CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Teki Limitada

CVE 2242477
Capital
$5.500 CLP
Notaría
La Serena
Duración
Definida

Instrumento

Notario
PAULINA PLAZA PASTEN
Domicilio
titular Jesus Osses Reveco
Comuna
La Serena

Sociedad

Capital
$5.500 CLP
Domicilio
comuna de La Serena
Duración
cinco años fecha escritura, renovables automática y sucesivamente por periodos iguales según cláusula octava

Objeto social

“ El objeto de la sociedad será la compra, venta, arrendamiento, leasing, cobro de comisiones por tales operaciones y cualquiera acto o contrato que la ley permita celebrar sobre bienes corporales y)o incorporales, muebles o inmuebles, propios o de terceros”

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PAULINA PLAZA PASTEN, Abogado, Notario Publico Suplente del titular Jesus Osses Reveco, 2da Notaría de La Serena, Cordovez N° 317, La Serena, certifica: Por escritura publica de fecha de hoy, ante mi, CONSTANZA ANDREA CASTRO JOPIA y SANDRA ANDREA JOPIA BASADRE, ambas domiciliadas en Avenida Gabriela Mistral N° 3.660, La Serena y PEDRO ALIRO MARÍN LÓPEZ, domiciliado en Pedro Montt N° 305, Ovalle, de paso, en ésta constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada. RAZÓN SOCIAL: “Inversiones Teki Limitada”; nombre de fantasía “Iversiones Teki Ltda”. ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: Sandra Andrea Jopia Basadre y a Pedro Aliro Marín López, quienes anteponiendo la razón social a sus firmas, conjunta o separadamente, representarán a la sociedad con las más amplias facultades según cláusula cuarta pacto social. OBJETO: “ El objeto de la sociedad será la compra, venta, arrendamiento, leasing, cobro de comisiones por tales operaciones y cualquiera acto o contrato que la ley permita celebrar sobre bienes corporales y/o incorporales, muebles o inmuebles, propios o de terceros”. CAPITAL: $5.500.000; aportados según cláusula quinta pacto social. RESPONSABILIDAD: Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia de sus respectivos aportes.- DOMICILIO: comuna de La Serena. DURACIÓN: cinco años fecha escritura, renovables automática y sucesivamente por periodos iguales según cláusula octava.- Otras estipulaciones en escritura extractada.