco horas.- “ Demás estipulaciones en escritura extractada.- Buin, 28 de Diciembre de 2022.