AYSCIA SpA
Instrumento
- Fecha
- 26 de diciembre de 2022
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $300.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, agencias o sucursales en otros puntos del país o en el extranjero
- Duración
- 50 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales de 10 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla en forma indicada escritura extractada
Objeto social
a) la prestación de servicios y asesorías profesionales de cualquier especie, incluyendo materias jurídicas, económicas, financieras, contables, tesorería, recursos humanos y de manejo, organización y)o administración de empresas en general; b) la realización de inversiones en toda clase de bienes, sean éstos corporales o incorporales, muebles o inmuebles, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades de personas, debentures, bonos, efectos de comercio, cuotas de fondos de inversión, cuotas de fondos mutuos y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; c) la prestación de servicios de cualquier naturaleza a empresas y personas; y d) cualquier otra actividad conexa o relacionada con las anteriores
Administración
Corresponderá a don Alfonso Álamos Alessandri, don Felipe Andrés Álvarez del Río y don Juan Sebastián Squella Ramírez, actuando con firma conjunta dos cualquiera de ellos, con las facultades indicadas en la escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 26 de diciembre del año 2022, otorgada en esta misma notaría bajo el número de repertorio número 42031/2022 i) don Alfonso Álamos Alessandri; ii) don Juan Sebastián Squella Ramírez; y iii) don Felipe Andrés Álvarez del Río acordaron aumentar el capital y modificar al efecto los estatutos sociales de AYSCIA SpA, en adelante la “Sociedad” en el siguiente sentido: Aumentar el capital de la Sociedad desde la suma de $100.000, dividido en 100.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, a la cantidad de $300.000, dividido en 300.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, mediante la emisión de 200.000 nuevas acciones de pago, ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal. Las 200.000 nuevas acciones fueron íntegramente suscritas y pagadas por los accionistas, en la siguiente proporción: i) don Alfonso Álamos Alessandri suscribió 66.666 acciones por la suma de $66.666; ii) don Juan Sebastián Squella Ramírez suscribió 66.667 acciones por la suma de $66.667; y iii) don Felipe Andrés Álvarez del Río suscribió 66.667 acciones por la suma de $66.667. En consecuencia, se acordó modificar y reemplazar el Artículo Quinto y Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales por los siguientes: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad es la suma de trescientos mil pesos, dividido en trescientas mil acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o en otros bienes”. “Artículo Primero Transitorio: El capital social, ascendiente a la suma de trescientos mil pesos dividido en trescientas mil acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, se suscribe y paga de la siguiente manera: i) Con la suma de cien mil pesos, representativa de cien mil acciones, íntegramente suscritas y pagadas por don ALFONSO ÁLAMOS ALESSANDRI; ii) Con la suma de cien mil pesos, representativa de cien mil acciones, íntegramente suscritas y pagadas por don JUAN SEBASTÁN SQUELLA RAMÍREZ; y iii) Con la suma de cien mil pesos, representativa de cien mil acciones, íntegramente suscritas y pagadas por don FELIPE ANDRÉS ÁLVAREZ DEL RÍO. En consecuencia, el capital de la Sociedad se encuentra íntegramente suscrito y pagado”. Asimismo, en la misma escritura pública, los comparecientes acordaron transformar la Sociedad en una de responsabilidad limitada, fijándose sus nuevos estatutos, de lo cual extracto lo siguiente: Razón Social: ÁLAMOS, ÁLVAREZ Y SQUELLA ABOGADOS LIMITADA, pudiendo usar el nombre de fantasía A&S ABOGADOS LTDA. Socios: don Alfonso Álamos Alessandri, don Juan Sebastián Squella Ramírez y don Felipe Andrés Álvarez del Río, todos domiciliados para estos efectos en Coronel Pereira N° 72, oficina 1002, comuna de Las Condes, Santiago. Objeto: a) la prestación de servicios y asesorías profesionales de cualquier especie, incluyendo materias jurídicas, económicas, financieras, contables, tesorería, recursos humanos y de manejo, organización y/o administración de empresas en general; b) la realización de inversiones en toda clase de bienes, sean éstos corporales o incorporales, muebles o inmuebles, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades de personas, debentures, bonos, efectos de comercio, cuotas de fondos de inversión, cuotas de fondos mutuos y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; c) la prestación de servicios de cualquier naturaleza a empresas y personas; y d) cualquier otra actividad conexa o relacionada con las anteriores. Domicilio: ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, agencias o sucursales en otros puntos del país o en el extranjero. Duración: 50 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales de 10 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla en forma indicada escritura extractada. Capital: $300.000, que los socios han aportado y pagado íntegramente al convertir sus acciones en la sociedad que se transformó, por cuotas del capital social de la sociedad transformada, en una proporción de un tercio don Alfonso Álamos Alessandri, un tercio don Juan Sebastián Squella Ramírez, y un tercio don Felipe Andrés Álvarez del Río. Responsabilidad de socios: Limitada a los montos de sus respectivos aportes. Administración y Uso de la Razón Social: Corresponderá a don Alfonso Álamos Alessandri, don Felipe Andrés Álvarez del Río y don Juan Sebastián Squella Ramírez, actuando con firma conjunta dos cualquiera de ellos, con las facultades indicadas en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador de este extracto para legalización. Santiago, 29 de diciembre de 2022.