MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

ANESTESIA DIAZ VALDIVIESO SpA

RUT 76384182-0 CVE 2245291
Fecha instrumento
13 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
13 de diciembre de 2022
Repertorio
14321-/2022
Notario
COSME FERNANDO GOMILA GATICA
Oficio
4° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Abogado, Notario Público Titular de la 4° Notaría de Santiago, con oficio en calle Carmencita N° 20, comuna de Las Condes, Certifico: Que por escritura pública de fecha 13 de diciembre del año 2022, Repertorio N°14.321.-/2022, otorgada ante mí; PAULINA DIAZ VALDIVIESO, chilena, casada con separación de bienes, anestesista, cédula de identidad quince millones trescientos ochenta y tres mil novecientos setenta y uno guión nueve, domiciliada en Álvaro Casanova dos mil trescientos cincuenta y cuatro, casa D, comuna de La Reina, Región Metropolitana, viene en rectificar y sanear modificación de sociedad, “ANESTESIA DIAZ VALDIVIESO SpA”se constituyó por escritura pública de fecha ocho de septiembre de dos mil catorce, otorgada en la Notaria de Puente Alto de Andres Vega Alvarado. Un extracto de dicha escritura se inscribió a fojas setenta y ocho mil trescientos cincuenta números cuarenta y siete mil seiscientos sesenta y ocho del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al dos mil catorce y se publicó en el Diario Oficial número cuarenta mil novecientos noventa y tres, con fecha veintisiete de octubre del año dos mil catorce, en el siguiente sentido: rectificar la Escritura Pública singularizada en la cláusula primera precedente, reemplazando el artículo segundo transitorio por el siguiente: “Artículo Segundo Transitorio: Se designa como gerente general de la Sociedad a doña Paulina Diaz Valdivieso, quien se mantendrá en su cargo indefinidamente, salvo acuerdo en contrario de la Junta de Accionistas”. Y Saneamiento. Por el presente instrumento y de conformidad a lo dispuesto en el artículo primero de la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve viene en sanear el vicio de nulidad que afecta a la escritura de constitución social, en los siguientes términos: i) El error en la designación de la gerente general contenida en el artículo segundo transitorio, generó una disconformidad entre la escritura objeto del saneamiento y su extracto inscrito y publicado. Atendido lo anterior, el vicio que se sanea por medio del presente instrumento, es la contradicción entre la designación de gerente general de la escritura de constitución con la señalada en el extracto inscrito y publicado en el Diario Oficial de fecha veintisiete de octubre de dos mil catorce. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 14 de diciembre del año 2022.- Cosme Fernando Gomila Gatica. Notario Público Titular.