SOCIEDAD DE PROFESIONALES ASEMAP LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de diciembre de 2022
- Repertorio
- 51951-2022
- Notario
- ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
- Oficio
- 42° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago, en cualquiera de las comunas comprendidas dentro del territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de Santiago
- Duración
- Será de 10 años, contados desde la fecha de la escritura social, su prórroga será tácita y automática, por períodos de 5 años; si ninguno de los socios manifiesta su intención de ponerle término mediante escritura pública inscrita al margen de la inscripción social con al menos 6 meses de anticipación al vencimiento de cada período
Objeto social
prestación de asesorías y servicios profesionales a terceros, específicamente en materias organizacionales y asesoría publicitaria, todo en materias propias de la profesión y conocimiento de los
Administración
Corresponderá a ambos socios, pudiendo actuar individual y separadamente. RESPONSABILIDAD PERSONAL DE LOS
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público Titular de la 42° Notaría de Santiago, Agustinas 1070, 2° piso, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 5 de diciembre de 2022, otorgada ante mi, bajo Repertorio N° 51.951-2022, don ALFONSO MATÍAS RODRÍGUEZ FIGUEROA, cédula de identidad N° 10.566.708-6, y doña MARÍA DEL PILAR LARRAÍN BUSTAMANTE, cédula de identidad N° 12.628.563-9, ambos domiciliados en Licanray 6592, comuna de Vitacura, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada: RAZÓN SOCIAL: SOCIEDAD DE PROFESIONALES ASEMAP LIMITADA, pudiendo usar el nombre de fantasía ASEMAP. DOMICILIO: Ciudad de Santiago, en cualquiera de las comunas comprendidas dentro del territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares dentro y fuera del país. DURACIÓN: Será de 10 años, contados desde la fecha de la escritura social, su prórroga será tácita y automática, por períodos de 5 años; si ninguno de los socios manifiesta su intención de ponerle término mediante escritura pública inscrita al margen de la inscripción social con al menos 6 meses de anticipación al vencimiento de cada período. OBJETO: prestación de asesorías y servicios profesionales a terceros, específicamente en materias organizacionales y asesoría publicitaria, todo en materias propias de la profesión y conocimiento de los socios. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Corresponderá a ambos socios, pudiendo actuar individual y separadamente. RESPONSABILIDAD PERSONAL DE LOS SOCIOS: Limitada al monto de respectivos aportes. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $2.000.000, que los socios aportan de la siguiente manera: i) Alfonso Matías Rodríguez Figueroa aporta la suma de $1.000.000, correspondientes a un 50% del capital social; ii) María del Pilar Larraín Bustamante aporta la suma de $1.000.000, correspondientes a un 50% del capital social. Capital se encuentra íntegramente pagado. Demás estipulaciones en escritura referida. Santiago, 19 de diciembre de 2022.