Inversiones UTM Osorno SpA
Instrumento
- Fecha
- 21 de diciembre de 2022
- Repertorio
- 8916-2022
- Notario
- RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP
- Domicilio
- Alberto Mozó Aguilar
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $23.100 CLP
Objeto social
El objeto será: (a) La inversión por cuenta propia, por cuenta ajena, en asociación y)o cuentas en participación en todo tipo de negocios tanto en Chile como en el Extranjero; (b) La Compra, venta, arrendamiento y subarrendamiento de todo tipo de bienes inmuebles y bienes raíces, propios o arrendados, sean amoblados o no amoblados; y, (c) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales tales como acciones, bonos, debentures y otros instrumentos mercantiles y mobiliarios y la administración, adquisición, enajenación, arrendamiento, inversión, reinversión y explotación en cualquier forma de dichos bienes. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualesquier negocio. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. III.- Capital y Acciones: $23.100.000 dividido en 10.500.000 acciones nominativas y sin valor nominal, distribuido en 10.000.000 Acciones Ordinarias y en 500.000 acciones preferidas “Serie del Administrador”, que se suscribe y paga conforme al Artículo Segundo Transitorio. Preferencia “Serie del Administrador” consiste en: (a) Derecho exclusivo y a todo evento a percibir dividendos equivalentes al 30% de las utilidades líquidas distribuibles de la Sociedad, incluyendo el 30% de las utilidades o resultados acumulados a la fecha de acordarse la liquidación total o parcial de la Sociedad y que no hubieren sido distribuidos a la fecha del acuerdo de la liquidación total o parcial de la Sociedad. (b) En Juntas Accionistas las Acciones de la “Serie del Administrador” no se contabilizarán para quórum instalación Junta, tendrán derecho a voz pero no tendrán derecho a voto, salvo para: (i) la designación o reemplazo de los Administradores y)o Liquidadores de la Sociedad; (ii) la modificación o supresión de todas o algunas de las preferencias de las Acciones Serie del Administrador; y, (iii) la modificación o supresión del Derecho de Venta Forzada establecida en Artículo Octavo de estos Estatutos Sociales. Las preferencias establecidas para las Acciones “Serie del Administrador” tendrán una duración igual a la vigencia de la Sociedad, sea en su plazo inicial de 12 años o en cualquiera de sus prórrogas, salvo que con anterioridad a la vigencia Sociedad, JOSÉ MIGUEL AMARO SUAZO venda total o parcialmente sus Acciones “Serie del Administrador” a un tercero no relacionado a ella o a sus dueños conforme lo dispone el Artículo 100 de la Ley Mercado de Valores o por dejar de tener la calidad de Administrador de la Sociedad. Al momento de terminar las preferencias de la “Serie del Administrador”, dichas acciones se convertirán automáticamente en Acciones Ordinarias y tendrán todos los derechos y obligaciones establecidas para ellas. III
Administración
La administración de la sociedad, la representación judicial y extrajudicial, y el uso de la razón social corresponderá a uno o más administradores o gerentes, designados por sus accionistas, quienes actuando de la manera que se indique y anteponiendo a su firma la razón social, podrán ejecutar todos los actos y contratos inherentes al giro de la sociedad. La designación o reemplazo del o los administradores de la sociedad se hará por los accionistas en la respectiva Junta de Accionistas, que podrá celebrarse en Chile o el extranjero, la que deberá protocolizarse o reducirse a escritura pública, y de cuyo contenido deberá tomarse nota al margen de la inscripción del extracto de la sociedad en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo. Se deja expresa constancia que para efectos de la primera designación de apoderados o gerentes de la sociedad, esta se hará en articulado transitorio estatutos extractados. En Artículo Tercero Transitorio Estatutos se deja expresa constancia designación como Administrador, Apoderado y Representante de la Sociedad a JOSÉ MIGUEL AMARO SUAZO, CNI Nº 15.598.128-8, quién representará a INVERSIONES UTM OSORNO SpA con todas y cada una facultades contenidas en Artículo Décimo Segundo
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Apoderado y Representante de la Sociedad a JOSÉ MIGUEL AMARO SUAZO | socio | 15598128-8 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, Notario Público, Suplente de Alberto Mozó Aguilar, 40ª Notaría Santiago, Teatinos 332, Santiago, certifico: Mediante instrumento privado de fecha 07 de Diciembre de 2022, firmado ante el Notario Titular don ALBERTO MOZO AGUILAR, y protocolizado con fecha 14 de Diciembre de 2022, ante mí, Repertorio Nº 8.916-2022 compareció JOSÉ MIGUEL AMARO SUAZO, tecnólogo médico, CNI Nº 15.598.128-8, domiciliado en Lord Cochrane Nº277, Depto. Nº 1.104, comuna y ciudad de Santiago, quién constituyó sociedad por acciones, cuyos estatutos son del siguiente tenor: I.- Razón social: “INVERSIONES UTM OSORNO SpA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía “UTM OSORNO SpA”. II.-Objeto: El objeto será: (a) La inversión por cuenta propia, por cuenta ajena, en asociación y/o cuentas en participación en todo tipo de negocios tanto en Chile como en el Extranjero; (b) La Compra, venta, arrendamiento y subarrendamiento de todo tipo de bienes inmuebles y bienes raíces, propios o arrendados, sean amoblados o no amoblados; y, (c) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales tales como acciones, bonos, debentures y otros instrumentos mercantiles y mobiliarios y la administración, adquisición, enajenación, arrendamiento, inversión, reinversión y explotación en cualquier forma de dichos bienes. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualesquier negocio. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. III.- Capital y Acciones: $23.100.000 dividido en 10.500.000 acciones nominativas y sin valor nominal, distribuido en 10.000.000 Acciones Ordinarias y en 500.000 acciones preferidas “Serie del Administrador”, que se suscribe y paga conforme al Artículo Segundo Transitorio. Preferencia “Serie del Administrador” consiste en: (a) Derecho exclusivo y a todo evento a percibir dividendos equivalentes al 30% de las utilidades líquidas distribuibles de la Sociedad, incluyendo el 30% de las utilidades o resultados acumulados a la fecha de acordarse la liquidación total o parcial de la Sociedad y que no hubieren sido distribuidos a la fecha del acuerdo de la liquidación total o parcial de la Sociedad. (b) En Juntas Accionistas las Acciones de la “Serie del Administrador” no se contabilizarán para quórum instalación Junta, tendrán derecho a voz pero no tendrán derecho a voto, salvo para: (i) la designación o reemplazo de los Administradores y/o Liquidadores de la Sociedad; (ii) la modificación o supresión de todas o algunas de las preferencias de las Acciones Serie del Administrador; y, (iii) la modificación o supresión del Derecho de Venta Forzada establecida en Artículo Octavo de estos Estatutos Sociales. Las preferencias establecidas para las Acciones “Serie del Administrador” tendrán una duración igual a la vigencia de la Sociedad, sea en su plazo inicial de 12 años o en cualquiera de sus prórrogas, salvo que con anterioridad a la vigencia Sociedad, JOSÉ MIGUEL AMARO SUAZO venda total o parcialmente sus Acciones “Serie del Administrador” a un tercero no relacionado a ella o a sus dueños conforme lo dispone el Artículo 100 de la Ley Mercado de Valores o por dejar de tener la calidad de Administrador de la Sociedad. Al momento de terminar las preferencias de la “Serie del Administrador”, dichas acciones se convertirán automáticamente en Acciones Ordinarias y tendrán todos los derechos y obligaciones establecidas para ellas. III.- Administración: La administración de la sociedad, la representación judicial y extrajudicial, y el uso de la razón social corresponderá a uno o más administradores o gerentes, designados por sus accionistas, quienes actuando de la manera que se indique y anteponiendo a su firma la razón social, podrán ejecutar todos los actos y contratos inherentes al giro de la sociedad. La designación o reemplazo del o los administradores de la sociedad se hará por los accionistas en la respectiva Junta de Accionistas, que podrá celebrarse en Chile o el extranjero, la que deberá protocolizarse o reducirse a escritura pública, y de cuyo contenido deberá tomarse nota al margen de la inscripción del extracto de la sociedad en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo. Se deja expresa constancia que para efectos de la primera designación de apoderados o gerentes de la sociedad, esta se hará en articulado transitorio estatutos extractados. En Artículo Tercero Transitorio Estatutos se deja expresa constancia designación como Administrador, Apoderado y Representante de la Sociedad a JOSÉ MIGUEL AMARO SUAZO, CNI Nº 15.598.128-8, quién representará a INVERSIONES UTM OSORNO SpA con todas y cada una facultades contenidas en Artículo Décimo Segundo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 21 de Diciembre de 2022. RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP. Notario Suplente.