Eugenio Merino y Compañía Limitada
Instrumento
- Fecha
- 21 de diciembre de 2022
- Notario
- Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
Modificar el objeto social, a uno que incluya exclusivamente la prestación de servicios profesionales y asesorías. Tres) Modificación de Estatutos: Sustituir los artículos tercero y cuarto de los estatutos sociales por los siguientes: “Artículo Tercero: La sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de toda clase de servicios profesionales y asesorías en el ámbito del Derecho, pudiendo prestar asesorías profesionales jurídicas y legales a personas naturales, jurídicas y empresas, especialmente en el ámbito penal, comercial, civil, laboral y tributario, como asimismo, la realización de todas aquellas actividades complementarias que permitan o faciliten la prestaciones de servicios profesionales, tales como, peritajes, arbitrajes, aceptación de poderes para actuar en representación de terceros y, en general, otras asesorías y servicios profesionales relacionados o semejantes a los expresados”; y, “Artículo Cuarto: El capital social es la suma de un $1.000.000, que los socios han aportado y enterado con anterioridad a este acto, en la siguiente forma y proporción: uno) don Eugenio Xavier Merino Palacios, aporta la suma de $990.000, equivalentes al 99% del interés social; y, dos) don Andrés Ignacio Budinich Vildósola, aporta la suma de $10.000, equivalentes al 1% por ciento del interés social”. Los socios declaran que mantienen la limitación de responsabilidad hasta el monto de sus respectivos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogado, Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, con oficio en La concepción 65, piso 2, Providencia, certifica: Que por escritura pública de fecha 21 de diciembre de 2022, ante el Notario Titular Andres Felipe Rieutord Alvarado, Eugenio Xavier Merino Palacios, Martín Felipe Merino Palacios y Andrés Ignacio Budinich Vildósola, todos domiciliados en Av. Santa María 5888, piso 2, Vitacura, Región Metropolitana, acordaron modificar los estatutos de la sociedad Eugenio Merino y Compañía Limitada, inscrita a Fs. 69.168, N° 40.282, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2015, en los siguientes términos: Uno) Cesión de Derechos Sociales: Martín Felipe Merino Palacios, vende, cede y transfiere la totalidad de los derechos sociales de los que es titular de la siguiente manera: (i) un 29% a Eugenio Xavier Merino Palacios, quien pasa a ser titular del 99% de los derechos sociales; y, (ii) un 1% a Andrés Ignacio Budinich Vildósola, quien se incorpora como nuevo socio con dicho porcentaje. Con motivo de la cesión de derechos, Martín Felipe Merino Palacios se retira de la sociedad. Dos) Objeto Social: Modificar el objeto social, a uno que incluya exclusivamente la prestación de servicios profesionales y asesorías. Tres) Modificación de Estatutos: Sustituir los artículos tercero y cuarto de los estatutos sociales por los siguientes: “Artículo Tercero: La sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de toda clase de servicios profesionales y asesorías en el ámbito del Derecho, pudiendo prestar asesorías profesionales jurídicas y legales a personas naturales, jurídicas y empresas, especialmente en el ámbito penal, comercial, civil, laboral y tributario, como asimismo, la realización de todas aquellas actividades complementarias que permitan o faciliten la prestaciones de servicios profesionales, tales como, peritajes, arbitrajes, aceptación de poderes para actuar en representación de terceros y, en general, otras asesorías y servicios profesionales relacionados o semejantes a los expresados”; y, “Artículo Cuarto: El capital social es la suma de un $1.000.000, que los socios han aportado y enterado con anterioridad a este acto, en la siguiente forma y proporción: uno) don Eugenio Xavier Merino Palacios, aporta la suma de $990.000, equivalentes al 99% del interés social; y, dos) don Andrés Ignacio Budinich Vildósola, aporta la suma de $10.000, equivalentes al 1% por ciento del interés social”. Los socios declaran que mantienen la limitación de responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. En todo lo no modificado por la presente escritura, se mantienen las demás estipulaciones contenidas en los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 26 de diciembre de 2022.-