SOCIEDAD DE SERVICIOS MEDICOS ORTIZ MOYA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de diciembre de 2022
- Notario
- EVALDO REHBEIN UTRERAS
- Domicilio
- Viña del Mar
- Comuna
- Viña del Mar
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEVALDO REHBEIN UTRERAS, Notario Público de Viña del Mar, con oficio en Avenida Libertad 901, Local A, comuna de Viña del Mar, Región de Valparaíso, certifico: Que por escritura de fecha catorce de diciembre del año dos mil veintidós ante Notario de la Cuarta Notaría Viña del Mar, EVALDO REHBEIN UTRERAS, con oficio en Avenida Libertad novecientos uno local A- certifico: que RODRIGO IVAN ORTIZ MOYA, chileno, soltero, médico cirujano, cédula de identidad y rut diez millones novecientos once mil novecientos noventa y nueve guión siete, doña GABRIELA CRISTINA VERDUGO WEINBERGER, chilena, divorciada, periodista, cédula de identidad y rut doce millones novecientos diecinueve mil setecientos cincuenta y tres guión seis, ambos domiciliados en Uno Poniente novecientos sesenta, departamento mil doscientos uno, Torre Dos, Viña del Mar y don JOAQUIN DARIO GUTIERREZ VERDUGO, chileno, soltero, comunicador audiovisual, cédula de identidad y rut dieciocho millones ochocientos once mil cuatrocientos cuarenta y cinco guión ocho, domiciliado en Calle Limache mil doscientos setenta, departamento dos mil doscientos tres, Viña del Mar, vienen en modificar la SOCIEDAD DE SERVICIOS MEDICOS ORTIZ MOYA LIMITADA. ANTECEDENTES.- Que por escritura pública otorgada ante doña Eliana Gervasio Zamudio, Notario Público de Viña del Mar, con fecha dieciocho de agosto de dos mil seis, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada SOCIEDAD DE SERVICIOS MEDICOS ORTIZ MOYA LIMITADA, Rut setenta y seis millones seiscientos sesenta mil cuatrocientos ochenta guión tres, habiéndose inscrito su extracto a fojas mil ciento cuatro, numero mil doscientos sesenta y seis en el Registro de Comercio del año dos mil seis del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar y se publicó en el Diario Oficial número treinta y ocho mil quinientos sesenta y ocho del veinte de septiembre de dos mil seis. El pacto social ha sufrido dos modificaciones, a saber, la primera de ellas por escritura pública de fecha seis de noviembre de dos mil doce otorgada ante el Notario Público de Valparaíso don Luis Fischer Yávar, habiéndose inscrito su extracto a fojas dos mil cuatrocientos diecinueve número dos mil quinientos ochenta y seis en el Registro de Comercio del año dos mil doce del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar y publicado en el Diario Oficial número cuarenta mil cuatrocientos diecisiete de fecha veintitrés de noviembre de dos mil doce; la segunda modificación por escritura pública de fecha siete de noviembre de dos mil diecisiete otorgada ante el Notario Público de Viña del Mar don Luis Enrique Tavolari Oliveros, habiéndose inscrito su extracto a fojas mil novecientos noventa y cinco, número mil seiscientos cuarenta y ocho en el Registro de Comercio del año dos mil diecisiete del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar. CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES. Por el presente instrumento a) El socio antes individualizado don RODRIGO IVAN ORTIZ MOYA, con la aceptación de su socia, vende, cede y transfiere, del total de sus derechos en la sociedad, el veinticinco por ciento de todos los derechos en la sociedad, a don JOAQUIN DARIO GUTIERREZ VERDUGO, ya individualizado, quien compra y acepta para sí. El precio de la cesión es la suma única y total de quinientos mil pesos, que se pagan por el cesionario al cedente en este acto al contado y en dinero efectivo; b) La socia antes individualizada doña GABRIELA CRISTINA VERDUGO WEINBERGER, con la aceptación de su socio, vende, cede y transfiere, del total de sus derechos en la sociedad, el cinco por ciento de todos los derechos en la sociedad, a don JOAQUIN DARIO GUTIERREZ VERDUGO, ya individualizado, quien compra y acepta para sí. El precio de la cesión es la suma única y total de cien mil pesos, que se pagan por el cesionario a la cedente en este acto al contado y en dinero efectivo. Los cedentes declaran que los derechos cedidos se encuentran libres de gravamen, prohibición o litigio y que incluyen utilidades y pérdidas, capital, reservas y amortizaciones, todo lo que el cesionario declara conocer y aceptar. PORCENTAJES EN LA SOCIEDAD. son únicos socios de esta sociedad, don RODRIGO IVAN ORTIZ MOYA, doña GABRIELA CRISTINA VERDUGO WEINBERGER y don JOAQUIN DARIO GUTIERREZ VERDUGO, el primero de ellos con un cuarenta por ciento, la segunda con un treinta por ciento y el tercero de los nombrados con un treinta por ciento de los derechos en la sociedad y que, en su respectivo caso, corresponden a las partes, cuotas o porcentajes en cuanto a aportes, capital e ingresos proporcionales acumulados si los hubiere. En todo lo no modificado subsiste íntegramente el estatuto vigente. Demás estipulaciones escritura extractada.- Viña del Mar, 22 de diciembre de 2022.