INMOBILIARIA SCIBERRAS - SANHUEZA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de diciembre de 2022
- Notario
- CONSTANZA CECILIA CARMONA MOTA
- Domicilio
- Titular de Quillota don Julio Abuyeres Jadue
Sociedad
- Capital
- $240.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la empresa será la ciudad de La Ligua
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades: a) la adquisición y enajenación de bienes muebles e inmuebles, explotación de los mismos, incluso bajo permuta u otros títulos traslaticios de dominio; b) el estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de ingeniería y construcción, por cuenta propia o ajena; la realización de trabajos de edificación de obras menores y civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles; la realización de loteos y obras de urbanización; la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; y la implementación y realización, en general, de todo tipo de proyectos de obras; c) la gestión de corretaje de propiedades, de arrendamiento y subarrendamiento, compra y venta de todo tipo de bienes muebles e inmuebles, y de uso de condominios, inmobiliaria e inversiones de todo tipo; d) compra, venta, arriendo, explotación, permuta, de maquinarias relacionadas con la construcción, así como la representación de marcas de maquinarias en el país; e) trabajos de movimiento de tierra, incluido la venta de áridos; f) transporte de carga y relacionados; g) servicios de asesoría en materia de gestión a empresas e inversiones, intermediación financiera; h) ventas al por menor y al por mayor; i) importación y exportación de productos y servicios; j) y en general todas actividades que determinen
Administración
La administración, representación y uso de la razón social, corresponderá a la socia doña LUISA ESTER SCIBERRAS ROMERO, quien actuando conjuntamente e indistintamente con CATALINA ANTONIA SANHUEZA ZAMORA o doña SOFÍA PAOLA SANHUEZA ZAMORA, quienes deberán expresar que actúan en representación de la Sociedad, anteponiendo el nombre de la empresa a su firma, sin perjuicio de poder extender los mandatos generales o especiales que estime convenientes, los cuales deberán cumplir con los requisitos señalados en la ley
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCONSTANZA CECILIA CARMONA MOTA, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de Quillota don Julio Abuyeres Jadue, con oficio en Pudeto Nº 398, Quillota, certifica que por escritura pública de fecha 13 de Diciembre de 2022, ante el Notario Titular, doña LUISA ESTER SCIBERRAS ROMERO, chilena, viuda, cédula de identidad y rol único tributario número cuatro millones seiscientos noventa y ocho mil trescientos sesenta y siete guion K, domiciliada en sector El Rayado sin número, comuna de La Ligua, de paso en esta; doña CATALINA ANTONIA SANHUEZA ZAMORA, chilena, soltera, factor de comercio, cédula de identidad y rol único tributario número veinte millones quinientos veintinueve mil sesenta y dos guion uno, domiciliada en calle Rafael Ariztía número trescientos treinta y ocho, comuna de Quillota, Provincia de Quillota, región de Valparaíso, y doña SOFÍA PAOLA SANHUEZA ZAMORA, chilena, soltera, factor de comercio, cédula de identidad y rol único tributario número veinte millones setecientos noventa y seis mil ciento cuarenta y cinco guion cero; domiciliada en calle Rafael Ariztía número trescientos treinta y ocho, comuna de Quillota, Provincia de Quillota, región de Valparaíso; las comparecientes mayores de edad, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada la cual se regirá por las disposiciones legales vigentes sobre la materia y por las cláusulas contenidas en la presente escritura, y demás leyes pertinentes, teniendo además presente las disposiciones del Código Civil y el Código de Comercio que versen sobre la materia en todo lo que no estuviere expresamente estipulado en el presente contrato y en especial, por las disposiciones de los siguientes estatutos: RAZÓN SOCIAL: El nombre o razón social de la Sociedad “INMOBILIARIA SCIBERRAS - SANHUEZA LIMITADA”. Sin embargo, la compañía podrá funcionar y actuar, inclusive con los bancos, entidades financieras, el Servicio de Impuestos Internos y toda clase de instituciones y organismos públicos, privados o mixtos, con el nombre de fantasía de “SCISAN LIMITADA”.- OBJETO SOCIAL: La Sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades: a) la adquisición y enajenación de bienes muebles e inmuebles, explotación de los mismos, incluso bajo permuta u otros títulos traslaticios de dominio; b) el estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de ingeniería y construcción, por cuenta propia o ajena; la realización de trabajos de edificación de obras menores y civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles; la realización de loteos y obras de urbanización; la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; y la implementación y realización, en general, de todo tipo de proyectos de obras; c) la gestión de corretaje de propiedades, de arrendamiento y subarrendamiento, compra y venta de todo tipo de bienes muebles e inmuebles, y de uso de condominios, inmobiliaria e inversiones de todo tipo; d) compra, venta, arriendo, explotación, permuta, de maquinarias relacionadas con la construcción, así como la representación de marcas de maquinarias en el país; e) trabajos de movimiento de tierra, incluido la venta de áridos; f) transporte de carga y relacionados; g) servicios de asesoría en materia de gestión a empresas e inversiones, intermediación financiera; h) ventas al por menor y al por mayor; i) importación y exportación de productos y servicios; j) y en general todas actividades que determinen. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La administración, representación y uso de la razón social, corresponderá a la socia doña LUISA ESTER SCIBERRAS ROMERO, quien actuando conjuntamente e indistintamente con CATALINA ANTONIA SANHUEZA ZAMORA o doña SOFÍA PAOLA SANHUEZA ZAMORA, quienes deberán expresar que actúan en representación de la Sociedad, anteponiendo el nombre de la empresa a su firma, sin perjuicio de poder extender los mandatos generales o especiales que estime convenientes, los cuales deberán cumplir con los requisitos señalados en la ley. CAPITAL: El capital social de la empresa será la suma de $240.000.000, que se aportan de la siguiente forma: a) Doña LUISA ESTER SCIBERRAS ROMERO, aporta por este acto, la suma de $200.016.000, que corresponde al ochenta y tres coma treinta y cuatro por ciento del capital social que se aportan en este acto y que se enteran en el aporte de diez inmuebles que se valoran en veinte millones cada uno, b) Doña CATALINA ANTONIA SANHUEZA ZAMORA, quien aporta $19.992.000, y que corresponden al ocho coma treinta y tres, por ciento del capital social, en este acto y en dinero en efectivo. c) y doña SOFÍA PAOLA SANHUEZA ZAMORA, quien aporta $19.992.000, y que corresponden al ocho coma treinta y tres por ciento del capital social, en este acto y en dinero en efectivo. Totalizando en conjunto el cien por ciento del capital. RESPONSABILIDAD: Los titulares o constituyentes de la Sociedad responderán con su patrimonio sólo del pago efectivo del aporte a que se refiere la cláusula anterior y de los aumentos de capital que efectuare en el futuro. DURACIÓN: Durará en forma indefinida, de no mediar manifestación expresa de los titulares de su intención de poner término a esta Sociedad, manifestación que deberá realizarse por escritura pública, publicarse en el Diario Oficial e inscribirse en el Registro de Comercio del domicilio de la Sociedad. DOMICILIO: El domicilio de la empresa será la ciudad de La Ligua, sin perjuicio de las agencias, sucursales u oficinas que se establezcan en otros puntos del país o del extranjero. Queda facultado el portador del extracto social para legalizar la presente constitución de sociedad de responsabilidad limitada y, en consecuencia, para requerir y solicitar las publicaciones inscripciones, rectificaciones, subinscripciones y anotaciones que sean procedentes. Demas estipulaciones, escritura extractada.- Quillota, 29 de Diciembre de 2022.