CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORÍAS PROFESIONALES GONZÁLEZ Y JOHNSON LIMITADA

CVE 2246819
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
26 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago de don ANDRÉS RIEUTORD ALVARADO
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
26 de diciembre de 2022
Notario
Karina Flores Muñoz
Oficio
titular de la 36° Notaria de Santiago de don ANDRÉS RIEUTORD ALVARADO
Comuna
Santiago de don ANDRÉS RIEUTORD ALVARADO

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago
Duración
5 años contados desde fecha de escritura extractada, renovables en forma automática, tácita y sucesiva según se ahonda en la escritura extractada

Objeto social

Será exclusivamente la prestación de servicios de asesorías o consultorías profesionales de todo tipo pero especialmente relativos a las siguientes áreas: contabilidad; auditoría de toda índole, pudiendo auditar a empresas fiscalizadas o no por la Comisión para el Mercado Financiero para lo cual podrá postular y registrarse como empresa auditora externa en el listado que lleva dicho organismo; legal y judicial en cualquier ámbito del derecho; tributaria o impuestos; financiera; gestión y gerenciamiento de todo tipo de negocios; administración de empresas; informática y computación; y cualquier otro servicio de asesoría, consultoría o gestión profesional que directa o indirectamente complemente, derive, o sean relativos a las áreas señaladas y que las socias acuerden desarrollar.- Administración y uso

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Karina Flores Muñoz, Abogada, Notario público suplente del titular de la 36° Notaria de Santiago de don ANDRÉS RIEUTORD ALVARADO, con oficio en La Concepción Nº 65, piso 2, Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 26/12/2022, ante mí, doña Claudia Andrea González Johnson y doña Carolina Paz González Johnson, ambas domiciliadas en Huelen N° 102, oficina 101, comuna de providencia, ciudad de Santiago; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: “ASESORÍAS PROFESIONALES GONZÁLEZ Y JOHNSON LIMITADA” pudiendo usar nombre de fantasía “GONZÁLEZ Y JOHNSON LTDA.” o “G&J”.- Objeto: Será exclusivamente la prestación de servicios de asesorías o consultorías profesionales de todo tipo pero especialmente relativos a las siguientes áreas: contabilidad; auditoría de toda índole, pudiendo auditar a empresas fiscalizadas o no por la Comisión para el Mercado Financiero para lo cual podrá postular y registrarse como empresa auditora externa en el listado que lleva dicho organismo; legal y judicial en cualquier ámbito del derecho; tributaria o impuestos; financiera; gestión y gerenciamiento de todo tipo de negocios; administración de empresas; informática y computación; y cualquier otro servicio de asesoría, consultoría o gestión profesional que directa o indirectamente complemente, derive, o sean relativos a las áreas señaladas y que las socias acuerden desarrollar.- Administración y uso razón social: Corresponderá individual e indistintamente a doña Claudia Andrea González Johnson y a doña Carolina Paz González Johnson, con las formalidades y facultades que se señalan en la escritura extractada.- Capital Social: $10.000.000 pesos que se aporta y entera de siguiente forma: i) Claudia Andrea González Johnson aporta $5.000.000 pesos equivalentes al 50% del capital social total, que entera: a) con $2.500.000 pesos pagados en dinero en efectivo en acto de constitución; y b) saldo de $2.500.000 pesos que deberá pagar en dinero en efectivo dentro del plazo de 5 años contados desde escritura de constitución; y ii) Carolina Paz González Johnson aporta $5.000.000 pesos equivalentes al 50% del capital social total, que entera: a) con $2.500.000 pesos pagados en dinero en efectivo en acto de constitución; y b) saldo de $2.500.000 pesos que deberá pagar en dinero en efectivo dentro del plazo de 5 años contados desde escritura de constitución.- Socias establecen como cláusula esencial, el que limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes en el capital.- Duración: 5 años contados desde fecha de escritura extractada, renovables en forma automática, tácita y sucesiva según se ahonda en la escritura extractada. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de agencia o sucursales resto del país o extranjero. Socias establecen que la sociedad podrá continuar pese a muerte, incapacidad o disolución de algún socio, con los herederos o acreedores del socio fallecido, incapacitado o disuelto y resto de los socios.- Demás cláusulas constan en escritura extractada.- Santiago, 30 de diciembre de 2022.