OUTRUST INTEGRITY SpA
Instrumento
- Fecha
- 19 de diciembre de 2022
- Repertorio
- 3641/2022
- Notario
- MARCOS ANDRÉS DÍAZ LEÓN
- Oficio
- Octava Notaría de Viña del Mar con asiento en Reñaca
- Comuna
- Viña del Mar con asiento en Reñaca
Sociedad
- Capital
- $13.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARCOS ANDRÉS DÍAZ LEÓN, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Viña del Mar con asiento en Reñaca, con oficio en Avenida Borgoño N° 14.439, Local 105, , certifica: por escritura pública de hoy ante mí, Repertorio N° 3.641/2022, GENNY ELIZABETH LEINENWEBER TRONCOSO, en su calidad de único accionista de la sociedad OUTRUST INTEGRITY SpA según consta del registro de accionistas tenido a la vista por el Notario autorizante, acordó modificar los estatutos de la sociedad, en el sentido de aumentar el capital de la sociedad de la cantidad de un millón de pesos, el que se encuentra dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, a la cantidad de trece millones de pesos, mediante la emisión de doce mil acciones de pago ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal. Dicho aumento de capital se suscribe, aporta y paga íntegramente por doña GENNY ELIZABETH LEINENWEBER TRONCOSO, mediante el aporte a la sociedad del vehículo marca Ram, modelo Van setecientos, año dos mil veintidós, Diesel, placa patente: “R”, “T”, “H”, “J” cincuenta y siete guion siete, quedando en consecuencia íntegramente suscrito, pagado e ingresado en caja social el referido aumento de capital. De acuerdo a las modificaciones anteriores, el accionista modificó, el artículo Quinto permanente y Primero Transitorio de los estatutos sociales, reemplazándolos íntegramente por los siguientes: “QUINTO: CAPITAL Y ACCIONES.- El capital de la Sociedad asciende a la suma de $13.000.000, dividido en 13.000, ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, sin perjuicio de las modificaciones del capital y valor de las acciones que se produzcan de pleno derecho en conformidad con la ley. Las acciones se pagan en la forma que establece el Artículo Primero Transitorio del presente estatuto.” ARTICULO PRIMERO TRANSITORIO: SUSCRIPCIÓN Y PAGO DE ACCIONES.- El capital de la sociedad es la suma de trece millones de pesos, dividido en trece mil acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal las que se han suscrito, y las que han sido pagadas por doña GENNY ELIZABETH LEINENWEBER TRONCOSO de la siguiente manera: a) la cantidad de mil acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, equivalentes a un millón de pesos suscritas y pagadas, junto con la firma de los Estatutos Sociales, con fecha trece de noviembre de dos mil dieciséis,; b) la cantidad de doce mil acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, equivalentes a doce millones de pesos suscritas y pagadas mediante el aporte en especie del vehículo marca Ram, modelo Van setecientos, año dos mil veintidós, Diesel, placa patente: “R”, “T”, “H”, “J” cincuenta y siete guion siete, que los socios han valorizado en doce millones de pesos;. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Viña del Mar, 19 de Diciembre de 2022.