MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

L Y H ABOGADOS LIMITADA

RUT 76413095-2 CVE 2242928
Fecha instrumento
26 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
26 de diciembre de 2022
Repertorio
16061-2022
Notario
ANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO
Oficio
48° Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO, Notario Público Interino de la 48° Notaría Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N°3076, Of. 601, Las Condes, Región Metropolitana, certifico: que por escritura pública Repertorio N°16.061-2022, de fecha 26 de diciembre 2022, ante mí, don Miguel Alberto López Gómez, cédula nacional de identidad N°16.208.260-4, domiciliado en calle General Holley N°2363, oficina 1303, comuna de Providencia, Región Metropolitana y don Rodrigo Andrés Herrera Vergara, cédula nacional de identidad N°16.213.519-8, domiciliado en calle General Holley número N°2363, oficina 1303, comuna de Providencia, Región Metropolitana, modificaron la sociedad “L Y H ABOGADOS LIMITADA”, Rut N°76.413.095-2, que se encuentra inscrita a fojas 68772, N°41909 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2014, en los siguientes términos: Los comparecientes modifican el actual Artículo Tercero de la escritura de constitución social, referida al objeto y lo reemplazan por el siguiente: “La Sociedad tendrá por objeto o giro exclusivo y único, el desarrollar directamente o por intermedio de terceros, individual o conjuntamente con otros, la prestación de servicios profesionales de asesoría legal y jurídica en todos los ámbitos del derecho. La Sociedad, no obstante su giro único y exclusivo, podrá realizar los actos y celebrar todas las convenciones necesarias para perfeccionar su giro. Los Socios convienen y hacen constar que la Compañía es una sociedad de profesionales de aquellas referidas en el artículo cuarenta y dos, número dos, de la ley sobre impuesto a la renta, sin perjuicio de que opte por declarar sus rentas bajo el régimen de primera categoría.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 26 de diciembre de 2022.-