MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

GREENWICH LIMITADA

RUT 96650070-0 CVE 2246704
Capital
$229.325 CLP
Fecha instrumento
26 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
26 de diciembre de 2022
Repertorio
103148-2022
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$229.325 CLP

Objeto social

El objeto de la Sociedad será: a) La obtención de rentas de capitales, principalmente en moneda dólar de Estados Unidos de Norteamérica u otra moneda extranjera, de la realización de toda clase de inversiones en el extranjero o en Chile en dólar u otra moneda extranjera, en especial capitales mobiliarios que provengan del exterior y que se refieran a aquellas del artículo veinte número dos de la Ley sobre Impuesto a la Renta, esto es, la obtención de intereses, pensiones o cualquier otro producto derivado del dominio, posesión o tenencia a título precario de cualquier clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación. Las inversiones anteriores también podrán ser realizadas en moneda nacional. b) La inversión en moneda dólar de Estados Unidos de Norteamérica u otra moneda extranjera o nacional, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o efectos de comercio; c) Participar en todo tipo de sociedades, comerciales o civiles, cualquiera que sea su naturaleza o giro, constituidas en Chile o en el extranjero, concurriendo en su formación o adquiriendo derechos, acciones o cuotas en sociedades constituidas, modificarlas, asumir la administración y percibir las rentas que deriven de estas, en especial; d) Celebrar en general de todo otro acto, contrato, negocio, actividad o industria que los socios acuerden realizar en el extranjero o en el país, bonos y debentures o títulos de crédito; cuotas de fondos de cualquier tipo; créditos de cualquier clase; dividendos y además beneficios derivados del dominio posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades anónimas extranjeras o nacionales; depósitos en dinero a la vista o, a plazo; cauciones en dinero, contratos de renta vitalicia e instrumentos de deuda de oferta pública; e) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en Chile o en el extranjero, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; y, f) Ejecutar y celebrar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden.” Los socios convienen modificar el tipo de moneda en que se encuentra expresado el capital social, esto es, de peso chileno a dólar de Estados Unidos de América, para cuyo efecto el capital actual de $229.325.-, se ajusta conforme al tipo de cambio dólar observado al 22.12.2022, quedando en USD $260,75. En virtud de lo anterior, corresponde modificar la cláusula QUINTA de los estatutos sociales, quedando con el siguiente tenor: “QUINTO:

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
GREENWICH LIMITADA socio 96650070-0

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

BENJAMIN CASTILLO MONTALVO, Notario Suplente del titular de la 2ª Notaría de Santiago, Francisco Javier Leiva Carvajal, con domicilio en Alcántara N° 107, certifico: Por escritura pública de fecha 26 de diciembre2022, Repertorio N°103.148- 2022, ante don ROBERTO PUGA PINO, don JORGE MARIANO PÉREZ CUETO, chileno, casado y separado totalmente de bienes, economista, C.I. N°4.681.059-7; y doña BÁRBARA BEATRIZ HURTADO MAURIC, chilena, casada y separada totalmente de bienes, factor de comercio, C.I. N°4.778.455-7, ambos con domicilio para estos efectos en Av. Presidente Riesco N°2.970, depto. 51, Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, exponen: GREENWICH LIMITADA, RUT N°96.650.070-0, constituida constituida bajo la razón social “Greenwich S.A.”, por escritura pública de fecha 09.12.1991, otorgada en la Notaría de Santiago de don Raúl Undurraga Laso, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 41.495, número 20.973 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1991 y publicado en el D.O. del día 03.01.1992. La sociedad ha sufrido diversas modificaciones, siendo la última de ellas, la transformación social de sociedad anónima cerrada a sociedad de responsabilidad limitada, según consta en escritura pública de fecha 03.09.2007, otorgada en la Notaría de Santiago de don Félix Jara Cadot, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 40.665, número 29.142 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2007, y publicado en el D.O. del día 06.10.2007. Los socios de la sociedad son: don JORGE MARIANO PÉREZ CUETO, con un 66,7% del capital y patrimonio social y doña BÁRBARA BEATRIZ HURTADO MARIC, con un 33,3% del capital y patrimonio social. La sociedad tiene un capital de $229.325.-, el que se encuentra íntegramente enterado con anterioridad a la presente fecha. Los socios acuerdan modificar la cláusula TERCERA de los estatutos sociales, referida al objeto social, en el sentido de reemplazarlo por el siguiente: “TERCERO: OBJETO. El objeto de la Sociedad será: a) La obtención de rentas de capitales, principalmente en moneda dólar de Estados Unidos de Norteamérica u otra moneda extranjera, de la realización de toda clase de inversiones en el extranjero o en Chile en dólar u otra moneda extranjera, en especial capitales mobiliarios que provengan del exterior y que se refieran a aquellas del artículo veinte número dos de la Ley sobre Impuesto a la Renta, esto es, la obtención de intereses, pensiones o cualquier otro producto derivado del dominio, posesión o tenencia a título precario de cualquier clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación. Las inversiones anteriores también podrán ser realizadas en moneda nacional. b) La inversión en moneda dólar de Estados Unidos de Norteamérica u otra moneda extranjera o nacional, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o efectos de comercio; c) Participar en todo tipo de sociedades, comerciales o civiles, cualquiera que sea su naturaleza o giro, constituidas en Chile o en el extranjero, concurriendo en su formación o adquiriendo derechos, acciones o cuotas en sociedades constituidas, modificarlas, asumir la administración y percibir las rentas que deriven de estas, en especial; d) Celebrar en general de todo otro acto, contrato, negocio, actividad o industria que los socios acuerden realizar en el extranjero o en el país, bonos y debentures o títulos de crédito; cuotas de fondos de cualquier tipo; créditos de cualquier clase; dividendos y además beneficios derivados del dominio posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades anónimas extranjeras o nacionales; depósitos en dinero a la vista o, a plazo; cauciones en dinero, contratos de renta vitalicia e instrumentos de deuda de oferta pública; e) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en Chile o en el extranjero, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; y, f) Ejecutar y celebrar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden.” Los socios convienen modificar el tipo de moneda en que se encuentra expresado el capital social, esto es, de peso chileno a dólar de Estados Unidos de América, para cuyo efecto el capital actual de $229.325.-, se ajusta conforme al tipo de cambio dólar observado al 22.12.2022, quedando en USD $260,75. En virtud de lo anterior, corresponde modificar la cláusula QUINTA de los estatutos sociales, quedando con el siguiente tenor: “QUINTO: CAPITAL. El capital de la sociedad es la suma de doscientos sesenta coma setenta y cinco dólares de Estados Unidos de América, íntegramente aportado y pagado con anterioridad a la presente fecha, en las siguientes proporciones: a) don JORGE MARIANO PÉREZ CUETO, con un sesenta y seis coma siete por ciento del capital y patrimonio social; y b) doña BÁRBARA BEATRIZ HURTADO MAURIC, con un treinta y tres coma tres por ciento del capital y patrimonio social. La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus aportes.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, a 29 de diciembre de 2022. B. CASTILLO M. N.S.