CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Medicina y Odontología GNG Limitada

CVE 2242351
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
7 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
7 de diciembre de 2022
Repertorio
98267
Notario
FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
Oficio
Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP
Domicilio
Santiago, Región Metropolitana
Duración
10 años, prorrogables por períodos de 10 años, si ninguno de los socios manifestare intención contraria mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de 6 meses al vencimiento del período de vigencia original o la prórroga que estuviere vigente

Objeto social

la prestación de servicios consistentes en procedimientos ambulatorios de armonización facial, tales como aquellos destinados a la corrección de imperfecciones, rellenos faciales con ácido hialurónico u otros productos útiles al efecto, procedimientos para combatir los efectos de la edad en la piel y de bioestimulación facial, entre otros; la explotación de centros de atención odontológicos, así como la prestación, por sí o por intermedio de terceros, de todo tipo de servicios relacionados con la odontología para niños y adultos y sus especialidades y actividades conexas, incluyendo la atención de trastornos temporomandibulares y tratamientos invasivos de patologías de dicho carácter, pero siempre con carácter ambulatorio, no consistentes o comprensivos de servicios de alojamiento, estadía, alimentación o de tratamientos médicos destinados a recuperar la salud propios de centro hospitalarios atención; y, la importación, distribución, compra, venta y comercialización, por cuenta propia o ajena, de productos, materiales e insumos para la prestación de los servicios y atenciones antes referidos, así como de productos cosméticos destinados al cuidado corporal. Para cumplir su objetivo, la Sociedad podrá efectuar todas las operaciones, celebrar todos los contratos, y en general, ejecutar todos los actos que sean convenientes y)o necesarios a juicio de él o de los administradores, para cumplir el objetivo social

Administración

corresponde a doña Claudia Pamela Groves Vera y a don Rafael Andrés Rodríguez Nieves, actuando conjuntamente, quienes podrán delegar total o parcialmente sus facultades en una o más personas, según libremente determinen

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Alcántara número ciento siete, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 7 de diciembre de 2022, repertorio N° 98.267, ante mí, doña Claudia Pamela Groves Vera, domiciliada en calle Celerino Pereira Nº 1905, departamento 408, Ñuñoa; doña Camila Fernanda González Sese, domiciliada en calle La Gloria Nº 40, departamento 401, Las Condes; y, don Rafael Andrés Rodríguez Nieves, domiciliado en calle 11 Oriente Nº 2400, Peñalolén, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada al monto de sus aportes, de cuyos estatutos extracto: Nombre: “MEDICINA Y ODONTOLOGÍA GNG LIMITADA”, pudiendo usar también como nombre de fantasía las expresiones “GNG LIMITADA” o “GNG LTDA.”. Domicilio: Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en el país o extranjero. Duración: 10 años, prorrogables por períodos de 10 años, si ninguno de los socios manifestare intención contraria mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de 6 meses al vencimiento del período de vigencia original o la prórroga que estuviere vigente. Objeto: la prestación de servicios consistentes en procedimientos ambulatorios de armonización facial, tales como aquellos destinados a la corrección de imperfecciones, rellenos faciales con ácido hialurónico u otros productos útiles al efecto, procedimientos para combatir los efectos de la edad en la piel y de bioestimulación facial, entre otros; la explotación de centros de atención odontológicos, así como la prestación, por sí o por intermedio de terceros, de todo tipo de servicios relacionados con la odontología para niños y adultos y sus especialidades y actividades conexas, incluyendo la atención de trastornos temporomandibulares y tratamientos invasivos de patologías de dicho carácter, pero siempre con carácter ambulatorio, no consistentes o comprensivos de servicios de alojamiento, estadía, alimentación o de tratamientos médicos destinados a recuperar la salud propios de centro hospitalarios atención; y, la importación, distribución, compra, venta y comercialización, por cuenta propia o ajena, de productos, materiales e insumos para la prestación de los servicios y atenciones antes referidos, así como de productos cosméticos destinados al cuidado corporal. Para cumplir su objetivo, la Sociedad podrá efectuar todas las operaciones, celebrar todos los contratos, y en general, ejecutar todos los actos que sean convenientes y/o necesarios a juicio de él o de los administradores, para cumplir el objetivo social. Administración: corresponde a doña Claudia Pamela Groves Vera y a don Rafael Andrés Rodríguez Nieves, actuando conjuntamente, quienes podrán delegar total o parcialmente sus facultades en una o más personas, según libremente determinen. Capital: $3.000.000.-, aportado e íntegramente enterado por los socios, al contado y en dinero efectivo, en igual proporción, esto es, $1.000.000.- cada uno, equivalente a un tercio del capital social. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 7 de diciembre de 2022. Francisco Javier Leiva Carvajal, Notario Público Titular.