MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CONSUELO ANITA BELEN PINILLA BARRAZA Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 76879421-9 CVE 2242886
Capital
$2.500.000 CLP
Fecha instrumento
23 de diciembre de 2022
Notaría
La Ligua

Instrumento

Fecha
23 de diciembre de 2022
Notario
Mauricio Rojas Escudero
Oficio
Primera Notaría de La Ligua
Comuna
La Ligua

Sociedad

Capital
$2.500.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Mauricio Rojas Escudero, Notario Público Interino de la Primera Notaría de La Ligua, con oficio en calle Ortiz de Rozas N° 836, La Ligua, certifica: Por escritura pública de fecha 23 de diciembre de 2022, ante mí, Doña CONSUELO ANITA BELEN PINILLA BARRAZA, chilena, cédula de identidad y rol único tributario número diecinueve millones ciento veintiocho mil ochocientos setenta y siete guión siete, soltera, ingeniera en minas, domiciliada en Cuatro Norte número mil ciento setenta y nueve, Ciudad y Comuna de Viña del Mar, de paso por esta ciudad; Don ALBERT FERNANDO LOBOS POZA, chileno, cédula de identidad y rol único tributario número quince millones noventa mil setecientos treinta guión seis, soltero, psicólogo, domiciliado en Cuatro Norte número mil ciento setenta y nueve, Ciudad y Comuna de Viña del Mar, de paso por esta ciudad, todos mayores de edad; Modificaron sociedad de responsabilidad limitada denominada “CONSUELO ANITA BELEN PINILLA BARRAZA Y COMPAÑÍA LIMITADA”, RUT: 76.879.421-9, con capital actual de $2.500.000, en forma que se indica: CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES: Don ALBERT FERNANDO LOBOS POZA vende, cede y transfiere el ochenta y cinco por ciento de sus derechos de que es titular en la sociedad “CONSUELO ANITA BELEN PINILLA BARRAZA Y COMPAÑÍA LIMITADA”, equivalentes al cincuenta y un por ciento del capital social, a doña CONSUELO ANITA BELEN PINILLA BARRAZA, quien por su parte los compra, acepta y adquiere para sí, el precio de la venta, cesión y transferencia de derechos asciende a la suma de un millón doscientos veinticinco mil pesos, que la cesionario pagó en dinero en efectivo al cedente con anterioridad a este acto y fuera de esta notaria, quien declara haberlo recibido a su total y entera satisfacción.- PARTICIPACIÓN DE LOS SOCIOS: Los comparecientes exponen que considerando las transferencias de derechos sociales que se efectúan, queda el cien por ciento de los derechos de la sociedad distribuido de la siguiente manera: a) Doña Consuelo Anita Belén Pinilla Barraza, con el noventa y un por ciento de los derechos sociales; y b) Don Albert Fernando Lobos Poza, con el nueve por ciento de los derechos sociales; Todos quienes en este acto aceptan a su total y cabal conformidad la presente cesión y transferencia de derechos sociales.- ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO DE RAZÓN SOCIAL: Los comparecientes exponen que considerando las transferencias de derechos sociales que se efectúan en las cláusulas anteriores, resulta necesario modificar la cláusula séptimo del pacto social, en el sentido que sigue, la administración de la sociedad, su representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá exclusivamente a doña Consuelo Anita Belén Pinilla Barraza, quien actuando por la sociedad y anteponiendo a su firma la razón social, la obligará y representará con las facultades otorgadas en el pacto social al administrador.- En todo lo demás se mantienen vigente las demás estipulaciones del pacto social. En La Ligua, a 26 de diciembre dos mil veintidós.-