MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

OTAL, ASESORIAS Y SERVICIOS LIMITADA

RUT 78784420-0 CVE 2246218
Fecha instrumento
26 de diciembre de 2022
Notaría
Pública de Santiago

Instrumento

Fecha
26 de diciembre de 2022
Comuna
Pública de Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

NANCY DE LA FUENTE HERNANDEZ, abogada, Titular de la Trigésimo Séptima Notaria Pública de Santiago, con oficio en Huérfanos número 1117, oficina 1014, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 26 de diciembre de 2022, Rep N° 4163-2022, ante mí, doña PATRICIA SILVIA ALVARADO MOORE, por sí y en representación de don JORGE MIGUEL OTERO LATHROP, doña ISABEL MARÍA FERNANDA OTERO ALVARADO, doña PATRICIA ANDREA OTERO ALVARADO; don JORGE MIGUEL OTERO ALVARADO, y don GERARDO OTERO ALVARADO, todos domiciliados para estos efectos en calle Paul Harris 11.130, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada OTAL, ASESORIAS Y SERVICIOS LIMITADA, inscrita a Fs. 1.944, Nº1.541 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1996, y cuyos únicos socios, antes de la firma de la escritura extractada, eran doña Patricia Silvia Alvarado Moore y don Jorge Miguel Otero Lathrop; en los términos siguientes: /UNO/ don JORGE MIGUEL OTERO LATHROP, cede y transfiere, en partes iguales y a título de donación irrevocable, a sus hijos Isabel María Fernanda, Patricia Andrea, Jorge Miguel y Gerardo, todos de apellido Otero Alvarado, quienes aceptan para sí, la nuda propiedad de la totalidad de sus derechos sociales. De esta manera corresponderá a cada uno de sus hijos, la nuda propiedad sobre el 12,5% de los derechos sociales de OTAL, ASESORÍAS Y SERVICIOS LIMITADA, manteniendo el donante el usufructo vitalicio de la totalidad de tales derechos. La donación fue autorizada judicialmente y se pagó el impuesto correspondiente. /DOS/ doña PATRICIA SILVIA ALVARADO MOORE, cede y transfiere, en partes iguales y a título de donación irrevocable, a sus hijos Isabel María Fernanda, Patricia Andrea, Jorge Miguel y Gerardo, todos de apellido Otero Alvarado, quienes aceptan para sí, la nuda propiedad de la totalidad de sus derechos sociales. De esta manera corresponderá a cada uno de sus hijos, la nuda propiedad sobre el 12,5% de los derechos sociales de OTAL, ASESORÍAS Y SERVICIOS LIMITADA, manteniendo la donante el usufructo vitalicio de la totalidad de tales derechos. La donación fue autorizada judicialmente y se pagó el impuesto correspondiente. /TRES/ Debido a lo anteriormente expuesto, los socios acuerdan modificar el artículo Cuarto de los estatutos de OTAL, ASESORIAS Y SERVICIOS LIMITADA, reemplazándolo por el siguiente: “CUARTO. Capital Social.- El capital de la sociedad es la suma de setenta y nueve mil doscientos treinta pesos, íntegramente pagado, que los socios han aportado en la proporción de i) un veinticinco por ciento doña Isabel María Fernanda Otero Alvarado, ii) un veinticinco por ciento doña Patricia Andrea Otero Alvarado, iii) un veinticinco por ciento don Jorge Miguel Otero Alvarado, y iv) un veinticinco por ciento don Gerardo Otero Alvarado.”. En todo lo no modificado expresamente, rigen íntegramente los estatutos de la sociedad. Demás estipulaciones no extractables, constan en escritura extractada. Santiago, 27 de diciembre de 2022.