Carvill Servicios Legales Limitada
Instrumento
- Fecha
- 23 de diciembre de 2022
- Notario
- LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
- Oficio
- 8ava Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- ciudad y comuna de Santiago
- Duración
- 5 años contados fecha escritura pública constitución, pero se prorrogará tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de ponerle termino al vencimiento del plazo original o de su respectiva prorroga, mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada en el Registro de Comercio al margen de la inscripción social y comunicada a los otros socios por carta certificada despachada por intermedio de un Notario Público, todo con a lo menos 6 meses de anticipación al vencimiento del plazo original o al de la correspondiente prorroga
Objeto social
a).- La prestación de servicios, asesorías, consultorías legales y jurídicas, en el ámbito administrativo, constitucional, procesal, civil, penal, comercial, económico, laboral y tributario; y, b).- Las demás actividades relacionadas con las asesorías referidas en la letra anterior que los socios de común acuerdo determinen. Todas las actividades que constituyen el objeto social pueden efectuarse por cuenta propia o ajena, ya sea directamente o a través de terceros
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Notario Público Titular 8ava Notaría Santiago, Huérfanos 941, oficina 302, Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 23 de diciembre de 2022, ante mí, HUGO ALEJANDRO CÁRDENAS VILLARREAL y FERNANDO JAVIER SANTIBAÑEZ SOTO, ambos domiciliados calle Flor de Azucenas N° 111, piso cuatro, Las Condes, constituyeron sociedad responsabilidad limitada cuyas estipulaciones extracto: Razón Social: Carvill Servicios Legales Limitada. Objeto: a).- La prestación de servicios, asesorías, consultorías legales y jurídicas, en el ámbito administrativo, constitucional, procesal, civil, penal, comercial, económico, laboral y tributario; y, b).- Las demás actividades relacionadas con las asesorías referidas en la letra anterior que los socios de común acuerdo determinen. Todas las actividades que constituyen el objeto social pueden efectuarse por cuenta propia o ajena, ya sea directamente o a través de terceros. Domicilio: ciudad y comuna de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales, que la sociedad pueda establecer, tanto en territorio nacional como en el extranjero. Duración: 5 años contados fecha escritura pública constitución, pero se prorrogará tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de ponerle termino al vencimiento del plazo original o de su respectiva prorroga, mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada en el Registro de Comercio al margen de la inscripción social y comunicada a los otros socios por carta certificada despachada por intermedio de un Notario Público, todo con a lo menos 6 meses de anticipación al vencimiento del plazo original o al de la correspondiente prorroga. Capital: $1.000.000, que los socios aportan de la siguiente forma: a) Hugo Alejandro Cárdenas Villarreal aporta la suma de $990.000, que entera, paga e ingresa en este acto a la caja social; y b) Fernando Javier Santibañez Soto aporta la suma de $10.000, que entera, paga e ingresa en este acto a la caja social. Uso Razón Social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don Hugo Alejandro Cárdenas Villarreal. Responsabilidad: limitada hasta monto respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de diciembre 2022. L.I. Manquehual Mery Notario Público.-