ASESORÍAS HD SpA
Instrumento
- Fecha
- 22 de diciembre de 2022
- Repertorio
- 102453-2022
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 40 años, contados desde la fecha de la presente escritura, y se prorrogará en forma automática por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario mediante declaración por escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la Sociedad en el registro de comercio respectivo, a lo menos con 6 meses antes del vencimiento del período original de vigencia de la misma o de cualquiera de las prórrogas que se encontrare en curso
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto exclusivo la realización y prestación de todo tipo de trabajos y asesorías profesionales legales, contables, tributarias y comerciales, siempre enmarcado en los conceptos legales asociados a dichas materias y en materias respecto de las cuales suelen intervenir abogados y asesores legales. Dichas prestaciones profesionales serán realizadas por la Sociedad por medio de sus socios, asociados, dependientes y, en general, terceros subcontratados que tengan un giro afín con estas prestaciones, sean estos relacionados o no con la Sociedad
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Acta de Junta Extraordinaria Accionistas de la sociedad ASESORÍAS HD SpA | socio | 76355931-9 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalBENJAMIN ANDRÉS CASTILLO MONTALVO, Notario Suplente del Titular de la 2° Notaría de Santiago don Francisco Javier Leiva Carvajal, con oficio en calle Alcántara N°107, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 22 de Diciembre de 2022, Repertorio Nº102.453-2022, ante Notario Suplente Roberto Puga Pino, se redujo a escritura pública el Acta de Junta Extraordinaria Accionistas de la sociedad ASESORÍAS HD SpA, RUT N°76.355.931-9, en adelante la “Sociedad”, inscrita a fojas 48.795, Nº30.252 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2014, celebrada en la ciudad de Santiago con fecha 22 de diciembre de 2022, en la cual se acordó, entre otras modificaciones que no son objeto de extracto, modificar el objeto social, la razón social, la forma de ejercer la administración de la Sociedad y su transformación en una sociedad de responsabilidad limitada, todo lo anterior quedando en los términos que a continuación se indican: Socios: don Gonzalo Javier Delaveau Swett, don José Luis Honorato San Román, don Jorge Sebastián Delpiano Torrealba, don Juan Ignacio Peña Lacámara, y don Matías Pablo Langevin Correa, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Vitacura Nº2939, piso 8, comuna de Las Condes, Santiago. Nombre: “ASESORÍAS HD LEGAL LIMITADA”, pudiendo funcionar y actuar, inclusive ante los bancos u otras instituciones, con el nombre de fantasía de “HD LEGAL Ltda.”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto exclusivo la realización y prestación de todo tipo de trabajos y asesorías profesionales legales, contables, tributarias y comerciales, siempre enmarcado en los conceptos legales asociados a dichas materias y en materias respecto de las cuales suelen intervenir abogados y asesores legales. Dichas prestaciones profesionales serán realizadas por la Sociedad por medio de sus socios, asociados, dependientes y, en general, terceros subcontratados que tengan un giro afín con estas prestaciones, sean estos relacionados o no con la Sociedad. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en otros lugares del país o del extranjero Duración: 40 años, contados desde la fecha de la presente escritura, y se prorrogará en forma automática por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario mediante declaración por escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la Sociedad en el registro de comercio respectivo, a lo menos con 6 meses antes del vencimiento del período original de vigencia de la misma o de cualquiera de las prórrogas que se encontrare en curso. Capital: $1.000.000.- que los socios han suscrito y pagado en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, en la siguiente proporción: /a/ José Luis Honorato San Román, ha aportado y pagado la suma de $270.000.-, equivalentes a un 27% del capital e interés social, ya ingresado en caja social; /b/ Gonzalo Javier Delaveau Swett, ha aportado y pagado la suma de $270.000.-, equivalentes a un 27% del capital e interés social, ya ingresado en caja social; c) Jorge Sebastián Delpiano Torrealba, ha aportado y pagado la suma de $260.000.-, equivalentes a un 26% del capital e interés social, ya ingresado en caja social; d) Juan Ignacio Peña Lacámara, ha aportado y pagado la suma de $150.000.-, equivalentes a un 15% del capital e interés social, ya ingresado en caja social; y, /e/ Matías Pablo Langevin Correa, ha aportado y pagado la suma de $50.000.-, equivalentes a un 5% del capital e interés social, ya ingresado en caja social. Administración y uso razón social: 1) La Sociedad será administrada por un Comité de Socios (en adelante, el “Comité”). El Comité estará compuesto por miembros cuyo número de integrantes será variable en función del número de socios personas naturales que tenga la Sociedad de manera que, habrá tantos miembros del Comité como socios personas naturales mantenga la Sociedad. 2) Sólo podrán ser miembros del Comité las personas naturales que sean socias de la Sociedad. 3) Se considerará miembro del Comité a la persona que, por esa sola circunstancia, se incorpore a la Sociedad como socio(a) de ésta, sin que sea necesario efectuar trámite o gestión posterior alguna, debiendo dejarse constancia de ello en la próxima sesión ordinaria del Comité que se lleve a cabo. 4) Los socios y miembros del Comité señores José Luis Honorato San Román, Gonzalo Javier Delaveau Swett, Jorge Sebastián Delpiano Torrealba, Juan Ignacio Peña Lacámara y Matías Pablo Langevín Correa en todo caso tendrán la calidad de “miembros fundadores” del Comité para los efectos de los estatutos. La forma de funcionar del Comité y sus facultades se encuentran indicadas en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para su legalización.- Santiago, 28 de Diciembre de 2022.