Santana Red de Negocios SpA
Instrumento
- Fecha
- 20 de diciembre de 2022
- Notario
- R. ALFREDO MARTIN ILLANES
- Oficio
- 15ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalR. ALFREDO MARTIN ILLANES, Notario Público Titular de la 15ª Notaría de Santiago, Mardoqueo Fernández 201, oficinas 101 y 102, Providencia, Santiago, certifica que por escritura pública de hoy, ante mí, Don JAIME LUIS OSVALDO SANTANA LÓPEZ, C.I. N° 15.775.135-2, en representación de SANTANA RED DE NEGOCIOS SpA, ambos domiciliados Avenida Irarrázaval número 2.401, oficina 1.313, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, en su calidad de actual, único accionista y dueño de la totalidad de las acciones en que se divide el capital social de la Sociedad SANTANA RED DE NEGOCIOS SpA, según da cuenta el Registro de Accionistas de la Sociedad, viene en aumentar el capital de la sociedad de $1.000.000.- a $200.000.000.- con la emisión de 19.900 acciones nominativas y sin valor nominal, que se suscriben íntegramente en este acto. Por tanto, se modifican los estatutos sociales sustituyendo íntegramente el artículo Cuarto y Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad en el siguiente sentido: a) “ARTÍCULO CUARTO: El capital de la sociedad ascenderá a la suma de $200.000.000.-, divididos en 20.000 acciones nominativas de igual valor y sin valor nominal, que se suscriben y enteran en la forma y proporciones que se indican en los artículos transitorios.”. b) “Artículo Primero Transitorio. El capital de la sociedad es de la suma de acciones nominativas de igual valor y sin valor nominal que el accionista suscribe como sigue: a) Don JAIME LUIS OSVALDO SANTANA LÓPEZ, ya individualizado, suscribe 20.000 acciones, equivalentes a la suma total de $200.000.000.-; por lo que el capital social suscrito asciende a la suma de $200.000.000.-, equivalente a 20.000 acciones, nominativas, ordinarias, sin valor nominal, de una única serie y de igual valor cada una, sin perjuicio de las modificaciones del capital y valor de las acciones que se produzcan de pleno derecho en conformidad con la ley. El capital de la sociedad podrá ser enterado por el accionista en dinero efectivo, en especies o en capital de trabajo. En caso de que el aporte sea consistente en especies o en capital de trabajo, éstos serán avaluados de común acuerdo por los accionistas de la sociedad”. Demás estipulaciones constan en la escritura que extracto. Santiago, 20 de diciembre de 2022.