Budinich y Molina SpA
Instrumento
- Fecha
- 19 de diciembre de 2022
- Notario
- ROBERTO FERNANDO PUGA PINO
- Domicilio
- Titular Francisco Javier Leiva Carvajal
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Sociedad comenzó a regir a contar de esta fecha hasta el 15 de diciembre de 2024, plazo que se prorrogará tácita y automáticamente por períodos de 1 año cada uno, según cláusula de prórroga automática que se indicada en escritura extractada
Objeto social
La sociedad tiene por
Administración
La representación y administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Andrés Ignacio Budinich Vildósola, don Andrés Castillo Pérez y don Ernesto Molina Gaete, quienes podrán actuar y ejercer la administración de la sociedad, dos cualesquiera de ellos indistintamente, la representarán con las facultades indicadas escritura extractada. Demás acuerdos y estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 19 de diciembre de 2022
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalROBERTO FERNANDO PUGA PINO, abogado, Notario Público, Suplente del Titular Francisco Javier Leiva Carvajal, de la Segunda Notaria de Santiago, con oficio en Alcántara 107, Las Condes, certifico: que por escritura pública hoy ante mí: don Andrés Ignacio Budinich Vildósola, don Ernesto Molina Gaete y don Andrés Castillo Pérez, todos domiciliados para estos efectos en calle Polonia N°326, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana; en su calidad de actuales y únicos socios de Budinich y Molina SpA, acuerdan modificar el nombre y el objeto de dicha sociedad en los siguientes términos: "ARTÍCULO PRIMERO: NOMBRE: El nombre de la sociedad será “Budinich Castillo y Molina SpA”, pudiendo funcionar y actuar, inclusive ante Bancos y Entidades Financieras con el nombre de fantasía “BCM SpA"; ii) “ARTÍCULO CUARTO: OBJETO. La sociedad tiene por objeto: a) la prestación de servicios de asesoría profesional en toda clase de materias jurídicas, legales, comerciales, financieras, inmobiliarias, contables y tributarias; b) la inversión en toda clase de bienes corporales o incorporales, inmuebles o muebles; c) la explotación, directamente o por terceros, en cualquier forma de toda clase de bienes inmuebles o muebles, corporales o incorporales; la administración por cuenta propia o ajena de dichas inversiones; la obtención y percepción de sus frutos o rentas; d) la inversión, participación y administración de toda clase de sociedades, joint ventures, asociaciones y otras entidades con fines de lucro y; e) en general, realizar toda otra actividad o negocios relacionados con el giro antes descrito y que de común acuerdo fijen los socios.”. Asimismo don Andrés Ignacio Budinich Vildósola, don Ernesto Molina Gaete y don Andrés Castillo Pérez, en su calidad de actuales y únicos socios de Budinich y Molina SpA acordaron en transformar dicha sociedad, en una sociedad de responsabilidad limitada, la que será continuadora legal para todos los efectos, sin solución de continuidad, y que se regirá por el Código de Comercio y las demás leyes supletorias aplicables, y por los estatutos que se extractan a continuación: Razón social: “Budinich Castillo Molina Limitada”. Objeto: a) la prestación de servicios de asesoría profesional en toda clase de materias jurídicas, legales, comerciales, financieras, inmobiliarias, contables y tributarias; b) la inversión en toda clase de bienes corporales o incorporales, inmuebles o muebles; c) la explotación, directamente o por terceros, en cualquier forma de toda clase de bienes inmuebles o muebles, corporales o incorporales; la administración por cuenta propia o ajena de dichas inversiones; la obtención y percepción de sus frutos o rentas; d) la inversión, participación y administración de toda clase de sociedades, joint ventures, asociaciones y otras entidades con fines de lucro y; e) en general, realizar toda otra actividad o negocios relacionados con el giro antes descrito y que de común acuerdo fijen los socios. Domicilio: Santiago. Duración: Sociedad comenzó a regir a contar de esta fecha hasta el 15 de diciembre de 2024, plazo que se prorrogará tácita y automáticamente por períodos de 1 año cada uno, según cláusula de prórroga automática que se indicada en escritura extractada; Capital: El capital de la sociedad es la cantidad de $1.000.000.-, que los socios han aportado y pagado en la siguiente forma y proporciones: Uno/ don Andrés Ignacio Budinich Vildósola, aporta $333.333.-, que paga a la sociedad en este acto, en efectivo y al contado y a entera satisfacción de los otros socios y de la sociedad; don Andrés Castillo Pérez, aporta $333.333.-, que paga a la sociedad en este acto, en efectivo y al contado y a entera satisfacción de los otros socios y de la sociedad; y don Ernesto Molina Gaete, aporta $333.334.-, que paga a la sociedad en este acto, en efectivo y al contado y a entera satisfacción de los otros socios y de la sociedad. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus aportes. Administración: La representación y administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Andrés Ignacio Budinich Vildósola, don Andrés Castillo Pérez y don Ernesto Molina Gaete, quienes podrán actuar y ejercer la administración de la sociedad, dos cualesquiera de ellos indistintamente, la representarán con las facultades indicadas escritura extractada. Demás acuerdos y estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 19 de diciembre de 2022.