CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad de Profesionales Sore y Asociados Limitada

CVE 2244047
Capital
$90.000 CLP
Fecha instrumento
20 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
20 de diciembre de 2022
Repertorio
101632-2022
Notario
Don ROBERTO PUGA PINO
Domicilio
Titular don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$90.000 CLP
Domicilio
El domicilio social es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
La duración de la sociedad será de 5 años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se renovará tácita y sucesivamente por periodos iguales, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario, por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento

Objeto social

La sociedad tiene por objeto exclusivo la prestación de servicios de asesorías económicas, técnicas y financieras, para personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, así como prestar toda clase de servicios profesionales de administración gerencial, incluyendo gestión y supervisión de actividades administrativas, a terceras personas, naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, a través de sus socios, asociados o colaboradores, los cuales ejercen profesiones idénticas, similares, afines o complementarias

Administración

corresponderá a don FRANKO ANDRÉS SORE OSORIO

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Don ROBERTO PUGA PINO, abogado, Notario Público Suplente del Titular don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con domicilio en calle Alcántara número ciento siete, según consta en el Decreto Judicial debidamente protocolizado, certifico: Por escritura pública de fecha 20 de diciembre de 2022, Repertorio N° 101.632- 2022, ante mí, don FRANKO ANDRÉS SORE OSORIO y doña ROCÍO IRENE GONZÁLEZ SAN MARTÍN, ambos domiciliados para estos efectos en Camino El Radal N°21, comuna de Colina, Santiago, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, de la que extracto: Nombre o Razón Social: “Sociedad de Profesionales Sore y Asociados Limitada” pudiendo usar también el nombre de fantasía “SORE Y ASOCIADOS LTDA” para fines comerciales, financieros y de publicidad. Objeto: La sociedad tiene por objeto exclusivo la prestación de servicios de asesorías económicas, técnicas y financieras, para personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, así como prestar toda clase de servicios profesionales de administración gerencial, incluyendo gestión y supervisión de actividades administrativas, a terceras personas, naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, a través de sus socios, asociados o colaboradores, los cuales ejercen profesiones idénticas, similares, afines o complementarias. Capital: $100.000 que los socios aportan y enteran en la siguiente forma: A) don FRANKO ANDRÉS SORE OSORIO aporta la suma de $90.000, equivalentes al 90% por ciento de los derechos sociales, pagado en este acto, al contado y en dinero en efectivo; y (B) doña ROCÍO IRENE GONZÁLEZ SAN MARTÍN aporta la suma de $10.000, equivalentes al 10% por ciento de los derechos sociales, pagado en este acto, al contado y en dinero en efectivo. La sociedad se ha dado por recibida de los antedichos aportes y ha otorgado a los socios la respectiva cancelación. Administración: corresponderá a don FRANKO ANDRÉS SORE OSORIO. Duración: La duración de la sociedad será de 5 años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se renovará tácita y sucesivamente por periodos iguales, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario, por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento. Domicilio: El domicilio social es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada a sus respectivos aportes. Demás disposiciones en escritura extractada. Santiago, 22 de diciembre de 2022.