MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD BEST INVEST SpA

RUT 77432824-6 CVE 2242181
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
23 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
23 de diciembre de 2022
Repertorio
12819/2022
Notario
RAIMUNDO WOOD ESPINOZA
Domicilio
doña MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, pudiendo instalar oficinas en otras comunas o ciudades del país o del extranjero. ADMINISTRACION Y EL
Duración
El plazo de duración de la sociedad será de 3 años contados desde la fecha de este instrumento, prorrogándose dicho plazo por períodos iguales, tácita y sucesivamente, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término por escritura pública inscrita al margen de la inscripción del presente pacto social en el Conservador correspondiente con 180 días de anticipación a la fecha de su disolución, lo que deberá ser notificado por medio de notario a los socios restantes

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto desarrollar el negocio inmobiliario, y de inversión pudiendo al efecto: a) Elaborar y ejecutar todo tipo de proyectos de arquitectura, construcción, diseño de interiores, mobiliario y gráfico, industrial, computacional, informático, agrario, agropecuario y de cualquier otra naturaleza que exista; b) La adquisición, enajenación, administración de bienes raíces en cualquier formas sean rústicos o urbanos, su subdivisión, venta por pisos o loteos, como la explotación de cualquier modo de los mismos, sea en forma directa o a través de terceros, ya sea a través de compraventas, arrendamiento, y en general la ejecución de proyectos inmobiliarios, y la percepción de sus frutos; c) Invertir en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, de toda clase como ser acciones, bonos, debentures, y en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirirlos y enajenarlos a cualquier título, administrarlos y percibir sus frutos y efectuar toda clase de inversiones en valores y efectos de comercio ya sea en Chile o en el extranjero, inclusive en participaciones en sociedades civiles de personas, cuotas en fondos mutuos, y títulos de crédito en general, como la administración de dichas inversiones y la percepción de sus frutos; d) Prestar todo tipo o clase de consultorías, asesorías, evaluación de proyectos, y en general, la prestación de toda clase de servicios técnicos, y profesionales en su más amplio sentido y toda clase de negocios relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado; e) celebrar contratos de promesa sobre bienes muebles e inmuebles; f) dar y tomar en arrendamiento, administración o concesión, toda clase de bienes, corporales o incorporales, raíces o muebles; g) dar y recibir dinero u otros bienes en mutuo; h) dar y recibir dinero y otros bienes en depósito, sea necesario o voluntario o en secuestro; i) dar y recibir bienes en comodato; j) recibir en hipoteca, incluso con cláusula de garantía general, posponer hipotecas, servirlas y alzarlas; k) dar y recibir bienes en prenda, bienes muebles o inmuebles, valores mobiliarios, derechos, acciones y demás cosas corporales o incorporales, sea en prenda civil, mercantil, bancaria, agraria, industrial, warrants, de cosa mueble vendida a plazo y otras especiales y cancelarlas; l) celebrar contratos de transacciones; m) celebrar contratos de cambio; n) celebrar contratos de transporte, de fletamento, de correduría; ñ) celebrar contratos para constituir agentes, representantes, comisionistas, distribuidores, concesionarios, etcétera, o para constituir a la sociedad en tales calidades; o) celebrar contratos de seguros, pudiendo acordar primas, riesgos, plazos y demás condiciones, cobrar pólizas, endosarlas, cancelarlas, aprobar o impugnar liquidaciones de siniestros; p) celebrar contratos de cuenta corriente mercantil; imponerse de su movimiento y aprobar o rechazar saldos; q) celebrar contrato de trabajo colectivos o individuales, contratar o despedir obreros o empleados y contratar servicios profesionales o técnicos y poner término a los mismos. Celebrar cualquier otro contrato nominado o no; r) Ejecutar mandatos y comisiones de cualquier naturaleza y administrar toda clase de bienes; s) Importar, exportar, comprar, vender o distribuir a nombre propio toda clase de bienes muebles, especialmente equipos y)o maquinarias, y en general todo bien que principal o accesoriamente sirva para los fines ya expresados; t) Representar sea en Chile o en el extranjero a empresas nacionales o internacionales; u) Efectuar negocios inmobiliarios para lo cual podrá adquirir, enajenar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título de bienes raíces urbanos, rústicos y agrícolas, pudiendo efectuar loteos, urbanizaciones, construcciones de cualquier naturaleza y venderlas y)o explotarlas por cuenta propia o ajena; v) Dar y recibir en arrendamiento, en leasing, subarrendar y dar y ceder a terceros, a cualquier título el uso y goce de bienes raíces; w) Formar, participar o ingresar en cualquier tipo de sociedades para llevar a cabo su objeto; x) Efectuar toda clase de inversiones y negocios mobiliarios, tales como, adquirir y enajenar acciones, opciones, bonos, debentures, títulos de crédito y efectos de comercio, adquirir y enajenar toda tipo de valores mobiliarios, efectuar inversiones en el mercado de capitales, y en cualquier otro rubro, bienes o valores, con el propósito expreso de inversión y renta, incluso participando en otras empresas o sociedades sea como capitalista o gestora; y) La participación en todo tipo de licitaciones relacionadas con el giro del negocio; z) En general, ejecutar actos comerciales de cualquier de los ramos y)o giros mencionados en las letras precedentes, como asimismo, de otros ramos y)o giros que los socios acuerden en el futuro, en los que se podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos civiles, mercantiles o administrativos que sean conducentes al cumplimiento de sus fines, por cuenta propia o ajena, ya sea que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social; todo ello sin perjuicio de los demás negocios que acuerden los socios por unanimidad

Administración

La administración y uso de la razón social le corresponderá a PATRICIO ALEJANDRO GUERRA MATUS, SEBASTIAN ARTURO BOSAANS CARVAJAL y NICOLAS ALFONSO IGLESIAS BASCUÑAN de forma individual e indistintamente, amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RAIMUNDO WOOD ESPINOZA, abogado, Notario Público, Suplente de doña MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Titular de la 21° Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos N° 578, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 23/12/2022, Repertorio N° 12.819/2022, ante mí, PATRICIO ALEJANDRO GUERRA MATUS, domiciliado en calle Las Nieves, Nº 3435, departamento Nº47, comuna de Vitacura, Santiago, Región Metropolitana; SEBASTIAN ARTURO BOSAANS CARVAJAL, domiciliado en calle El Vergel, Nº2828, departamento Nº202, comuna de Providencia, Santiago, Región Metropolitana; y, NICOLAS ALFONSO IGLESIAS BASCUÑAN, domiciliado en calle Camino La Cumbre, Nº5535, comuna de Lo Barnechea, Santiago, Región Metropolitana, en su calidad de únicos y actuales accionistas, tal como consta en Registro de Accionistas que se ha tenido a la vista, de SOCIEDAD BEST INVEST SpA, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a Fs. 63172, No 29399, año 2021, transformaron la actual sociedad por acciones en una sociedad de responsabilidad limitada, que girará bajo el nombre “SOCIEDAD INVERSIONES BEST INVEST LIMITADA” pudiendo utilizar con los mismos efectos legales el nombre abreviado “INVERSIONES BEST INVEST LIMITADA.”. OBJETO. La Sociedad tendrá por objeto desarrollar el negocio inmobiliario, y de inversión pudiendo al efecto: a) Elaborar y ejecutar todo tipo de proyectos de arquitectura, construcción, diseño de interiores, mobiliario y gráfico, industrial, computacional, informático, agrario, agropecuario y de cualquier otra naturaleza que exista; b) La adquisición, enajenación, administración de bienes raíces en cualquier formas sean rústicos o urbanos, su subdivisión, venta por pisos o loteos, como la explotación de cualquier modo de los mismos, sea en forma directa o a través de terceros, ya sea a través de compraventas, arrendamiento, y en general la ejecución de proyectos inmobiliarios, y la percepción de sus frutos; c) Invertir en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, de toda clase como ser acciones, bonos, debentures, y en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirirlos y enajenarlos a cualquier título, administrarlos y percibir sus frutos y efectuar toda clase de inversiones en valores y efectos de comercio ya sea en Chile o en el extranjero, inclusive en participaciones en sociedades civiles de personas, cuotas en fondos mutuos, y títulos de crédito en general, como la administración de dichas inversiones y la percepción de sus frutos; d) Prestar todo tipo o clase de consultorías, asesorías, evaluación de proyectos, y en general, la prestación de toda clase de servicios técnicos, y profesionales en su más amplio sentido y toda clase de negocios relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado; e) celebrar contratos de promesa sobre bienes muebles e inmuebles; f) dar y tomar en arrendamiento, administración o concesión, toda clase de bienes, corporales o incorporales, raíces o muebles; g) dar y recibir dinero u otros bienes en mutuo; h) dar y recibir dinero y otros bienes en depósito, sea necesario o voluntario o en secuestro; i) dar y recibir bienes en comodato; j) recibir en hipoteca, incluso con cláusula de garantía general, posponer hipotecas, servirlas y alzarlas; k) dar y recibir bienes en prenda, bienes muebles o inmuebles, valores mobiliarios, derechos, acciones y demás cosas corporales o incorporales, sea en prenda civil, mercantil, bancaria, agraria, industrial, warrants, de cosa mueble vendida a plazo y otras especiales y cancelarlas; l) celebrar contratos de transacciones; m) celebrar contratos de cambio; n) celebrar contratos de transporte, de fletamento, de correduría; ñ) celebrar contratos para constituir agentes, representantes, comisionistas, distribuidores, concesionarios, etcétera, o para constituir a la sociedad en tales calidades; o) celebrar contratos de seguros, pudiendo acordar primas, riesgos, plazos y demás condiciones, cobrar pólizas, endosarlas, cancelarlas, aprobar o impugnar liquidaciones de siniestros; p) celebrar contratos de cuenta corriente mercantil; imponerse de su movimiento y aprobar o rechazar saldos; q) celebrar contrato de trabajo colectivos o individuales, contratar o despedir obreros o empleados y contratar servicios profesionales o técnicos y poner término a los mismos. Celebrar cualquier otro contrato nominado o no; r) Ejecutar mandatos y comisiones de cualquier naturaleza y administrar toda clase de bienes; s) Importar, exportar, comprar, vender o distribuir a nombre propio toda clase de bienes muebles, especialmente equipos y/o maquinarias, y en general todo bien que principal o accesoriamente sirva para los fines ya expresados; t) Representar sea en Chile o en el extranjero a empresas nacionales o internacionales; u) Efectuar negocios inmobiliarios para lo cual podrá adquirir, enajenar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título de bienes raíces urbanos, rústicos y agrícolas, pudiendo efectuar loteos, urbanizaciones, construcciones de cualquier naturaleza y venderlas y/o explotarlas por cuenta propia o ajena; v) Dar y recibir en arrendamiento, en leasing, subarrendar y dar y ceder a terceros, a cualquier título el uso y goce de bienes raíces; w) Formar, participar o ingresar en cualquier tipo de sociedades para llevar a cabo su objeto; x) Efectuar toda clase de inversiones y negocios mobiliarios, tales como, adquirir y enajenar acciones, opciones, bonos, debentures, títulos de crédito y efectos de comercio, adquirir y enajenar toda tipo de valores mobiliarios, efectuar inversiones en el mercado de capitales, y en cualquier otro rubro, bienes o valores, con el propósito expreso de inversión y renta, incluso participando en otras empresas o sociedades sea como capitalista o gestora; y) La participación en todo tipo de licitaciones relacionadas con el giro del negocio; z) En general, ejecutar actos comerciales de cualquier de los ramos y/o giros mencionados en las letras precedentes, como asimismo, de otros ramos y/o giros que los socios acuerden en el futuro, en los que se podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos civiles, mercantiles o administrativos que sean conducentes al cumplimiento de sus fines, por cuenta propia o ajena, ya sea que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social; todo ello sin perjuicio de los demás negocios que acuerden los socios por unanimidad. DOMICILIO. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, pudiendo instalar oficinas en otras comunas o ciudades del país o del extranjero. ADMINISTRACION Y EL USO DE LA RAZON SOCIAL. La administración y uso de la razón social le corresponderá a PATRICIO ALEJANDRO GUERRA MATUS, SEBASTIAN ARTURO BOSAANS CARVAJAL y NICOLAS ALFONSO IGLESIAS BASCUÑAN de forma individual e indistintamente, amplias facultades. CAPITAL. El capital de la sociedad asciende a la suma de $3.000.000.-, que los socios han aportado, enterado y pagado con anterioridad a este acto, de contado y en dinero efectivo, de la siguiente manera: a) PATRICIO ALEJANDRO GUERRA MATUS, la suma de $1.000.000.-, correspondiente a un tercio de los derechos sociales; b) SEBASTIAN ARTURO BOSAANS CARVAJAL, la suma de $1.000.000.-, correspondiente a un tercio de los derechos sociales; y, c) NICOLAS ALFONSO IGLESIAS BASCUÑAN, la suma de $1.000.000.-, correspondiente a un tercio de los derechos sociales. RESPONSABILIDAD. La responsabilidad personal de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. DURACIÓN. El plazo de duración de la sociedad será de 3 años contados desde la fecha de este instrumento, prorrogándose dicho plazo por períodos iguales, tácita y sucesivamente, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término por escritura pública inscrita al margen de la inscripción del presente pacto social en el Conservador correspondiente con 180 días de anticipación a la fecha de su disolución, lo que deberá ser notificado por medio de notario a los socios restantes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. SANTIAGO, 23 de diciembre de 2022.-