FERNÁNDEZ Y CORDERO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de diciembre de 2022
- Notario
- FÉLIX JARA CADOT
- Oficio
- 41ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $600.000 CLP
- Domicilio
- La ciudad de Santiago de Chile
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto exclusivo de la sociedad será la prestación de servicios o asesorías profesionales, en el ámbito de la consultoría y formación en liderazgo, formación de equipos, desarrollo personal y coaching
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFÉLIX JARA CADOT, Notario Público, Titular 41ª Notaría Santiago, Huérfanos 1160, subsuelo, Certifica: Por escritura pública hoy ante mí, don IGNACIO JAIME FERNÁNDEZ REYES, domiciliado en calle Espoz N° 3355, depto.71, letra B, comuna de Vitacura, Región Metropolitana y doña PÍA FRANCISCA CORDERO MATTEI, domiciliada en calle Espoz N° 3355, depto.71, letra B, comuna de Vitacura, Regi ón Metropolitana, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada denominada “FERNÁNDEZ Y CORDERO LIMITADA”, sin embargo, la sociedad podrá funcionar y actuar, para todos los usos y efectos legales, inclusive con los bancos, con los nombres de fantasía “FERNÁNDEZ Y CORDERO ASOCIADOS”, “TRUST & PLACEMENT LTDA.” o “TRUST AND PLACEMENT LIMITADA”.- Domicilio: La ciudad de Santiago de Chile, sin perjuicio de las sucursales, representaciones o agencias que establezca en otros puntos o lugares del país o del extranjero.- Objeto: El objeto exclusivo de la sociedad será la prestación de servicios o asesorías profesionales, en el ámbito de la consultoría y formación en liderazgo, formación de equipos, desarrollo personal y coaching.- Duración: Indefinida, a contar de esta fecha.- Capital: $600.000.- que los socios aportan y pagan en este acto, en partes iguales de $300.000.- c/u, dinero efectivo, ya ingresado a caja social, correspondiéndole a cada socio el 50% en el haber social.- Responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- La administración, representación, y uso de la razón social y de los nombres de fantasía, corresponderá en forma conjunta, separada e indistintamente a ambos socios, con facultades estipuladas en escritura extractada.- Demás estipulaciones constan en escritura social.- Santiago, 27 de Diciembre de 2022.-FÉLIX JARA CADOT.- N.P.