DISOLUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE SERVICIOS INDUSTRIALES MACOLI LIMITADA

RUT 77642700-4 CVE 2240792
Fecha instrumento
14 de diciembre de 2022

Instrumento

Fecha
14 de diciembre de 2022
Repertorio
2825-2022
Notario
SEBASTIÁN SADÁ AZNAR
Domicilio
Osorno

Sociedad

Ley aplicable
ley 3.918.

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
SOCIEDAD DE SERVICIOS INDUSTRIALES MACOLI LIMITADA socio 77642700-4

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SEBASTIÁN SADÁ AZNAR, Abogado, Notario Público Titular Osorno, Manuel Antonio Matta 680, certifica: Por escritura pública de fecha 14 de diciembre de 2022, Repertorio Nº 2825-2022, ante mí, don JOAQUÍN ESTEBAN AICHELE GANTZ, abogado, C.I. Nº 17.659.793-3, domiciliado en Manuel Antonio Matta 549, Of. 903, Osorno, en representación de JACQUELINE MARIANNE LEIBBRANDT BARBET, C.I. Nº 10.058.547-2 y de HELMA MARIA BARBET TAMPE, C.I. Nº 4.241.498-0, en representación a su vez de SOCIEDAD DE SERVICIOS INDUSTRIALES MACOLI LIMITADA, RUT 77.642.700-4, expone: que, por Escritura Pública de fecha 14 de julio de 2022, repertorio 3352, otorgada en la 20ª Notaría de Santiago de doña LINDA SCARLETT BOSCH JIMENEZ; doña JACQUELINE MARIANNE LEIBBRANDT BARBET y doña HELMA MARIA BARBET TAMPE, otorgaron una escritura de disolución de sociedad denominada “SOCIEDAD DE SERVICIOS INDUSTRIALES MACOLI LIMITADA”, que puede obrar con el nombre de fantasía “SERVICIOS MACOLI LTDA”. Un extracto de dicha Escritura Pública fue publicada en el Diario Oficial edición 43.411, de 26 de noviembre de 2022, y que, por razones ajenas a la voluntad de las comparecientes, el extracto de la escritura, oportunamente publicado, no fue presentado para su inscripción en el Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Osorno dentro del plazo legal que establece la norma del artículo 454 Código de Comercio, con relación a lo establecido en el artículo 3º de la ley 3.918. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3º letra b) de la Ley 19.499 sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades, el compareciente viene en otorgar la presente Escritura Pública de saneamiento, como lo ordena la citada disposición, con el objeto de que su extracto pueda ser inscrito oportunamente, conjuntamente con el extracto de la escritura antes señalado en el Registro del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Osorno, cumpliéndose así con esta formalidad originalmente omitida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó para inscribir. Osorno, 22 de diciembre del 2022.