INVERSIONES RIQUELME & HENRY LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de noviembre de 2022
- Notario
- JORGE ELIAS TADRES HALES
- Domicilio
- Temuco
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifica: por escritura fecha 24 de Noviembre de 2022, ante mi, CRISTINA ODETTE HENRY RIQUELME, chilena, abogada, soltera, domiciliada en calle Matta número doscientos catorce, comuna de Temuco, cédula de identidad número trece millones sesenta y cuatro mil cuatrocientos treinta y siete guión seis, CRISTIAN ULISES HENRY RIQUELME, chileno, ingeniero civil, soltero, con domicilio en calle Matta número doscientos catorce, comuna de Temuco, cédula de identidad número trece millones novecientos veintiún mil quinientos uno guión K y ESMÉRITA RIQUELME ORTÍZ, chilena, comerciante, viuda, con domicilio en calle Matta número doscientos catorce, comuna de Temuco, cédula de identidad número cinco millones quinientos cincuenta y ocho mil setecientos ochenta guión nueve, exponen: Los comparecientes constituyeron la sociedad “INVERSIONES RIQUELME & HENRY LIMITADA”, mediante escritura pública de fecha ocho de mayo del año dos mil trece, otorgada ante el Notario Público de Santiago, don Juan Ricardo San Martín Urrejola, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos ochocientos treinta y cinco piso dieciocho, Santiago. El extracto respectivo fue inscrito a fojas mil doscientos uno vuelta número novecientos cincuenta y uno, del Registro de Comercio de Temuco, correspondiente al año dos mil trece y publicado con fecha diez de mayo de dos mil trece en el Diario Oficial. El capital estatutario de la referida sociedad, fue establecido en la suma de trescientos millones de pesos, íntegramente pagado a la presente fecha. AUMENTO DE CAPITAL: En acto escritura, los comparecientes acuerdan aumentar el capital de la sociedad en la suma de ciento setenta y siete millones novecientos veintiún mil cuatrocientos pesos, ya enterados en arcas sociales y aportados únicamente por el socio don CRISTIAN ULISES HENRY RIQUELME mediante entrega de cien millones de pesos; de ochenta mil dólares estadounidenses valorados conforme al dólar observado determinado por el Banco Central de Chile del día de su entero en la suma de sesenta millones ochocientos mil ochocientos pesos, y la entrega de veinte mil setecientos sesenta y nueve dólares y once centavos de dólar estadounidense valorados conforme al dólar observado determinado por el Banco Central de Chile del día de su entero en la suma de diecisiete millones ciento veinte mil seiscientos pesos; detalles en escritura extractada. De conformidad con lo expuesto y a fin de dar debida cuenta del nuevo capital social, vienen las partes en sustituir el artículo QUINTO de los estatutos sociales por el siguiente: “QUINTO. CAPITAL: El capital social es la suma de CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS VEINTIÚN MIL CUATROCIENTOS PESOS. Íntegramente pagados, correspondiéndole al socio CRISTIAN ULISES HENRY RIQUELME el cincuenta y ocho coma quince por ciento del interés social; a la socia CRISTINA ODETTE HENRY RIQUELME el veinte coma novecientos veinticinco por ciento del interés social; y a la socia ESMÉRITA RIQUELME ORTÍZ el veinte coma novecientos veinticinco por ciento del interés social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Temuco, 13 de Diciembre de 2022.