Medicina y Odontología GNG Limitada
Instrumento
- Fecha
- 7 de diciembre de 2022
- Repertorio
- 98267
- Notario
- FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- 10 años, prorrogables por períodos de 10 años, si ninguno de los socios manifestare intención contraria mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de 6 meses al vencimiento del período de vigencia original o la prórroga que estuviere vigente
Objeto social
la prestación de servicios consistentes en procedimientos ambulatorios de armonización facial, tales como aquellos destinados a la corrección de imperfecciones, rellenos faciales con ácido hialurónico u otros productos útiles al efecto, procedimientos para combatir los efectos de la edad en la piel y de bioestimulación facial, entre otros; la explotación de centros de atención odontológicos, así como la prestación, por sí o por intermedio de terceros, de todo tipo de servicios relacionados con la odontología para niños y adultos y sus especialidades y actividades conexas, incluyendo la atención de trastornos temporomandibulares y tratamientos invasivos de patologías de dicho carácter, pero siempre con carácter ambulatorio, no consistentes o comprensivos de servicios de alojamiento, estadía, alimentación o de tratamientos médicos destinados a recuperar la salud propios de centro hospitalarios atención; y, la importación, distribución, compra, venta y comercialización, por cuenta propia o ajena, de productos, materiales e insumos para la prestación de los servicios y atenciones antes referidos, así como de productos cosméticos destinados al cuidado corporal. Para cumplir su objetivo, la Sociedad podrá efectuar todas las operaciones, celebrar todos los contratos, y en general, ejecutar todos los actos que sean convenientes y)o necesarios a juicio de él o de los administradores, para cumplir el objetivo social
Administración
corresponde a doña Claudia Pamela Groves Vera y a don Rafael Andrés Rodríguez Nieves, actuando conjuntamente, quienes podrán delegar total o parcialmente sus facultades en una o más personas, según libremente determinen
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Alcántara número ciento siete, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 7 de diciembre de 2022, repertorio N° 98.267, ante mí, doña Claudia Pamela Groves Vera, domiciliada en calle Celerino Pereira Nº 1905, departamento 408, Ñuñoa; doña Camila Fernanda González Sese, domiciliada en calle La Gloria Nº 40, departamento 401, Las Condes; y, don Rafael Andrés Rodríguez Nieves, domiciliado en calle 11 Oriente Nº 2400, Peñalolén, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada al monto de sus aportes, de cuyos estatutos extracto: Nombre: “MEDICINA Y ODONTOLOGÍA GNG LIMITADA”, pudiendo usar también como nombre de fantasía las expresiones “GNG LIMITADA” o “GNG LTDA.”. Domicilio: Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en el país o extranjero. Duración: 10 años, prorrogables por períodos de 10 años, si ninguno de los socios manifestare intención contraria mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de 6 meses al vencimiento del período de vigencia original o la prórroga que estuviere vigente. Objeto: la prestación de servicios consistentes en procedimientos ambulatorios de armonización facial, tales como aquellos destinados a la corrección de imperfecciones, rellenos faciales con ácido hialurónico u otros productos útiles al efecto, procedimientos para combatir los efectos de la edad en la piel y de bioestimulación facial, entre otros; la explotación de centros de atención odontológicos, así como la prestación, por sí o por intermedio de terceros, de todo tipo de servicios relacionados con la odontología para niños y adultos y sus especialidades y actividades conexas, incluyendo la atención de trastornos temporomandibulares y tratamientos invasivos de patologías de dicho carácter, pero siempre con carácter ambulatorio, no consistentes o comprensivos de servicios de alojamiento, estadía, alimentación o de tratamientos médicos destinados a recuperar la salud propios de centro hospitalarios atención; y, la importación, distribución, compra, venta y comercialización, por cuenta propia o ajena, de productos, materiales e insumos para la prestación de los servicios y atenciones antes referidos, así como de productos cosméticos destinados al cuidado corporal. Para cumplir su objetivo, la Sociedad podrá efectuar todas las operaciones, celebrar todos los contratos, y en general, ejecutar todos los actos que sean convenientes y/o necesarios a juicio de él o de los administradores, para cumplir el objetivo social. Administración: corresponde a doña Claudia Pamela Groves Vera y a don Rafael Andrés Rodríguez Nieves, actuando conjuntamente, quienes podrán delegar total o parcialmente sus facultades en una o más personas, según libremente determinen. Capital: $3.000.000.-, aportado e íntegramente enterado por los socios, al contado y en dinero efectivo, en igual proporción, esto es, $1.000.000.- cada uno, equivalente a un tercio del capital social. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 7 de diciembre de 2022. Francisco Javier Leiva Carvajal, Notario Público Titular.