MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIONES NASER HIZMERI LIMITADA

RUT 76167338-6 CVE 2241777
Fecha instrumento
6 de diciembre de 2022

Instrumento

Fecha
6 de diciembre de 2022
Notario
MARCELA ANDREA MEDINA RICCI
Domicilio
San Miguel

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARCELA ANDREA MEDINA RICCI, abogada, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa N°7955, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 06 de diciembre del año 2022, ante mí, doña LISSETTE YASMÍN HIZMERI ÁLAMOS, don JORGE EDUARDO CARMELO NASER PSELI, don SEBASTIÁN EDUARDO NASER HIZMERI, doña NICOLE ANDREA NASER HIZMERI, doña FERNANDA PAZ NASER HIZMERI, doña MACARENA ELENA NASER HIZMERI y la sociedad INVERSIONES LISSETTE HIZMERI ÁLAMOS SpA, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Kennedy N°9.070, piso 14, comuna de Vitacura, de paso en esta, Región Metropolitana, celebraron “Modificación de Estatutos SOCIEDAD DE INVERSIONES NASER HIZMERI LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas 52.346 número 38.475 del Reg. de Com. del CBR de Santiago año 2011, y acordaron lo siguiente: 1) Modificar el artículo tercero de los estatutos sociales, relativo a la administración y al uso de la razón social, reemplazándolo por el del siguiente tenor extractado: TERCERO: La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de doña LISSETTE YASMÍN HIZMERI ÁLAMOS y de don JORGE EDUARDO CARMELO NASER PSELI, quienes, actuando indistintamente uno cualquiera de ellos, y anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades descritas en la escritura extractada. En caso de incapacidad o fallecimiento de ambos administradores estatutarios, lo que no será necesario acreditar ante terceros, SOCIEDAD DE INVERSIONES NASER HIZMERI LIMITADA podrá ser administrada por don SEBASTIÁN EDUARDO NASER HIZMERI, doña NICOLE ANDREA NASER HIZMERI, doña FERNANDA PAZ NASER HIZMERI y doña MACARENA ELENA NASER HIZMERI, quienes, actuando todos conjuntamente, y anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la sociedad con las mismas facultades indicadas en la escritura extractada. 2) Asimismo, acordaron modificar el artículo octavo de los estatutos sociales, relativo al fallecimiento de los socios, materia no extractable. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Ramón, 21 de diciembre de 2022. Marcela Andrea Medina Ricci. Notario Público.