CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORÍA Y GESTIÓN DE PROYECTOS AIP LIMITADA

RUT 7080911-7 CVE 2243934
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
21 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
21 de diciembre de 2022
Repertorio
101971
Notario
Notario Suplente de don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
Oficio
2ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$500.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
5 años contados desde la fecha de la escritura pública de constitución, prorrogables automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años

Objeto social

Asesorías y Servicios de Ingeniería, gerenciamiento de proyectos de construcción, diseño estructural de edificios, asesoría de diseño de proyectos, inspección de obras, otros servicios para diseño y)o construcción de obras y cualquier otra actividad relacionada o no con lo descrito anteriormente que en el futuro sean necesarios para el desempeño de la sociedad

Administración

La representación y administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá al socio JOSÉ ANDRÉS ILLANES PIEDRABUENA, quien anteponiendo a su firma la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, pudiendo efectuar todos los actos, celebrar todos los contratos y convenciones, y en general, realizar toda clase de operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social o que acuerden los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ROBERTO FERNANDO PUGA PINO, Notario Suplente de don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público, Titular 2ª Notaría de Santiago, con oficio en Alcántara 107, Las Condes, certifico: Que, por escritura publica otorgada con fecha 21 de diciembre de 2022 de Repertorio N° 101.971, ante mí, JOSÉ ANDRÉS ILLANES PIEDRABUENA, cédula nacional de identidad N°7.080.911-7, MARÍA LORETO SOLANGE VERGARA SCHMIDT, cédula nacional de identidad N°8.328.221-5, todos domiciliados en Aranzazu 5769, Las Condes, acordaron constituir sociedad de responsabilidad limitada, cuyos estatutos son del siguiente tenor: Razón Social: " ASESORÍA Y GESTIÓN DE PROYECTOS AIP LIMITADA ". Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que se puedan establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Duración: 5 años contados desde la fecha de la escritura pública de constitución, prorrogables automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años. Objeto: Asesorías y Servicios de Ingeniería, gerenciamiento de proyectos de construcción, diseño estructural de edificios, asesoría de diseño de proyectos, inspección de obras, otros servicios para diseño y/o construcción de obras y cualquier otra actividad relacionada o no con lo descrito anteriormente que en el futuro sean necesarios para el desempeño de la sociedad. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $500.000.- pesos, que los socios enteran y pagan en este acto en caja social, en dinero efectivo, de la siguiente manera: Don JOSÉ ANDRÉS ILLANES PIEDRABUENA, aporta la suma de $350.000 pesos, equivalentes al 70% por ciento de los derechos sociales. b) Doña MARÍA LORETO SOLANGE VERGARA SCHMIDT, aporta la suma de $150.000 pesos, equivalentes al 30% ciento de los derechos sociales. Administración: La representación y administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá al socio JOSÉ ANDRÉS ILLANES PIEDRABUENA, quien anteponiendo a su firma la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, pudiendo efectuar todos los actos, celebrar todos los contratos y convenciones, y en general, realizar toda clase de operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social o que acuerden los socios. Responsabilidad: Socios limitan responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. - Santiago 22 de diciembre 2022.