Quezada y Vial Abogados Compañía Limitada
Instrumento
- Fecha
- 21 de diciembre de 2022
- Notario
- VERONICA TORREALBA COSTABAL
- Oficio
- Titular IVAN TORREALBA ACEVEDO 33º Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
Asesorías jurídicas en general y cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con la anterior y cualquier otro negocio que acordaren los socios”. En todo lo no modificado, rige plenamente lo estipulado en la escritura de constitución de la sociedad de fecha seis de diciembre de dos mil doce. Se deja constancia que la
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente del Titular IVAN TORREALBA ACEVEDO 33º Notaría Santiago, Huérfanos 979, oficina 501, CERTIFICO Por escritura pública de fecha 21 de diciembre de 2022, otorgada ante mí, don RICARDO QUEZADA FUENTES C.N.I. 15.317.911-5, domiciliado en Nueva Hannover 600, comuna de Ñuñoa, Santiago; y don JOSE ANTONIO VIAL SANFUENTES C.N.I. 13.272.181-5, domiciliado en Francisco de Riveros 4343, departamento 203, comuna de Vitacura, Santiago, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “Quezada y Vial Abogados Compañía Limitada”, la cual fue constituida por escritura pública de fecha 6 de diciembre de 2012, ante el Notario Público R. Alfredo Martin Illanes, y cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago con fecha 10 de diciembre de 2012, a Fojas 87.551, Número 61.356, y que fuera publicado en el Diario Oficial de la República de Chile, el día 11 de diciembre del año 2012; en los términos siguientes: Se modifica el Artículo 3º de los Estatutos Sociales, que se sustituye íntegramente por el siguiente: “La sociedad tendrá por objeto: Asesorías jurídicas en general y cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con la anterior y cualquier otro negocio que acordaren los socios”. En todo lo no modificado, rige plenamente lo estipulado en la escritura de constitución de la sociedad de fecha seis de diciembre de dos mil doce. Se deja constancia que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus aportes. Santiago, a 26 de diciembre de 2022.-