INMOBILIARIA LILA LIMITADA
Instrumento
- Notario
- Félix Jara Cadot
- Oficio
- 41º notaría de Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFélix Jara Cadot, Notario Público Titular de la 41º notaría de Santiago, Huérfanos 1160, subsuelo, comuna y ciudad Santiago, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, IMPORTADORA MULI LIMITADA e IMPORTADORA MAYA LIMITADA, ambas domiciliadas para estos efectos en calle Salvador Sanfuentes número dos mil seiscientos dieciocho, comuna de Santiago, Región Metropolitana, modifican sociedad INMOBILIARIA LILA LIMITADA de la siguiente manera: (i) aumentando el actual capital social de la suma de novecientos noventa y cuatro millones ochocientos noventa y tres mil cuatrocientos sesenta y dos pesos, totalmente suscrito y pagado, a la suma de mil diecinueve millones cuatrocientos setenta y tres mil doscientos noventa y seis pesos, pagado por IMPORTADORA MULI LIMITADA por medio del aporte en dominio que realiza esta última sociedad en este acto del total de los derechos sociales, equivalentes al cinco por ciento, que actualmente posee en la sociedad INMOBILIARIA PLAZA LILA LIMITADA y que son avaluados de común acuerdo en dicho monto. (ii) Como consecuencia de lo anterior, modifican el artículo tercero del pacto social vigente de INMOBILIARIA LILA LIMITADA, relativo al capital social, quedando su nuevo texto como sigue: “TERCERO: El capital social de la sociedad es la suma de mil diecinueve millones cuatrocientos setenta y tres mil doscientos noventa y seis pesos, que los socios han aportado y enterado respectivamente, de la siguiente manera: a) IMPORTADORA MULI LIMITADA la suma de ochocientos cincuenta y cuatro millones quinientos diecinueve mil novecientos sesenta y un pesos, equivalente al ochenta y tres coma ocho uno nueve por ciento aproximadamente del total de los derechos sociales, de los cuales pagó con anterioridad a este acto la suma de ochocientos veintinueve millones novecientos cuarenta mil ciento veintisiete pesos en dinero efectivo y el saldo de veinticuatro millones quinientos setenta y nueve mil ochocientos treinta y cuatro pesos mediante el aporte en dominio que efectúa en este acto del total de los derechos sociales, equivalentes al cinco por ciento, de la sociedad INMOBILIARIA PLAZA LILA LIMITADA y que son avaluados de común acuerdo en dicho monto y; b) IMPORTADORA MAYA LIMITADA, la suma de ciento sesenta y cuatro millones novecientos cincuenta y tres mil trescientos treinta y cinco pesos, equivalente al dieciséis coma uno ocho uno por ciento aproximadamente del total de los derechos sociales, cantidad pagada con anterioridad a este acto en dinero efectivo”. (iii) Por último, con el aporte en dominio que realiza IMPORTADORA MULI LIMITADA de cinco por ciento de los derechos que actualmente posee en la sociedad INMOBILIARIA PLAZA LILA LIMITADA para pagar el aumento de capital en INMOBILIARIA LILA LIMITADA, esta última sociedad se convierte en propietaria del 100% de los derechos sociales de INMOBILIARIA PLAZA LILA LIMITADA, lo cual produce la disolución de INMOBILIARIA PLAZA LILA LIMITADA por reunirse todos sus derechos en manos de una sola persona a partir del dos de noviembre del año dos mil veintidós. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 2 de noviembre del 2022. Félix Jara Cadot. N.P.