MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad de Profesionales Tricol Limitada

RUT 77247030-4 CVE 2246151
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
12 de enero de 1999
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de enero de 1999
Notario
MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
Oficio
27° Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público, Titular de la 27° Notaria de Santiago, Orrego Luco N° 0153 Providencia, certifico: Por escritura pública de hoy ante mí, LUCIANO ENRIQUE BAEZ NARANJO, domiciliado, para estos efectos, en Av. Antonio Varas N° 303, oficina 803, comuna de Providencia, Región Metropolitana; ANA TRINIDAD RUIZ SALGADO, domiciliada en calle Orompello N° 7334 casa 17, comuna de La Florida, Región Metropolitana; y MIGUEL ANGEL SALGADO SALVATIERRA, domiciliado para estos efectos en Av. Antonio Varas N° 303, oficina 803, comuna de Providencia, Región Metropolitana; modifican sociedad de responsabilidad limitada “SOCIEDAD DE PROFESIONALES TRICOL LIMITADA”, Rol Único Tributario N° 77.247.030-4, constituida por escritura pública de fecha 12 de enero de 1999 otorgada ante el Notario de Santiago don Aliro Veloso Muñoz, inscrita a fojas 880 N° 750, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1999, y se publicó en el Diario Oficial de fecha 23 de enero del mismo año, en el sentido de que: Socia Ana Trinidad Ruiz Salgado, vende la totalidad de sus derechos en la sociedad, que corresponden al 50% de los derechos sociales de la sociedad a las siguientes personas y de la siguiente manera: i) a don Luciano Enrique Baez Naranjo, vende, cede y transfiere el 49% de los derechos sociales de la sociedad, de los que es dueña, quien acepta, compra y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma de $980.000, que el cesionario paga en este acto al contado en dinero efectivo a la cedente quien lo recibe a plena conformidad; y ii) a don Miguel Angel Salgado Salvatierra, vende, cede y transfiere el 1% de los derechos sociales de la sociedad, de los que es dueña, quien acepta, compra y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma de $20.000, que el cesionario paga en este acto al contado en dinero efectivo a la cedente quien lo recibe a plena conformidad. Como consecuencia de las cesiones de derechos señalada, a contar de esta fecha, quedan como únicos socios de SOCIEDAD DE PROFESIONALES TRICOL LIMITADA don Luciano Enrique Baez Naranjo, con un 99% de los derechos sociales, y don Miguel Angel Salgado Salvatierra, con un 1% de los derechos sociales, quienes acuerdan reemplazar la cláusula cuarta de los estatutos por la siguiente: “CLAUSULA CUARTA: El capital social será la suma de $5.000.000, que el socio don Luciano Enrique Baez Naranjo, ha aportado la suma de $4.950.000, equivalentes al 99% del capital social; y don Miguel Angel Salgado Salvatierra, ha aportado la suma de $50.000, equivalentes al 1% del capital social.” De la misma forma acuerdan reemplazar la cláusula Tercera, referida a la Administración correspondiendo la administración, uso de la razón social, y la representación de la sociedad, a los socios Luciano Enrique Baez Naranjo, y don Miguel Angel Salgado Salvatierra, indistinta e individualmente, con amplias facultades según escritura extractada. Responsabilidad de los socios limitada al monto de sus respectivos aportes. En lo no modificado rige pacto social. Santiago 22 de diciembre de 2022.