BARROS, SILVA, VARELA & VIGIL ABOGADOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de diciembre de 2022
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- 8° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $39.057.064 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público Titular de la 8° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos N° 941, local 302, comuna de Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 28 de diciembre de 2022, bajo el repertorio número 20499-2022, ante mí, comparecieron: i) don Fernando Barros Vial, por sí y en representación de Inversiones La Ermita Limitada; ii) don José Joaquín Silva Irarrázaval, por sí y en representación de Asesorías e Inversiones Tunca SpA; iii) don Juan Francisco Varela Echaurren, por sí y en representación de Inversiones Malihue Limitada; iv) don Jorge Vigil López, por sí y en representación de Asesorías e Inversiones Montagu Limitada; v) don Roberto Ignacio Lewin Vial, por sí y en representación de Inversiones MASS 4.000 Limitada; vi) don Felipe Riesco Eyzaguirre, por sí y en representación de Inversiones y Asesorías Santa Bernardita SpA; vii) doña Claudia Ximena Ferreiro Vásquez, por sí y en representación de Asesorías e Inversiones C Limitada; y viii) don Rodrigo de Alencar Baraona, por sí y en representación de Inversiones La Prole Limitada; todos domiciliados en Avenida Apoquindo 3500, piso 16, Las Condes, Santiago, quienes, respecto de la sociedad BARROS, SILVA, VARELA & VIGIL ABOGADOS LIMITADA (la “Sociedad”), inscrita a fojas 45.561 número 31.873 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2012, celebraron cesiones de derechos por medio de las cuales Inversiones La Ermita Limitada, Asesorías e Inversiones Tunca SpA, Inversiones Malihue Limitada, Asesorías e Inversiones Montagu Limitada, Inversiones MASS 4.000 Limitada, Inversiones y Asesorías Santa Bernardita SpA, Asesorías e Inversiones C Limitada, e Inversiones La Prole Limitada, se retiraron de la Sociedad, incorporándose y quedando como únicos socios de esta don Fernando Barros Vial, don José Joaquín Silva Irarrázaval, don Juan Francisco Varela Echaurren, don Jorge Vigil López, don Roberto Ignacio Lewin Vial, don Felipe Riesco Eyzaguirre, doña Claudia Ximena Ferreiro Vásquez, y don Rodrigo de Alencar Baraona. En virtud de lo anterior, se acordó reemplazar el artículo quinto de los estatutos de la Sociedad, por el siguiente: “QUINTO. Capital. El capital social es la suma de $39.057.064, que se enteró y enterará por sus socios de la siguiente manera y de acuerdo con las siguientes participaciones: i) Don Fernando Barros Vial aportó la cantidad de $8.000.000, y participa con un 20,45% de los derechos sociales; ii) Don José Joaquín Silva Irarrázaval aportó la cantidad de $8.000.000, y participa con un 20,45% de los derechos sociales; iii) Don Juan Francisco Varela Echaurren aportó la cantidad de $8.000.000, y participa con un 20,45% de los derechos sociales; iv) Don Jorge Vigil López aportó la cantidad de $8.000.000, y participa con un 20,45% de los derechos sociales; v) Don Roberto Ignacio Lewin Vial aportó la cantidad de $1.684.211, y participa con un 4,55% de los derechos sociales; vi) Don Felipe Riesco Eyzaguirre aportó la cantidad de $1.772.853, y participa con un 4,55% de los derechos sociales; vii) Doña Claudia Ximena Ferreiro Vásquez aportó la cantidad de $1.800.000, y participa con un 4,55% de los derechos sociales; y viii) Don Rodrigo de Alencar Baraona aportó la cantidad de $1.800.000, y participa con un 4,55% de los derechos sociales.” En todo lo no modificado, continúan plenamente vigentes las demás cláusulas del estatuto social, en especial en cuanto a que la responsabilidad de los socios queda limitada únicamente al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 28 de diciembre de 2022.-