Gastronómica Teki Limitada
Instrumento
- Fecha
- 22 de diciembre de 2022
- Notario
- PAULINA PLAZA PASTEN
- Domicilio
- titular Jesus Osses Reveco
- Comuna
- La Serena
Sociedad
- Capital
- $3.500.000 CLP
- Domicilio
- comuna de La Serena
- Duración
- cinco años fecha escritura constitución, prorrogables automáticamente según cláusula octava
Objeto social
de la sociedad será la actividades gastronómicas de todo tipo, explotación y)o administración de restaurantes, bar, pubs, discoteques; la producción y realización de todo tipo de eventos y la prestación de todo tipo de servicios de alimentación, mantención y aseos de estos establecimientos, lo anterior para si y)o terceros.- RESPONSABILIDAD: la limitan al monto de sus
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPAULINA PLAZA PASTEN, Abogado, Notario Publico Suplente del titular Jesus Osses Reveco, 2da Notaría de La Serena, Cordovez N° 317, La Serena, certifica: Por escritura publica de fecha de hoy, ante mi, CONSTANZA ANDREA CASTRO JOPIA y SANDRA ANDREA JOPIA BASADRE, ambas domiciliadas en Avenida Gabriela Mistral N°3.670, La Serena y PEDRO ALIRO MARÍN LÓPEZ, Pedro Montt N° 305, Ovalle, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada. RAZON SOCIAL: “Gastronómica Teki Limitada”, nombre de fantasía “Teki Limitada”. ADINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: socias Sandra Andrea Jopia Basadre y Constanza Andrea Castro Jopia, quienes anteponiendo la razón social a sus firmas, conjunta o separadamente la representarán según cláusula cuarta pacto social. CAPITAL: $3.500.000, aportados y enterados según clausula quinta escritura extractada.- OBJETO: de la sociedad será la actividades gastronómicas de todo tipo, explotación y/o administración de restaurantes, bar, pubs, discoteques; la producción y realización de todo tipo de eventos y la prestación de todo tipo de servicios de alimentación, mantención y aseos de estos establecimientos, lo anterior para si y/o terceros.- RESPONSABILIDAD: la limitan al monto de sus aportes.- DOMICILIO: comuna de La Serena. DURACIÓN: cinco años fecha escritura constitución, prorrogables automáticamente según cláusula octava.- Otras estipulaciones constan en escritura extractada.- La Serena, 22 de diciembre de 2022.