VARGAS & VARGAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de diciembre de 2022
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- - El domicilio de la sociedad será la Ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto crear, implementar y)o desarrollar, directamente o por intermedio de terceros y por cuenta propia o ajena , individualmente o en conjunto y / o as ociada con otras personas jurídicas o naturales , dentro del territorio de Chile o en el extranjero , las siguientes actividades : a ) Efectuar toda clase de inversiones y / o negocios , relativo a todo tipo de bienes muebles e inmuebles , en relación con su compraventa , con su explotación , con su comercialización , con su administración y con su arrendamiento o subarrendamiento ; b ) En el orden inmobiliario , propiamente tal , toda forma de enajenación , de gravamen y / o de explotación del mismo , como la construcción de toda clase de obras civiles , de edificios , de obras de Ingeniería , de reparaciones , de remodelaciones y / o de acondicionamiento de inmuebles , de urbanizaciones , de loteos , de particiones , de subdivisiones y de bienes raíces , tanto urbanos como rurales ; c ) En el orden mobiliario compra y enajenación , a cualquier título , de acciones , de bonos , de debentures , de letras hipotecarias , de monedas o de divisas extranjeras , de cuotas de fondos mutuos o de fondos de inversión , de efectos de comercio , de documentos negociables , de títulos de crédito , de instrumentos financieros y , en general , de toda clase de títulos o valores o instrumentos de inversión del mercado de capitales , cualquiera sea su naturaleza ; Y, además, administre estas inversiones que se realicen y perciban sus frutos; d ) También concurrir a la constitución , a la formación ya la participación de sociedades de cualquier clase , naturaleza y / u objeto , ya sean sociedades anónimas , sociedades por acciones o sociedades de responsabilidad limitada , comunidades y asociaciones en general ; e ) En consecuencia , garantizar obligaciones personales de los socios y / o de los accionistas de las sociedades en que esta Sociedad participe , constituyéndose para ello en avalista , codeudora solidaria , fiadora o garante en cualquier otra forma y -para los mismos fines- también podrá hipotecar, prendar o gravar en cualquier forma sus bienes sociales disponibles; f ) Igualmente , representar a empresas o sociedades nacionales y extranjeras y demás relacionadas , en la actualidad o en el futuro ; g ) Finalmente en todo caso , para el mejor cumplimiento de sus multas sociales , la Sociedad está facultada -desde ya y sin limitación alguna- para implementar toda clase de actos jurídicos comerciales y)o civiles, de cualquier naturaleza y jurisdicción autorizada por las leyes y que se relacionen, directa o indirectamente, con el objeto social y, en general, realice todo cuanto sea conducente, relacionado, complementario o anexo con cualquiera de las actividades antes mencionadas; y, h) Además y en todo caso la Sociedad podrá celebrar toda clase de actos o contratos y desarrollar cualquier otra actividad con el objeto de cumplir los objetivos sociales antes descritos o necesitará otros, Incluidas las mercantiles, bancarias y financieras que para ello sean necesarias; y todo lo que, en la actualidad o en el futuro, esté relacionado directa e indirectamente con lo anterior
Administración
El uso de la razón social de la sociedad, la administración y representación de la sociedad, corresponderá exclusivamente a don MIGUEL PATRICIO FUENTES SAN MARTIN, quien podrá actuar anteponiendo a su firma la razón social podrá representarla y obligarla en toda clase de actos y contratos con las más amplias facultades señaladas en escritura
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Titular 7ª Notaría Santiago, Agustinas Nº 1161, Entrepiso, certifica:- Por escritura de fecha 21 de Diciembre de 2022, ante mí, comparecieron.- don GUILLERMO ANDRÉS VARGAS PARRA, chileno, divorciado, comerciante, cédula de identidad N° 13.903.765-0; doña CAROLINA ANDREA VARGAS PARRA, chilena, divorciada, empleada, cédula de identidad N° 13.909.235-K, ambos domiciliados en calle Cuevas N° 943, Comuna y Ciudad de Santiago; doña CONSTANZA VIVIANA VARGAS ESPINOZA, chilena, soltera, ingeniero de ejecución, cédula de identidad N° 19.569.364-1, domiciliada en Los Jazmines N° 655, Comuna de Ñuñoa, Ciudad de Santiago; y, don MIGUEL PATRICIO FUENTES SAN MARTIN, chileno, casado, comerciante, cédula de identidad N° 8.069.315-K, domiciliado en Pasaje Seis Casa 648, Boca Sur, de la Ciudad de Concepción, Región del Bio Bio, y de paso en esta; Modificaron y transformaron la sociedad denominada, VARGAS & VARGAS LIMITADA, Rut N° 76.015.250-1; Constituida por escritura pública de fecha 23 de Octubre del año 2003, suscrita ante el Notario Público de Santiago don Enrique Tornero Figueroa, un extracto de la misma se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 32774, número 24736, correspondiente al año 2003, y, se publicó en el Diario Oficial del día 04 de Noviembre del año 2003; b) Modificada en varias ocasiones siendo la ultima por escritura pública de fecha 22 de Octubre del año 2020, suscrita ante la Notario Público de Santiago doña Maria Soledad Santos Muñoz, un extracto de la misma se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 72963, número 35004, correspondiente al año 2020, y, se publicó en el Diario Oficial del día 4 de Diciembre del año 2020; Que el uso de la razón social, como también la administración de la sociedad, corresponde única y exclusivamente al socio don GUILLERMO ANDRÉS VARGAS PARRA.- Que el capital social es la suma de $1.000.000; Por el presente instrumento, don GUILLERMO ANDRÉS VARGAS PARRA, doña CAROLINA ANDREA VARGAS PARRA, y; doña CONSTANZA VIVIANA VARGAS ESPINOZA, en su calidad de únicos y exclusivos socios de la sociedad denominada a VARGAS & VARGAS LIMITADA, con el nombre de fantasía GV BOLSOS PUBLICITARIOS, vienen en introducirle al primitivo pacto social las siguientes modificaciones.- a) don GUILLERMO ANDRÉS VARGAS PARRA, dueño del 80%, del capital, derechos, haber e interés social, vende, cede y transfiere la totalidad de dichos derechos a don MIGUEL PATRICIO FUENTES SAN MARTIN, en la cantidad $20.000.000, que se pagan en este acto, al contado y en dinero en efectivo, cantidad que el cedente declara recibir a su entera conformidad, b) doña CAROLINA ANDREA VARGAS PARRA, dueña del 5%, del capital, derechos, haber e interés social, vende, cede y transfiere la totalidad de dichos derechos a don MIGUEL PATRICIO FUENTES SAN MARTIN, en la cantidad de $3.750.000, que se pagan en este acto, al contado y en dinero en efectivo; y, c) ; doña CONSTANZA VIVIANA VARGAS ESPINOZA, dueña del 15%, del capital, derechos, haber e interés social, vende, cede y transfiere la totalidad de dichos derechos a don MIGUEL PATRICIO FUENTES SAN MARTIN, en la cantidad de $1.250.000, que se pagan en este acto, al contado y en dinero en efectivo.- Como consecuencia de la venta y cesión señalada a contar de esta fecha don MIGUEL PATRICIO FUENTES SAN MARTIN, queda titular del 100%, del interés, derechos, capital e ingresos acumulados, en su caso, de la sociedad comercial de responsabilidad limitada denominada de la sociedad denominada la sociedad denominada a VARGAS & VARGAS LIMITADA, con el nombre de fantasía GV BOLSOS PUBLICITARIOS, y en su calidad de único interesado en los derechos de la referida sociedad, viene en constituir una sociedad por acciones que se regirá por los presentes estatutos y las demás disposiciones legales en lo que les sean aplicables.- Nombre: Se constituye una sociedad por acciones que girará bajo la denominación de COMERCIAL SAN MARTIN SpA, que usará inclusive en bancos el nombre de fantasía MUEBLES SAN PEDRO.- DOMICILIO:- El domicilio de la sociedad será la Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer dentro del país o en el extranjero.- OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto crear, implementar y/o desarrollar, directamente o por intermedio de terceros y por cuenta propia o ajena , individualmente o en conjunto y / o as ociada con otras personas jurídicas o naturales , dentro del territorio de Chile o en el extranjero , las siguientes actividades : a ) Efectuar toda clase de inversiones y / o negocios , relativo a todo tipo de bienes muebles e inmuebles , en relación con su compraventa , con su explotación , con su comercialización , con su administración y con su arrendamiento o subarrendamiento ; b ) En el orden inmobiliario , propiamente tal , toda forma de enajenación , de gravamen y / o de explotación del mismo , como la construcción de toda clase de obras civiles , de edificios , de obras de Ingeniería , de reparaciones , de remodelaciones y / o de acondicionamiento de inmuebles , de urbanizaciones , de loteos , de particiones , de subdivisiones y de bienes raíces , tanto urbanos como rurales ; c ) En el orden mobiliario compra y enajenación , a cualquier título , de acciones , de bonos , de debentures , de letras hipotecarias , de monedas o de divisas extranjeras , de cuotas de fondos mutuos o de fondos de inversión , de efectos de comercio , de documentos negociables , de títulos de crédito , de instrumentos financieros y , en general , de toda clase de títulos o valores o instrumentos de inversión del mercado de capitales , cualquiera sea su naturaleza ; Y, además, administre estas inversiones que se realicen y perciban sus frutos; d ) También concurrir a la constitución , a la formación ya la participación de sociedades de cualquier clase , naturaleza y / u objeto , ya sean sociedades anónimas , sociedades por acciones o sociedades de responsabilidad limitada , comunidades y asociaciones en general ; e ) En consecuencia , garantizar obligaciones personales de los socios y / o de los accionistas de las sociedades en que esta Sociedad participe , constituyéndose para ello en avalista , codeudora solidaria , fiadora o garante en cualquier otra forma y -para los mismos fines- también podrá hipotecar, prendar o gravar en cualquier forma sus bienes sociales disponibles; f ) Igualmente , representar a empresas o sociedades nacionales y extranjeras y demás relacionadas , en la actualidad o en el futuro ; g ) Finalmente en todo caso , para el mejor cumplimiento de sus multas sociales , la Sociedad está facultada -desde ya y sin limitación alguna- para implementar toda clase de actos jurídicos comerciales y/o civiles, de cualquier naturaleza y jurisdicción autorizada por las leyes y que se relacionen, directa o indirectamente, con el objeto social y, en general, realice todo cuanto sea conducente, relacionado, complementario o anexo con cualquiera de las actividades antes mencionadas; y, h) Además y en todo caso la Sociedad podrá celebrar toda clase de actos o contratos y desarrollar cualquier otra actividad con el objeto de cumplir los objetivos sociales antes descritos o necesitará otros, Incluidas las mercantiles, bancarias y financieras que para ello sean necesarias; y todo lo que, en la actualidad o en el futuro, esté relacionado directa e indirectamente con lo anterior.- DURACIÓN: La duración de la sociedad será indefinida.- CAPITAL: Se aumenta el capital de los actuales $1.000.000, a $25.000.000, dividido en 2.500 acciones nominativas de igual valor y sin valor nominal que se suscriben, que se suscribe y paga en este acto, íntegramente por don MIGUEL PATRICIO FUENTES SAN MARTIN.- ADMINISTRACIÓN: El uso de la razón social de la sociedad, la administración y representación de la sociedad, corresponderá exclusivamente a don MIGUEL PATRICIO FUENTES SAN MARTIN, quien podrá actuar anteponiendo a su firma la razón social podrá representarla y obligarla en toda clase de actos y contratos con las más amplias facultades señaladas en escritura.- Demás estipulaciones escritura extractada.- SANTIAGO, 21 DE DICIEMBRE DE 2022.-