MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES ENTREMONTES LIMITADA

RUT 76230276-4 CVE 2245545
Fecha instrumento
9 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
9 de diciembre de 2022
Notario
MARIA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS
Oficio
Titular 5ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INVERSIONES ENTREMONTES LIMITADA socio 76230276-4

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, Notario Público Suplente del Titular 5ª Notaría de Santiago, don Patricio Raby Benavente, ambos domiciliados Av. Gertrudis Echenique 30 Of. 32, Las Condes, certifico: Por escritura del 09/12/2022 Rep. Nº 13.290-2022, ante el Titular, MARÍA LUISA RAMELLO SCHIFFRIN, MARÍA JOSÉ RAMELLO SCHIFFRIN, GIANCARLO RAMELLO SCHIFFRIN, ANTONIA RAMELLO SCHIFFRIN, AGUSTIN RAMELLO SCHIFFRIN, GIANCARLO JOSÉ RAMELLO SORACCO, MARÍA LUISA SCHIFFRIN GÁRATE e INVERSIONES MANANTIALES LIMITADA, todos domiciliados en esta ciudad en calle Alcántara Nº 271, Piso 2, Las Condes, modificaron sociedad denominada INVERSIONES ENTREMONTES LIMITADA, R.U.T. Nº 76.230.276-4, (“Sociedad”) constituida el 22/06/2012 en la Notaria de Santiago de don Patricio Raby Benavente, e inscrita a fojas 48.657 Nº 34.115 del Registro Comercio Santiago año 2012, de la siguiente forma: (I) Transferencia derechos sociales: Doña María Luisa Schiffrin Gárate, donó a cada uno de los señores doña María Luisa Ramello Schiffrin, doña María José Ramello Schiffrin, don Giancarlo Ramello Schiffrin, doña Antonia Ramello Schiffrin y don Agustín Ramello Schiffrin, un 2% de los derechos sociales que posee en la Sociedad. (II) Ingreso Socios y Modificación Estatutos: (a) Como consecuencia de la donación anterior, quedan como únicos y actuales socios de la Sociedad, los señores don Giancarlo José Ramello Soracco, doña María Luisa Schiffrin Gárate, Inversiones Manantiales Limitada, y los señores doña María Luisa Ramello Schiffrin, doña María José Ramello Schiffrin, don Giancarlo Ramello Schiffrin, doña Antonia Ramello Schiffrin y don Agustín Ramello Schiffrin, quienes ingresan a la sociedad. El capital social y participación de los socios quedó de la siguiente forma: Capital social: $500, íntegramente pagado con anterioridad a la fecha de escritura extractada, en dinero efectivo, del cual a cada socio le corresponde la siguiente cantidad y proporción: (i) A cada uno de los señores doña María Luisa Ramello Schiffrin, doña María José Ramello Schiffrin, don Giancarlo Ramello Schiffrin, doña Antonia Ramello Schiffrin y don Agustín Ramello Schiffrin, $10 representativos del 2% del capital social; (ii) A don Giancarlo José Ramello Soracco, $250 representativo de un 50% del capital social; (iii) A doña María Luisa Schiffrin Gárate, $150 representativo de un 30% del capital social; y (iv) A Inversiones Manantiales Limitada, $50 representativo de un 10% del capital social. La responsabilidad de los socios se encuentra limitada al monto de sus aportes. (b) Se reemplaza administración y uso de razón social, en términos que la misma corresponderá a don Giancarlo José Ramello Soracco, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, y especialmente con las indicadas en la cláusula séptima de los estatutos sociales. Esta designación no es esencial para la existencia y validez de la sociedad. Para el caso que el administrador don Giancarlo José Ramello Soracco, falleciere o le afectare una incapacidad sobreviniente, lo cual deberá ser acreditado, la administración de la compañía y el uso de su razón social corresponderá exclusivamente a doña María Luisa Schiffrin Gárate, y a falta de ésta, por fallecimiento o incapacidad sobreviniente, lo cual deberá ser acreditado, corresponderá conjuntamente a dos cualesquiera de los señores doña María Luisa Ramello Schiffrin, doña María José Ramello Schiffrin, don Giancarlo Ramello Schiffrin, doña Antonia Ramello Schiffrin y don Agustín Ramello Schiffrin, y todos ellos con las facultades indicadas en la cláusula séptima de los estatutos sociales.- Se reemplaza art. 11º que no es materia de extracto. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 28 de diciembre de 2022.- M. V. Wielandt C. N. S.