CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD PROFESIONAL RIOS LLANEZA Y CÍA. LIMITADA

CVE 2241583
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
12 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
12 de diciembre de 2022
Notario
VERONICA TORREALBA COSTABAL
Oficio
Titular IVAN TORREALBA ACEVEDO 33º Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Será a contar de la fecha de la escritura que extracto y hasta el 31 de diciembre de 2030, plazo que se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste voluntad en contrario, en la forma y con la anticipación indicadas en escritura extractada. La Sociedad se disolverá anticipadamente por las causales legales con las excepciones que se indican en dicha escritura

Objeto social

Exclusivamente la prestación de servicios y asesorías legales a personas y empresas

Administración

Corresponderá al socio don Jaime Ríos Gomez-Lobo, con las más amplias facultades de administración y disposición

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente del Titular IVAN TORREALBA ACEVEDO 33º Notaría Santiago, Huérfanos 979, oficina 501, CERTIFICO que por escritura pública otorgada el 12 de diciembre de 2022 ante mi, don Jaime Ríos Gómez-Lobo, don Jaime Andrés Ríos Llaneza y doña María Cristina Ríos Llaneza, todos abogados, domiciliados en calle Alcántara 200, oficina 308, Las Condes, Santiago, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada de cuyos estatutos extracto: Nombre: “SOCIEDAD PROFESIONAL RIOS LLANEZA Y CÍA. LIMITADA”, la cual podrá usar la sigla “RIOS LLANEZA ABOGADOS”.- Domicilio: Santiago.- Objeto: Exclusivamente la prestación de servicios y asesorías legales a personas y empresas.- Capital: $1.000.000 que los socios enteraron en ese acto a la caja social, en dinero efectivo, en las siguientes proporciones: (a) don Jaime Ríos Gómez-Lobo, aportó el 90% del total, esto es la suma de $900.000; (b) don Jaime Andrés Ríos Llaneza aportó el 5% del total, esto es la suma de $50.000; y, (c) doña María Cristina Ríos Llaneza aportó el 5% del total, esto es la suma de $50.000. Además, los socios se obligaron a aportar a la Sociedad sus servicios personales como abogados, a medida que las necesidades sociales lo requieran. Responsabilidad de Socios: Limitada al monto de sus respectivos aportes.- Administración y uso de la razón social: Corresponderá al socio don Jaime Ríos Gomez-Lobo, con las más amplias facultades de administración y disposición.- Duración: Será a contar de la fecha de la escritura que extracto y hasta el 31 de diciembre de 2030, plazo que se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste voluntad en contrario, en la forma y con la anticipación indicadas en escritura extractada. La Sociedad se disolverá anticipadamente por las causales legales con las excepciones que se indican en dicha escritura.- Demás estipulaciones constan en escritura que extracto.- Santiago, 22 de diciembre de 2022.