MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Sociedad Ayün Ruka SpA

RUT 77076961-2 CVE 2246686
Fecha instrumento
27 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
27 de diciembre de 2022
Notario
ALVARO GONZALEZ SALINAS
Oficio
Cuadragésima Segunda Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: UNO)Organizar la demanda habitacional, informar y asesorar a personas naturales de las distintas materias relacionadas con el subsidio habitacional regulado en los distintos programas del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y)o a través de los distintos Serviu, como tramitar la postulación misma. DOS)Asesorar, en la adquisición de inmuebles destinados a proyectos de construcción, como en la adquisición de viviendas, asesorando la búsqueda identificación, selección, y adquisición de inmuebles, calificación técnica, económica, legal y social de las viviendas y proyectos habitacionales que se postulen, realizar las gestiones necesarias para la tramitación otorgamiento y financiamiento complementario que requieran los postulantes ante Bancos e Instituciones Financieras crediticias. TRES)Diseñar y ejecutar proyectos de arquitectura e ingeniería, proyectos de loteo, urbanización, sanitarios, eléctricos y todos lo necesarios para la obtención de los permisos de edificación y su postulación a los distintos programas de vivienda. CUATRO)Diseñar y ejecutar el plan de habilitación social de acuerdo al diagnóstico de las personas integrantes del grupo organizado postulado. QUINTO)Contratar las obras, realizar evaluación, selección y adjudicar las obras. SEXTO) Realizar y contratar la inspección técnica de las obras. SEPTIMO) Realizar todas las actividades relacionadas con el corretaje de propiedades y administración de viviendas, edificios y obras. OCTAVO)Realizar todos los negocios y operaciones relacionadas con las anteriores incluidas en la normativa regulada por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo y que constituyan una prolongación o complemento de los fines de la sociedad y cualquiera otra que acordaren los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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ALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaria de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, Santiago, comuna de Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 27 de diciembre de 2022, otorgada ante mí, VERONICA ELISABETH AVALOS ORELLANA, Pasaje Millaray Interior número doscientos cuarenta y nueve, Villa Santa María de Maipú, comuna de Maipú, Región Metropolitana, y don SEBASTIAN EDUARDO VALENZUELA FERRY, Amapolas mil doscientos setenta y cinco departamento dos, comuna de Providencia, Región Metropolitana, Modificaron Sociedad Ayün Ruka Spa, domiciliada en Santiago, inscrita a fojas 76274, número 37418 del Registro de Comercio del año 2019 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en el siguiente sentido: Doña Verónica Elisabeth Avalos Orellana, vende, cede y transfiere, el uno por ciento de sus derechos sociales a don Sebastián Eduardo Valenzuela Ferry, quien acepta y adquiere para sí, sus derechos sociales, en la suma de once mil cincuenta y seis pesos; suma que la cedente declara recibir en este acto a su entera satisfacción. TRANSFORMACIÓN: Los comparecientes acordaron transformar la sociedad por acciones “AYÜN RUKA SPA”, en una sociedad de responsabilidad limitada cuyos estatutos a continuación se extractan. Razón Social: AYÜN RUKA LIMITADA. Objeto: El objeto de la sociedad será: UNO)Organizar la demanda habitacional, informar y asesorar a personas naturales de las distintas materias relacionadas con el subsidio habitacional regulado en los distintos programas del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y/o a través de los distintos Serviu, como tramitar la postulación misma. DOS)Asesorar, en la adquisición de inmuebles destinados a proyectos de construcción, como en la adquisición de viviendas, asesorando la búsqueda identificación, selección, y adquisición de inmuebles, calificación técnica, económica, legal y social de las viviendas y proyectos habitacionales que se postulen, realizar las gestiones necesarias para la tramitación otorgamiento y financiamiento complementario que requieran los postulantes ante Bancos e Instituciones Financieras crediticias. TRES)Diseñar y ejecutar proyectos de arquitectura e ingeniería, proyectos de loteo, urbanización, sanitarios, eléctricos y todos lo necesarios para la obtención de los permisos de edificación y su postulación a los distintos programas de vivienda. CUATRO)Diseñar y ejecutar el plan de habilitación social de acuerdo al diagnóstico de las personas integrantes del grupo organizado postulado. QUINTO)Contratar las obras, realizar evaluación, selección y adjudicar las obras. SEXTO) Realizar y contratar la inspección técnica de las obras. SEPTIMO) Realizar todas las actividades relacionadas con el corretaje de propiedades y administración de viviendas, edificios y obras. OCTAVO)Realizar todos los negocios y operaciones relacionadas con las anteriores incluidas en la normativa regulada por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo y que constituyan una prolongación o complemento de los fines de la sociedad y cualquiera otra que acordaren los socios. NOVENO) La realización de tasaciones de bienes raíces urbanos y agrícolas, y en general cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con dicho objeto. DECIMO) La prestación de servicios fotográficos y de diseño, de cualquier naturaleza y características y realizados, tanto por cuenta propia o ajena. Administración y uso Razón Social: La sociedad será administrada por doña Verónica Elisabeth Avalos Orellana, con todas las facultades de administración y disposición de la Sociedad. Duración: Indefinida. El capital social es la cantidad de un millón ciento cinco mil seiscientos setenta y uno, que los socios han aportado y pagado en dinero efectivo, con anterioridad, y del modo siguiente: a) doña VERÓNICA ELISABETH AVALOS ORELLANA, la cantidad de un millón noventa y cuatro mil seiscientos catorce pesos, equivalentes a un noventa y nueve por ciento del capital social; y b) don Sebastián Eduardo Valenzuela Ferry, la cantidad de once mil cincuenta y seis pesos, equivalentes a un uno por ciento del capital social. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de diciembre de 2022.