MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE PRESTACION DE SERVICIOS LAS FLORES LIMITADA

RUT 76045495-8 CVE 2244974
Fecha instrumento
16 de diciembre de 2022
Notaría
Providencia

Instrumento

Fecha
16 de diciembre de 2022
Comuna
Providencia

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN FERNANDO ROMERO RIQUELME, Notario Santiago, Suplente del Titular de la Primera Notaría Providencia, don Luis Eduardo Rodriguez Burr, Avenida Providencia 1777, certifico: Por escritura pública otorgada el 16 de diciembre de 2022, ante mí, Repertorio No. 6938/2022, doña MARIA DEL PILAR OYARZUN DOUDS, don RODRIGO JORGE GARNHAM POBLETE, ambos domiciliados en República de Honduras número 11.936, comuna de Las Condes, doña MARIA TRINIDAD GARNHAM OYARZUN, domiciliada en Hermanos Cabot 7818, departamento No. 602, comuna de Las Condes, por sí y en representación de doña MARIA DEL PILAR GARNHAM OYARZUN, con domicilio en Padre Restrepo No. 2.667 Depto. Nº. 302, comuna de Providencia, modificaron “SOCIEDAD DE PRESTACION DE SERVICIOS LAS FLORES LIMITADA”, Rut No. 76.045.495-8, constituida el 15 de diciembre de 2008, otorgada en la Séptima Notaria de Santiago de doña Maria Soledad Santos Muñoz, inscrita fojas 60.093 No. 41.622, del Registro de Comercio de Santiago, del año 2008, en siguientes aspectos: 1) Los actuales socios de la Sociedad de Prestación de Servicios Las Flores Limitada, según sus estatutos son: a) Maria del Pilar Oyarzun Douds, con el 50% de los derechos sociales y b) Rodrigo Jorge Garnham Poblete, con el 50% de los derechos sociales. 2) doña Maria del Pilar Oyarzun Douds, vende, cede y transfiere el 5% de los derechos sociales a doña Maria Trinidad Garnham Oyarzun, en la suma de $4.966.708. 3) don Rodrigo Jorge Garnham Poblete, vende, cede y transfiere el 15% de los derechos sociales a doña Maria Trinidad Garnham Oyarzun, en la suma $14.900.125 y el 20% de los derechos sociales a doña Maria del Pilar Garnham Oyarzun, en la suma de $19.866.830. 4) Como consecuencia de las cesiones y ventas, la composición societaria queda de la siguiente manera: a) doña Maria del Pilar Oyarzun Douds, con el 45% de los derechos sociales; b) don Rodrigo Jorge Garnham Poblete, con el 15% de los derechos sociales; c) doña Maria Trinidad Garnham Oyarzun, con el 20% de los derechos sociales y d) doña Maria de Pilar Garnham Oyarzun con el 20% de los derechos sociales. 5) Los actuales y únicos socios de la “SOCIEDAD DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS LAS FLORES LIMITADA” acuerdan en modificar las siguientes cláusulas del pacto social: a) Cláusula Segunda, quedando como sigue: ”SEGUNDO: La razón social será “SOCIEDAD DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS LAS FLORES LIMITADA” , pudiendo usar, incluso ante los Bancos los nombres de fantasía “LAS FLORES LTDA.” o “MOL INGENIERÍA LTDA.” y b) Cláusula Cuarta de la Administración y uso de la razón social en lo siguiente: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios doña MARIA DEL PILAR OYARZUN DOUDS y a don RODRIGO JORGE GARNHAM POBLETE. En todo lo no modificado por este instrumento se mantienen expresamente vigentes las disposiciones del pacto social singularizado en la clàusula primera, en especial en cuanto a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Santiago, 16 de diciembre de 2022.cvo.