Inversiones Ossa Limitada
Instrumento
- Fecha
- 30 de noviembre de 2022
- Notario
- GIOVANNI ANTONIO PIRAINO AVELLO
- Oficio
- Titular de la 10° Notaria de Santiago Valeria Ronchera Flores
- Comuna
- Santiago Valeria Ronchera Flores
Sociedad
- N. fantasía
- INV. OSSA LTDA
- Capital
- $18.294.149 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago
- Duración
- 5 cinco años desde escritura extractada y se entenderá prorrogada por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno si ninguno de los socios da aviso de su voluntad en contrario a la prórroga del
Objeto social
la inversión en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, acciones, bonos, debentures y demás valores mobiliarios, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades, asociaciones o fondos; y en toda clase de bienes raíces; el desarrollo de toda clase de actividades inmobiliarias, pudiendo al efecto, actuando por cuenta propia o ajena, comprar, vender, adquirir, enajenar y dar o tomar en arriendo, con o sin opción de compra, inmuebles habitacionales, industriales, destinados a oficinas u otros, sea que estos se encuentren o no amoblados o con instalaciones. Para la consecución de sus fines, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso construir o formar parte de otras sociedades, comunidades, patrimonios y personas jurídicas de cualquier clase
Administración
corresponde a MARÍA ANTONIETA OSSA PARDO, con amplias facultades que constan en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGIOVANNI ANTONIO PIRAINO AVELLO, Notario Público Suplente de la Titular de la 10° Notaria de Santiago Valeria Ronchera Flores, Agustinas 1235, segundo piso, certifica: Por escritura pública de fecha 30.11.2022, ante la titular Valeria Ronchera Flores, MARÍA ANTONIETA OSSA PARDO, C.I. N° 8.586.238-3; RODRIGO NICOLAS PINEDO OSSA, C.I. N° 15.314.027-8; y MARÍA PAZ PINEDO OSSA, C.I. N° 15.317.481-4; todos domiciliados en Palacio Riesco 4.515, Ciudad Empresaria, Comuna de Huechuraba, Región Metropolitana; modificaron sociedad de responsabilidad limitada denominada CLINÍCAS Y SERVICIOS DE SALUD OSSA LIMITADA, la que se constituyó por escritura pública de fecha 11.02.1994, otorgada en la Notaría de Santiago de don Andres Rubio Flores, e inscrita a fojas 4.616 número 3.813 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1994, en el siguiente sentido: A) Dividir CLINÍCAS Y SERVICIOS DE SALUD OSSA LIMITADA, en dos sociedades mediante la distribución de su patrimonio entre sí y una nueva sociedad limitada que se crea como consecuencia directa de la división y que se constituye al efecto, que se denominará INVERSIONES OSSA LIMITADA, correspondiéndole a los socios de la sociedad dividida la misma proporción de sus derechos sociales en la nueva sociedad; B) Disminuir el capital de CLINÍCAS Y SERVICIOS DE SALUD OSSA LIMITADA, pasando este de $22.200.000, a la suma de $3.905.851, a consecuencia de la asignación a la sociedad que nace de la división de $18.294.149 como capital; C) Como consecuencia de la disminución de capital, se acuerda reemplazar el artículo quinto de los estatutos de CLINÍCAS Y SERVICIOS DE SALUD OSSA LIMITADA relativos al capital por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $3.905.851, enterados en la sociedad y distribuido entre los socios de la siguiente manera: a) doña MARÍA ANTONIETA OSSA PARDO, la cantidad de $3.678.889, equivalentes al 94,19% de los derechos sociales, ya ingresados a la caja social; b) don RODRIGO NICOLAS PINEDO OSSA, la cantidad de $113.481, equivalentes al 2,905 % de los derechos sociales, ya ingresados a la caja social; y, c) doña MARÍA PAZ PINEDO OSSA, la cantidad de $113.481, equivalentes al 2,905 % de los derechos sociales, ya ingresados a la caja social. Todos los aportes la sociedad declara haber recibido a su entera satisfacción”. D) La constitución de una nueva sociedad limitada que nace producto de la división. Se dictan sus estatutos. Razón Social: INVERSIONES OSSA LIMITADA. Nombre de fantasía: INV. OSSA LTDA. Domicilio: ciudad de Santiago, sin perjuicio de los domicilios especiales, de las agencias, sucursales y oficinas que pueda establecer en otros lugares del país o en el extranjero. Objeto: la inversión en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, acciones, bonos, debentures y demás valores mobiliarios, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades, asociaciones o fondos; y en toda clase de bienes raíces; el desarrollo de toda clase de actividades inmobiliarias, pudiendo al efecto, actuando por cuenta propia o ajena, comprar, vender, adquirir, enajenar y dar o tomar en arriendo, con o sin opción de compra, inmuebles habitacionales, industriales, destinados a oficinas u otros, sea que estos se encuentren o no amoblados o con instalaciones. Para la consecución de sus fines, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso construir o formar parte de otras sociedades, comunidades, patrimonios y personas jurídicas de cualquier clase. Administración: corresponde a MARÍA ANTONIETA OSSA PARDO, con amplias facultades que constan en escritura extractada. Duración: 5 cinco años desde escritura extractada y se entenderá prorrogada por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno si ninguno de los socios da aviso de su voluntad en contrario a la prórroga del plazo. Capital: $18.294.149, que los socios han aportado y enterado en la siguiente forma: a) don ROBERTO ANTONIO ASPEE ARAVENA, la cantidad de $2.389.345, equivalentes al 61,08% de los doña MARÍA ANTONIETA OSSA PARDO, la cantidad de $3.678.889, equivalentes al 94,19% de los derechos sociales, ya ingresados a la caja social; b) don RODRIGO NICOLAS PINEDO OSSA, la cantidad de $113.481, equivalentes al 2,905 % de los derechos sociales, ya ingresados a la caja social; y, c) doña MARÍA PAZ PINEDO OSSA, la cantidad de $113.481, equivalentes al 2,905 % de los derechos sociales, ya ingresados a la caja social; y que la sociedad declara recibir conforme. Demás estipulaciones constan de escritura que extracto. Santiago, 28 de diciembre de 2022.