MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad de Prestación de Servicios Profesionales Molina Bauer y Compañía Limitada

RUT 76742050-1 CVE 2243671
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
26 de diciembre de 2022
Notaría
La Serena

Instrumento

Fecha
26 de diciembre de 2022
Repertorio
3261-2022
Notario
ALEJANDRO TOMÁS VIADA OVALLE
Oficio
Sexta Notaría de La Serena
Comuna
La Serena

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Paula Claudia Mariana Sepúlveda Noemí socio 13905939-5
Rodrigo Jorge Molina Bauer socio 12941556-8

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALEJANDRO TOMÁS VIADA OVALLE, Abogado, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de La Serena, con domicilio en Huanhualí N° 292 de esta ciudad, certifica: Que por escritura pública Repertorio Nº 3.261-2022 de fecha 26 de Diciembre del año 2022, otorgada ante mí, doña Paula Claudia Mariana Sepúlveda Noemí, abogado, C.N.I. 13.905.939-5, domiciliada en Bascuñán Guerrero N° 901, La Serena, y don Rodrigo Jorge Molina Bauer, abogado, C.N.I. 12.941.556-8, domiciliado en Bascuñán Guerrero N° 901, La Serena; modificaron “Sociedad de Prestación de Servicios Profesionales Molina Bauer y Compañía Limitada”, nombre de fantasía de “Molina Bauer y Cía Ltda.”, constituida como sociedad de responsabilidad limitada por escritura pública de 26.12.2006 ante Elena Leyton Carvajal, Notario Público Titular 3° Notaría de La Serena, con capital de $2.000.000, extracto publicado D.Of. 09.01.2007 e inscrito a fs. 2 n° 2 Registro de Comercio de Vicuña del año 2.007; modificada por escritura pública de 05.06.2007 ante Elena Leyton Carvajal, Notario Público Titular 3° Notaría de La Serena, extracto publicado D.Of. 06.07.2007 e inscrito a fs. 20 N°19 del Registro de Comercio de Vicuña del año 2.007. Por instrumento que se extracta, los comparecientes, quienes actualmente son los únicos socios de la sociedad, modifican sus estatutos en los siguientes sentidos: A) Se modifica la cláusula tercera de los estatutos, relativa al objeto social, en el sentido de señalar que en lo sucesivo el objeto de la sociedad será “ la prestación de servicios y asesoría profesional a empresas y personas en materias jurídicas, laborales y tributarias, y en todas aquellas áreas relacionadas con el ejercicio de la profesión de Abogado"; y B) Se modifica la cláusula séptima de los estatutos, relativa a la duración de la sociedad, la que en lo sucesivo pasará a ser del siguiente tenor: “La sociedad tendrá una duración de veinte años, a contar de la fecha de inscripción del extracto de la escritura de constitución social en el Registro de Comercio del domicilio social, plazo renovable sucesiva y automáticamente, por períodos iguales si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública, anotada al margen de la inscripción social, con una anticipación mínima de seis meses antes del fin del período respectivo”. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- La Serena, 26 de Diciembre del año 2022.-