MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE CAPACITACIÓN ALERCE LIMITADA

RUT 77864600-5 CVE 2246848
Fecha instrumento
28 de diciembre de 2022

Instrumento

Fecha
28 de diciembre de 2022
Notario
JORGE ELIAS TADRES HALES
Domicilio
Temuco

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha veintiséis de Diciembre de dos mil veintidós, ante mí, por una parte, y como “cedente” o “vendedor”, don BRAULIO ANDRES MURILLO FIGUEROA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, Ingeniero Civil Industrial con mención en Bioprocesos, cédula nacional de identidad número trece millones setecientos treinta y un mil novecientos sesenta y cinco guión nueve, con domicilio en Toro Mazotte número setenta y seis, departamento dos mil nueve, comuna de Estación Central, Región Metropolitana, y de paso por ésta; y, por la otra parte, como “cesionario” o “comprador” don RODRIGO MARCELO KEHR KEHR, chileno, casado bajo el régimen de participación en los gananciales, según se acreditará, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número diez millones novecientos veinticinco mil quinientos noventa guion cuatro, domiciliado en Avenida Alemania número cero seiscientos cincuenta, departamento trescientos cuatro, de la ciudad y comuna de Temuco, Región de La Araucanía, expusieron: ANTECEDENTES DE LA SOCIEDAD, CONSTITUCIÓN Y MODIFICACIONES: Declaran don BRAULIO ANDRES MURILLO FIGUEROA y don GONZALO ALONSO HERNÁNDEZ FIERRO, quien comparece más adelante para los fines que se expresarán, ser los actuales y únicos socios de la sociedad denominada SOCIEDAD DE CAPACITACIÓN ALERCE LIMITADA o CONSULTORA ALERCE LIMITADA, en una proporción de un ochenta y un veinte por ciento, respectivamente, en las acciones y derechos del capital social. Que, dicha sociedad se constituyó por escritura pública de fecha dieciocho de diciembre del año dos mil dos, otorgada ante el Notario Público de Talca don Héctor Manuel Ferrada Escobar, y cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial de fecha veintiséis de diciembre del año dos mil dos, y se inscribió a fojas mil trescientos siete número seiscientos treinta y seis en el Registro de Comercio que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Talca, correspondiente al año dos mil dos. El Rol Único Tributario es el número setenta y siete millones ochocientos sesenta y cuatro mil seiscientos guion cinco.- La sociedad se modificó de acuerdo al siguiente itinerario: a) Primera modificación: Por escritura pública otorgada ante el notario público de Talca don Ignacio Vidal Domínguez, de fecha veintidós de agosto de dos mil seis, los socios de la época modificaron objeto social, y cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial de fecha veintinueve de agosto del año dos mil seis e inscrito a fojas mil veintitrés bajo el número cuatrocientos ochenta y siete, del Registro de Comercio que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Talca, correspondiente al año dos mil seis; b) Segunda modificación: Por escritura pública otorgada ante el notario público de Talca don Héctor Ferrada Escobar, de fecha dieciséis de octubre de dos mil seis, los socios de la época modificaron razón social, y cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial de fecha veinticuatro de octubre del año dos mil seis e inscrito a fojas mil trescientos setenta y tres bajo el número seiscientos treinta y siete, del Registro de Comercio que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Talca, correspondiente al año dos mil seis; c) Tercera modificación: Por escritura pública otorgada ante el notario público de Talca don Héctor Ferrada Escobar, de fecha veinte de junio de dos mil once, los socios de la época modificaron la sociedad cediendo y transfiriendo participación social, y modificaron representación legal y uso de la razón social, y cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial de fecha veinticinco de junio del año dos mil once e inscrito a fojas mil noventa y siete bajo el número quinientos treinta, del Registro de Comercio que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Talca, correspondiente al año dos mil once; d) Cuarta modificación: Por escritura pública otorgada ante el notario público de Talca doña Andrea Moya Díaz, suplente del titular don Héctor Ferrada Escobar, de fecha diecinueve de diciembre de dos mil doce, los socios de la época modificaron el objeto social, y cuyo extracto fue publicado en el ciento seis bajo el número mil trescientos sesenta y tres, del Registro de Comercio que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Talca, correspondiente al año dos mil doce; e) Quinta modificación: Por escritura pública otorgada ante el notario público de Talca doña Andrea Moya Díaz, suplente del titular don Héctor Ferrada Escobar, de fecha diez de diciembre de dos mil catorce, los socios de la época modificaron la sociedad cediendo y transfiriendo participación social, y modificaron adicionalmente representación legal y uso de la razón social, y cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial de fecha quince de diciembre del año dos mil catorce e inscrito a fojas dos mil ochocientos treinta y seis bajo el número mil doscientos cuarenta, del Registro de Comercio que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Talca, correspondiente al año dos mil catorce; f) Sexta modificación: Por escritura pública otorgada ante el notario público de Talca don Ignacio Vidal Domínguez, de fecha diecisiete de febrero de dos mil dieciséis, los socios de la época modificaron la sociedad cediendo y transfiriendo participación social, y modificaron adicionalmente representación legal y uso de la razón social, y cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial de fecha veintinueve de febrero del año dos mil dieciséis e inscrito a fojas cuatrocientos ochenta y seis bajo el número doscientos seis, del Registro de Comercio que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Talca, correspondiente al año dos mil dieciséis; y g) Séptima modificación: Por escritura pública de fecha quince de noviembre de dos mil veintiuno, otorgada ante doña Verónica Fabiola Dachelet Cifuentes, notario público de Talca, suplente del titular don Enrique Ortiz Schindler, los socios don René Elías Ramírez Sánchez y doña Carmen Marcela Sáez Orellana, a la sazón únicos y actuales socios de SOCIEDAD DE CAPACITACIÓN ALERCE LIMITADA o CONSULTORA ALERCE LIMITADA, vendieron y cedieron a don Braulio Andrés Murillo Figueroa y a don Gonzalo Alonso Hernández Fierro, quienes compraron y adquirieron para sí, en los términos y condiciones que en la citada escritura se expresa, y en una proporción de un ochenta y un veinte por ciento, respectivamente, de su respectiva la participación social. Dicha cesión de derechos sociales comprendió además y, en relación al porcentaje cedido, las cuotas en todos los fondos sociales, las utilidades no retiradas y las que se produzcan en el ejercicio en curso y cualquier otro haber, derechos, participación e interés que pertenezcan a los cedentes en la sociedad, a cualquier título, y especialmente su parte en el capital, fondos en cuenta particular, retenciones pendientes, devoluciones tributarias, etcétera. Adicionalmente, dicha modificación comprendió el cambio de domicilio social a la ciudad de Temuco, sin perjuicio de agencias o sucursales en Chile o en el extranjero, y la radicación de la representación y uso de la razón social en el socio don Braulio Andrés Murillo Figueroa y con las facultades expresadas en la escritura pública individualizada en inicio de este literal. El extracto fue publicado en el Diario Oficial número cuarenta y tres mil ciento veintiuno, de fecha seis de diciembre del año dos mil veintiuno e inscrito a fojas mil doscientos sesenta y cuatro V bajo el número setecientos cincuenta, del Registro de Comercio que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil veintiuno. Actuales socios y participación. Declaran don BRAULIO ANDRES MURILLO FIGUEROA y don GONZALO ALONSO HERNÁNDEZ FIERRO que la SOCIEDAD DE CAPACITACIÓN ALERCE LIMITADA o CONSULTORA ALERCE LIMITADA, tiene como únicos socios a don BRAULIO ANDRES MURILLO FIGUEROA y don GONZALO ALONSO HERNÁNDEZ FIERRO, con una participación en el capital social y en las ganancias y pérdidas de un ochenta por ciento para don BRAULIO ANDRES MURILLO FIGUEROA, y con un veinte por ciento para don GONZALO ALONSO HERNÁNDEZ FIERRO. PRESENTE CESIÓN DE DERECHOS: Que, en la calidad en que comparecen, por este acto e instrumento don BRAULIO ANDRES MURILLO FIGUEROA vende, cede y transfiere el ochenta por ciento de su respectivo interés social a don RODRIGO MARCELO KEHR KEHR, quien lo compra acepta y adquiere para sí. De esta manera la SOCIEDAD DE CAPACITACIÓN ALERCE LIMITADA o CONSULTORA ALERCE LIMITADA, estará integrada por los siguientes socios: don RODRIGO MARCELO KEHR KEHR y don GONZALO ALONSO HERNÁNDEZ FIERRO con una participación social en las ganancias y pérdidas en la sociedad de un ochenta por ciento y un veinte por ciento respectivamente. El precio de esta cesión es la suma de cuatro millones de pesos, que el cedente declara haber recibido en dinero efectivo y a su entera satisfacción con anterioridad a este acto. Se entienden comprendidas en la cesión, y en relación al porcentaje cedido, las cuotas en todos los fondos sociales, las utilidades no retiradas y las que se produzcan en el ejercicio en curso y cualquier otro haber, derechos, participación e interés que pertenezcan al cedente en la sociedad, a cualquier título, y especialmente su parte en el capital, fondos en cuenta particular, etcétera. PRESENTE MODIFICACION: A contar fecha escritura, la representación y uso de la razón social corresponderá al socio don RODRIGO MARCELO KEHR KEHR, quien podrá actuar con las más amplias facultades indicadas en el pacto social. RATIFICACIÓN: Presente en acto escritura don GONZALO ALONSO HERNÁNDEZ FIERRO, chileno, soltero, empleado, cédula nacional de identidad número dieciséis millones novecientos cuarenta y ocho mil novecientos noventa y ocho guion K, domiciliado en calle Monza número mil ochocientos noventa y cinco, de la ciudad y comuna de Temuco, prestó su consentimiento y ratificación declarando conocer y aprobar todas y cada una de las cláusulas contenidas en contrato extractado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 28 de Diciembre de 2022.