MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

DR. PABLO LOBOS PRESTACIONES MEDICAS LIMITADA

RUT 76580520-1 CVE 2241966
Fecha instrumento
16 de diciembre de 2022
Notaría
Providencia

Instrumento

Fecha
16 de diciembre de 2022
Repertorio
6937/2022
Comuna
Providencia

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN FERNANDO ROMERO RIQUELME, abogado, Notario Santiago, Suplente del Titular de la Primera Notaría de Providencia, don Luis Eduardo Rodríguez Burr, Avda. Providencia 1777, certifico: que por escritura pública otorgada el 16 de diciembre de 2022, ante mí, Repertorio 6937/2022: don PABLO ELIAS LOBOS ARAVENA; doña PAULINA SARA FIGUEROA FERRER; y doña MARGARITA LIDIA LOBOS ARAVENA, todos domiciliados para estos efectos en Gredos siete mil quinientos treinta y tres, Las Condes, modificaron la sociedad “DR. PABLO LOBOS PRESTACIONES MEDICAS LIMITADA”, rol único tributario número setenta y seis millones quinientos ochenta mil quinientos veinte guión uno, constituida por escritura pública de fecha nueve de junio del año dos mil seis otorgada en la notaría de Santiago de don Camilo Valenzuela Riveros, inscrita a fojas veintitrés mil cuatrocientos cincuenta y cuatro número dieciséis mil trescientos doce del Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año dos mil seis, en lo siguiente: 1) doña PAULINA SARA FIGUEROA FERRER, se retira de la sociedad cediendo a doña MARGARITA LIDIA LOBOS ARAVENA, el cincuenta por ciento de los derechos sociales, en la suma de quinientos mil pesos.- Como consecuencia de la cesión referida, la sociedad queda integrada por don PABLO ELIAS LOBOS ARAVENA y doña MARGARITA LIDIA LOBOS ARAVENA, cada uno con el cincuenta por ciento del haber social, quienes acuerdan introducir las siguientes modificaciones al estatuto social.- 2) Reemplazan la cláusula quinta del pacto social, por la siguiente: “Quinto: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos que los socios enteran y pagan de la siguiente manera: a) Don Pablo Elías Lobos Aravena aporta la cantidad de quinientos mil pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social, que paga y entera en dinero efectivo en su totalidad en este acto en la caja social; y b) Doña Margarita Lidia Lobos Aravena, aporta la cantidad de quinientos mil pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social, que paga y entera en dinero efectivo en su totalidad en este acto en la caja social”.- En lo no modificado, rigen íntegramente las estipulaciones contenidas en las escrituras anteriores, especialmente en cuanto dice relación con la responsabilidad de los socios la que queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- Santiago, 16 de diciembre de 2022.-cr