MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA SERGIO ZAMORANO Y COMPAÑIA LIMITADA

RUT 76565800-4 CVE 2244422
Fecha instrumento
29 de noviembre de 2022
Notaría
Providencia

Instrumento

Fecha
29 de noviembre de 2022
Repertorio
6569/2022
Comuna
Providencia

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, Notario Titular de la Primera Notaría de Providencia, Av. Providencia 1777, certifico: Por escritura pública otorgada el 29 de Noviembre de 2022, ante mí, Repertorio N° 6569/2022, SERGIO ALBERTO ZAMORANO ORTIZ, domiciliado en Cáceres 480, Rancagua, AURISTELA DEL CARMEN ORTIZ MEZA, domiciliada en Ramón Olate 1075, Linares, NATALIA PAOLA ZAMORANO LEVI, NICOLAS ANDRES ZAMORANO LEVI, ambos domiciliados en Cáceres 480, Rancagua, modificaron la sociedad “INMOBILIARIA SERGIO ZAMORANO Y COMPAÑIA LIMITADA”, RUT Nº 76.565.800-4, constituida por escritura de fecha 28 de Abril de 2006, ante don Jaime Bernales Larraín, notario suplente del titular de la Segunda Notaría de Rancagua don Jaime Bernales Valenzuela, inscrita a fojas 165 Nº 218 del Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua del año 2006 en siguientes aspectos: 1) AURISTELA DEL CARMEN ORTIZ MEZA, se retira de la sociedad cediendo a SERGIO EDUARDO ZAMORANO LEVI, 10% de los derechos sociales en la suma de $11.200.000. 2) SERGIO ALBERTO ZAMORANO ORTIZ, cede a SERGIO EDUARDO ZAMORANO LEVI, el 9% de los derechos sociales en la suma de $10.080.000. 3) NATALIA PAOLA ZAMORANO LEVI cede a SERGIO EDUARDO ZAMORANO LEVI, el 7% de los derechos sociales en la suma de $7.840.000. 4) NICOLAS ANDRES ZAMORANO LEVI cede a SERGIO EDUARDO ZAMORANO LEVI, 7% de los derechos sociales en la suma de $7.840.000. 5) Quedan como únicos socios SERGIO ALBERTO ZAMORANO ORTIZ, con un 1% de los derechos sociales, NATALIA PAOLA ZAMORANO LEVI, con un 33% del de los derechos sociales, NICOLAS ANDRES ZAMORANO LEVI, con un 33% de los derechos sociales y SERGIO EDUARDO ZAMORANO LEVI, con un 33% de los derechos sociales, quienes acuerdan introducir la siguiente modificación al estatuto social. En lo no modificado rigen íntegramente las estipulaciones contenidas en las escrituras sociales anteriores, especialmente en cuanto dice relación con la limitación de la responsabilidad de los socios al monto de sus aportes. Santiago, 29 de Noviembre de 2022. Rh.