CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

MOREM CORREDORES DE SEGUROS LIMITADA

CVE 2243857
Fecha instrumento
26 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
26 de diciembre de 2022
Notario
CLAUDIA MARCELA GOMEZ LUCARES
Oficio
Quincuagésima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

N. fantasía
Les corresponderá a ambos socios don ENRIQUE HERNAN MORENO CONTRERAS y doña CONSTANZA EDITH MORENO MERINO, indistintamente, quienes podrán actuar, anteponiendo la razón social a su firma, y representaran a la Sociedad con las más amplias facultades
Domicilio
EL
Duración
La Sociedad comenzará a regir a contar de esta fecha y tendrá una duración de diez años, plazo que se entenderá renovado tácitamente por periodos sucesivos e iguales, si ninguno de los Socios expresa su voluntad contraria mediante declaración hecha por escritura pública, la que debe anotarse al margen de la inscripción de la sociedad, en el Registro de Comercio con seis meses de anticipación a lo menos, a la fecha de la expiración del periodo que esté vigente.- RESPONSABILIDAD:

Objeto social

El objeto social será ofrecer seguros, promover su celebración y obtener su renovación a título de intermediarios entre el asegurado y asegurador, y promover actividades de auxiliares de financiación de planes de seguros y de pensiones.- ADMINISTRACION Y USO

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CLAUDIA MARCELA GOMEZ LUCARES, Abogado, Notario Público de la Quincuagésima Notaría de Santiago, con oficio en Teatinos N° 371, oficina 113, Santiago, certifico: Por escritura pública de hoy ante mí, ENRIQUE HERNAN MORENO CONTRERAS, independiente, cédula de identidad número diez millones cuatrocientos noventa y dos mil trescientos noventa y tres guion tres, domiciliado en Baquedano mil cuatrocientos uno, comuna de San Bernardo, Y CONSTANZA EDITH MORENO MERINO, independiente, cédula de identidad número dieciséis millones ochocientos cincuenta y tres mil seiscientos setenta y tres guión nueve , con domicilio en Dirigenta Nora Salazar Castro setecientos cuarenta y seis, comuna de Cerrillos, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada al monto de los aportes. RAZON SOCIAL: “MOREM CORREDORES DE SEGUROS LIMITADA”, Sin perjuicio de lo anterior, la Sociedad podrá actuar inclusive ante Bancos e Instituciones Financieras con el nombre de fantasía “MOREM CORREDORES DE SEGUROS LTDA.”.- OBJETO: El objeto social será ofrecer seguros, promover su celebración y obtener su renovación a título de intermediarios entre el asegurado y asegurador, y promover actividades de auxiliares de financiación de planes de seguros y de pensiones.- ADMINISTRACION Y USO RAZÓN SOCIAL: LA ADMINISTRACION, REPRESENTACION, USO DE LA RAZON SOCIAL Y EL NOMBRE DE FANTASIA: Les corresponderá a ambos socios don ENRIQUE HERNAN MORENO CONTRERAS y doña CONSTANZA EDITH MORENO MERINO, indistintamente, quienes podrán actuar, anteponiendo la razón social a su firma, y representaran a la Sociedad con las más amplias facultades.- CAPITAL SOCIAL : Será la suma de DOS MILLONES DE PESOS, el cual es aportado y enterado por los socios de la siguiente forma: a) El socio ENRIQUE HERNAN MORENO CONTRERAS , aporta la suma de un millón de pesos, que se enteran y pagan de contado y que ingresan a la caja social en este acto, y que equivalen al cincuenta por ciento del capital social, b) La socia CONSTANZA EDITH MORENO MERINO, aporta la suma de un millón de pesos, que se enteran y pagan de contado y que ingresan a la caja social en este acto, y que equivalen al cincuenta por ciento del capital social.- Domicilio: EL DOMICILIO: Será en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencia o sucursales que pueda establecerse en el resto del país .- Duración : La Sociedad comenzará a regir a contar de esta fecha y tendrá una duración de diez años, plazo que se entenderá renovado tácitamente por periodos sucesivos e iguales, si ninguno de los Socios expresa su voluntad contraria mediante declaración hecha por escritura pública, la que debe anotarse al margen de la inscripción de la sociedad, en el Registro de Comercio con seis meses de anticipación a lo menos, a la fecha de la expiración del periodo que esté vigente.- RESPONSABILIDAD: Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.- DEMÁS ESTIPULACIONES EN ESCRITURA EXTRACTADA. Santiago, a 26/12/2022.