Sepúlveda, Fuentes & Asociados Limitada
Instrumento
- Fecha
- 26 de diciembre de 2022
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES, Notario Suplente de la 7ª Notaría de Santiago, Agustinas 1161, Entrepiso, Certifica: Por escritura pública suscrita ante mí con fecha 26/12/2022. JENNY ANDREA FUENTES VALDÉS, contador auditor, chilena, divorciada, domiciliada en Miraflores doscientos veintidós piso veintiocho, comuna de Santiago, en esta ciudad; don DIEGO ENRIQUE ORLANDO SEPULVEDA FUENTES, factor de comercio, chileno, soltero, domiciliado en Miraflores doscientos veintidós piso veintiocho, comuna de Santiago, en esta ciudad y don FERNANDO ANTONIO ANDRES SEPULVEDA FUENTES, factor de comercio, chileno, soltero, domiciliado en Miraflores doscientos veintidós piso veintiocho, comuna de Santiago, en esta ciudad, cédula de identidad número veintiún millones cuatrocientos diecisiete mil setecientos dieciséis guion uno todos mayores de edad, modificaron sociedad “Sepúlveda, Fuentes & Asociados Limitada”. RUT 76.842.332-6. Capital $1.000.000. Esta sociedad se inscribió a fojas 9671 número 5497 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes raíces de Santiago el 2/02/ 2018 y se publicó en el Diario Oficial el 3/2/2018. Por escritura pública de veintiséis de Diciembre de dos mil diecinueve, repertorio número diecisiete mil seiscientos diecinueve, otorgada ante María Soledad Santos Notario Público de Santiago, Abogado, titular de la Notaria Séptima, los comparecientes Jenny Andrea Fuentes Valdés y Diego Enrique Orlando Sepúlveda Fuentes, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social es “Sepúlveda, Fuentes & Asociados Limitada”. Esta modificación se inscribió a fojas 103007 número 50492 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes raíces de Santiago correspondiente al 27/12/2019 y se publicó en el Diario Oficial el 30/12/2019. Cesión de Derechos Sociales: a) En este acto y por este instrumento, don Diego Enrique Orlando Sepúlveda Fuentes vende, cede y transfiere el veinte por ciento de los derechos sociales de la sociedad equivalentes a un veinte por ciento del capital social y veinte por ciento de sus utilidades a don Fernando Antonio Andrés Sepúlveda Fuentes quien compra, acepta y adquiere para sí ; b) En este acto y por este instrumento, doña Jenny Andrea Fuentes Valdés vende, cede y transfiere el veinte por ciento de los derechos sociales de la sociedad equivalentes a un veinte por ciento del capital social y veinte por ciento de sus utilidades a don Fernando Antonio Andrés Sepúlveda Fuentes quien compra, acepta y adquiere para sí. Modificación estatutaria: En virtud de la cesión de derechos sociales que dan cuenta las cláusula anteriores, los únicos y actuales socios de “Sepúlveda, Fuentes & Asociados Limitada” y sus proporciones son las siguientes: a) don Diego Enrique Orlando Sepúlveda Fuentes, con un treinta por ciento del capital social, treinta por ciento de los derechos sociales y treinta por ciento de las utilidades sociales; b) doña Jenny Andrea Fuentes Valdés, con un treinta por ciento del capital social, treinta por ciento de los derechos sociales y treinta por ciento de las utilidades sociales; c) don Fernando Antonio Andrés Sepúlveda Fuentes, con un cuarenta por ciento del capital social, cuarenta por ciento de los derechos sociales y cuarenta por ciento de las utilidades sociales. Precio de las Cesiones y renuncia de la acción resolutoria: a) El precio de la cesión de los derechos sociales celebrada entre don Diego Enrique Orlando Sepúlveda Fuentes y don Fernando Antonio Andrés Sepúlveda Fuentes es la suma de doscientos mil pesos que se pagará en dinero en efectivo en una cuota al treinta y uno de Diciembre de dos mil veintidós; b) El precio de la cesión de los derechos sociales celebrada entre doña Jenny Andrea Fuentes Valdés y don Fernando Antonio Andrés Sepúlveda Fuentes es la suma de doscientos mil pesos que se pagará en dinero en efectivo en una cuota al treinta y uno de Diciembre de dos mil veintidós. En todo lo no modificado queda vigente pacto social primitivo. Demás estipulaciones constan escritura extractada. SANTIAGO, 27 de Diciembre de de 2022.-