CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

PRESTACIONES MÉDICAS BRAVO Y CASTRO LIMITADA

CVE 2244494
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
26 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
26 de diciembre de 2022
Notario
FELIX JARA CADOT
Oficio
41ª Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será la prestación de servicios y asesorías profesionales, en las diversas ramas o especialidades del área de la salud y)o médica

Administración

La administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación corresponderá a don MARCO ANTONIO BRAVO SEPÚLVEDA, cédula de identidad número nueve millones seiscientos sesenta y ocho mil novecientos cinco guión cinco, y a doña SUSANA CRISTINA CASTRO ARANCIBIA, cédula de identidad número nueve millones quinientos ochenta y cinco mil setecientos cincuenta y dos guión tres, quienes, actuando separada e indistintamente, cualquiera de ellos, por sí y)o por medio de mandatarios generales o especiales designados por escrito, podrán obligar a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, sin limitación de ninguna especie, anteponiendo su nombre y firma personal al nombre de la Sociedad. Los socios limitaron su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FELIX JARA CADOT, Notario Público Titular 41ª Notaria de Santiago, con domicilio en Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, MARCO ANTONIO BRAVO SEPÚLVEDA, cédula de identidad número nueve millones seiscientos sesenta y ocho mil novecientos cinco guión cinco, y SUSANA CRISTINA CASTRO ARANCIBIA, cédula de identidad número nueve millones quinientos ochenta y cinco mil setecientos cincuenta y dos guión tres, ambos domiciliados única y exclusivamente para estos efectos en Miraflores ciento treinta, piso dieciséis, comuna de Santiago, Región Metropolitana; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: El nombre o razón social de la Sociedad será PRESTACIONES MÉDICAS BRAVO Y CASTRO LIMITADA. Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios y asesorías profesionales, en las diversas ramas o especialidades del área de la salud y/o médica. Duración: La duración de la sociedad será indefinida desde la fecha de la escritura pública de constitución. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000.-, el que se aporta y entera por los socios en las siguientes proporciones: a) don MARCO ANTONIO BRAVO SEPÚLVEDA, aporta la suma de $700.000.-, que paga en el acto de constitución al contado y en dinero efectivo, ingresando a caja social, con lo cual le corresponde el 70% del total de los derechos sociales; y; b) doña SUSANA CRISTINA CASTRO ARANCIBIA, aporta la suma $300.000.-, que paga en el acto de constitución al contado y en dinero efectivo, ingresando a caja social, con lo cual le corresponde el 30% del total de los derechos sociales. En consecuencia, el capital se encuentra íntegramente aportado y pagado. Administración. La administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación corresponderá a don MARCO ANTONIO BRAVO SEPÚLVEDA, cédula de identidad número nueve millones seiscientos sesenta y ocho mil novecientos cinco guión cinco, y a doña SUSANA CRISTINA CASTRO ARANCIBIA, cédula de identidad número nueve millones quinientos ochenta y cinco mil setecientos cincuenta y dos guión tres, quienes, actuando separada e indistintamente, cualquiera de ellos, por sí y/o por medio de mandatarios generales o especiales designados por escrito, podrán obligar a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, sin limitación de ninguna especie, anteponiendo su nombre y firma personal al nombre de la Sociedad. Los socios limitaron su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 26 de Diciembre de 2022. Félix Jara Cadot. N.P.